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RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA

<80116> Dado que la decisión impugnada no pone fin al proceso, no cabe apartarse del requisito de definitividad – art. 430 CPP -, pues éste limita la intervención del Tribunal de Casación a los supuestos para los que está diseñada su jurisdicción. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia).


INCIDENTE DE RECUSACIÓN A LOS DRES. ÁLVARO JAVIER MEYNET Y JORGE RAYMUNDO BOSCH EN AUTOS: "A., C. S/ INF.ART. 119 C.P." S/ CASACIÓN

22616/07

SENTENCIA: 19 - 09/03/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - IMPUGNABILIDAD OBJETIVA - SENTENCIA DEFINITIVA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

<80734> Tampoco se cumple con la condición de impugnabilidad objetiva de que la resolución sea sentencia definitiva o equiparable a tal, en virtud de la cual el impugnante sólo puede deducir el recurso de casación contra las sentencias definitivas y los autos que pongan fin a la acción o a la pena o hagan imposible con continúen las actuaciones, o denieguen la extinción de la acción, conmutación o suspensión de la pena (art. 430 CPP). (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia).


MALPELI, Fabiana Esther y Otros c/RÉBORA, Tomás Armando s/Querella S/ CASACIÓN

23723/09

SENTENCIA: 174 - 11/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - AUTO DE PROCESAMIENTO - RECURSO DE APELACION - DESERCION DEL RECURSO

<80915> […] el recurso de casación sólo puede “deducirse… contra las sentencias definitivas y los autos que pongan fin a la acción o a la pena, o hagan imposible que continúen, o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena” (art. 430), por lo que los agravios dirigidos contra la confirmación del auto de procesamiento - capacidad de reproche del imputado y declaración de deserción del recurso sobre tal ítem - no pueden habilitar la instancia por ausencia de tal requisito. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia).


VELÁZQUEZ BARRIENTOS, Alex Hernán s/Queja en: 'VELÁZQUEZ BARRIENTOS, Alex Hernán s/Homicidio s/Apelación' S/ QUEJA

23830/09

SENTENCIA: 211 - 23/12/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA: CONCEPTO - DOCTRINA LEGAL

<70259> Constituye doctrina de este Superior Tribunal la que sostiene, que debe entenderse por sentencia definitiva a aquella que pone fin a la cuestión principal objeto del litigio, terminando la causa de modo definitivo en la instancia de origen; y sin posibilidad de renovar la cuestión en otro juicio. [STJRNSC in re “ASOCIACION PROTECCION CONSUMIDORES DEL MERCADO COMÚN DEL SUR -PROCONSUMER-” Se. 78/03 del 27-11-03].


RAMIREZ, ROSA FELIZA S/ QUEJA (SANCHEZ AYALA....)

23732/09

SENTENCIA: 46 - 18/06/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - DOCTRINA LEGAL - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA: IMPROCEDENCIA - RECUSACION - DESESTIMACION DE LA RECUSACION - RECHAZO DE LA SOLICITUD

<80117> La tradicional doctrina de este Superior Tribunal niega la calidad de sentencia definitiva o equiparable a tal (en los términos del art. 430 CPP) al rechazo de la solicitud de recusación, doctrina legal que debió seguir el a quo en la oportunidad de resolver sobre la admisibilidad del recurso (art. 43 L.O.). (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia).


INCIDENTE DE RECUSACIÓN A LOS DRES. ÁLVARO JAVIER MEYNET Y JORGE RAYMUNDO BOSCH EN AUTOS: "A., C. S/ INF.ART. 119 C.P." S/ CASACIÓN

22616/07

SENTENCIA: 19 - 09/03/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - ACCIONES POSESORIAS - ACCION DE DESPOJO - JUICIO ORDINARIO POSTERIOR

<70041> El art. 285 del CPCyC, determina dentro de los requisitos de admisibilidad de este recurso extraordinario, que se debe dirigir contra una sentencia “definitiva” de las Cámaras de Apelaciones o de Tribunales Colegiados. Ahora bien en autos, se observa - a la luz de la normativa que regla la casación local-, la ausencia de un requisito de orden formal, cual es la existencia de carácter definitivo en sentencia recurrida o asimilable a tal. Ello es así, por cuanto la sentencia ahora impugnada que hiciera lugar a la apelación deducida por la accionada, y en consecuencia, revocara el pronunciamiento de Primera Instancia mediante el cual hiciera lugar a la acción posesoria de despojo, no prejuzga sobre el dominio del inmueble objeto de la misma, y mucho menos excluye la posibilidad de discutir tales cuestiones en otro juicio.


ANDRES, ALEJANDRO ROBERTO S/ QUEJA

23468/08

SENTENCIA: 13 - 12/03/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA NO DEFINITIVA - CADUCIDAD DE INSTANCIA - RESOLUCIONES IRRECURRIBLES

<70518> Pero existe un impedimento a la recurribilidad, de carácter superlativo dado por el art. 317 del CPCyC., al respecto es dable recordar que este Superior Tribunal de Justicia ha dicho que: “el fallo en crisis no reúne la condición fundamental de ser sentencia definitiva, ni se acredita que sea equiparable a tal a pesar de los argumentos que se invocan. Basta sólo remitir al art. 317 del CPCCm. para rechazar la casación, (...) en cuanto al art. 317 del CPCCm, su contenido es definitorio para el destino del recurso extraordinario, ya que el texto es terminante. En su obra, "CODIGO PROCESAL CIVIL COMENTADO Y CONCORDADO", FENOCCHIETTO y ARAZI escriben: "...Lo resuelto en materia de caducidad de la instancia es ajeno al recurso extraordinario, pues no se trata de sentencia definitiva...” (S.J.N.- 15-11-84, L.L. 1985 – C - 661) (...) En resumen: A) No estamos ante sentencia definitiva, ni equiparable a tal, no obstante los denodados esfuerzos de la casacionista por arribar a la instancia de legalidad. B) El art. 317 del CPCCm veda cualquier recurso extraordinario. (...) Comparto la existencia dos impedimentos esenciales para la procedencia del recurso que nos ocupa, a saber: 1) la falta de definitividad del pronunciamiento en razón la existencia de un valladar infranqueable impuesto por el art. 317 CPCC” [Cf. STJRNSC in re “LOSIO” Se. 7/05 del 23-02-05].


CAMPONOVO, SILVIA LILIANA S/ QUEJA (BANCO....)

24106/09

SENTENCIA: 101 - 26/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA - JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA - DERECHO A LA REVISION DE LA CONDENA: REQUISITOS

<80036> Empero, es una exigencia normativa que el recurso de casación podrá deducirse, además de los casos especialmente previstos por la ley y con las limitaciones establecidas, contra las sentencias definitivas y los autos que pongan fin a la acción o a la pena, o hagan imposible que continúen, o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena (art. 430 CPP). Además, el requisito de definitividad de lo resuelto no ha sufrido cambios luego de la modificación técnica del recurso en tratamiento como consecuencia del fallo “CASAL” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no innova al respecto. (Voto del Dr. Balladini)


P., P. S/ QUEJA (en: 'P., P. s/Abuso sexual reiterado...")

23218/08

SENTENCIA: 7 - 20/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA NO DEFINITIVA - NULIDAD PROCESAL - NULIDAD ABSOLUTA - VIOLACION DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES - ARBITRARIEDAD

<80448> La invocación de arbitrariedad o violación de garantías constitucionales (propias de las nulidades absolutas) no permite superar el obstáculo derivado de la ausencia de definitividad de lo resuelto. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia).


PAITA, Alberto Eduardo s/Queja en: Incidente de nulidad en causa Nº 32731-J4-01 'RIVOIRE, Rubén Mario s/Denuncia' S/ QUEJA

23491/08

SENTENCIA: 87 - 01/07/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - EXCEPCION DE INCOMPETENCIA

<70014> “No es definitiva a los fines del recurso de casación la denegatoria resuelta respecto de la excepción de incompetencia ya que no impide la prosecución del pleito y hasta la posibilidad de que recaiga sentencia favorable a sus intereses. Si bien cierra la posibilidad de tramitar el proceso en una determinada jurisdicción, nada obsta a que se continúe en lo que procesalmente corresponda.” (Cf. [Sumario nro. 02986] STJRN in re “CATIN” Se. 155/92 del 20-11-92; STJRNSC in re “DGR” Se. 71/01 del 13-11-01)


ZAMBRUNO, MARIA ESTER C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO S/ CASACIÓN

23451/08

SENTENCIA: 6 - 26/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1