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De acuerdo con doctrina y jurisprudencia conocidas, mientras el desistimiento expreso tiene efecto extintivo por cuanto se considera una renuncia de la acción penal -art. 59 inc. 4º C.P., en el caso del desistimiento tácito se trata solo de una causal de caducidad que, como tal, no impide renovar la persecución, situación esta última que es la que se verifica en el caso de autos (Francisco D´Albora. Código Procesal Penal de la Nación Comentado. Abeledo Perrot […]). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) DALSASSO, FEDERICO C /CAILLY, EDUARDO S /QUERELLA CALUMNIAS E INJURIAS S/ CASACION PS2-145-STJ2016 SENTENCIA: 26 - 24/02/2017 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<77307> No se advierte en el pronunciamiento cuestionado el carácter de definitivo en los términos exigidos por el artículo 285 del CPCyC.. Ello así por cuanto la resolución mediante la cual se declaró la nulidad de la intimación de pago […], si bien retrotrae el proceso con el objeto que se practique nueva diligencia, no pone fin al mismo ni agota el fondo del litigio; no impide su continuación y resultan las actuaciones en estudio sólo un incidente que de modo alguno decide en forma fatal sobre el conflicto jurídico suscitado y menos aún se pronuncia sobre el fondo de la cuestión. (Voto del Dr. Mansilla, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia) M.S.C.B. C /SOCIEDAD LAGOS DE BARILOCHE S /EJECUCION FISCAL S /INCIDENTE DE NULIDAD S/ CASACION PS2-238-STJ2017 SENTENCIA: 17 - 23/05/2017 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 | ||
<77308> La sentencia interlocutoria que declara la nulidad de una intimación de pago en juicio ejecutivo - ejecución fiscal en el caso -, como la aquí atacada - asimilable a la notificación del traslado de una demanda-, no es definitiva ni puede ser equiparable a tal y tampoco se verifica ninguno de los supuestos de excepción. (Voto del Dr. Mansilla, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia) M.S.C.B. C /SOCIEDAD LAGOS DE BARILOCHE S /EJECUCION FISCAL S /INCIDENTE DE NULIDAD S/ CASACION PS2-238-STJ2017 SENTENCIA: 17 - 23/05/2017 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 | ||
El recurso extraordinario federal articulado en la causa no tiene chances de prosperar, puesto que la decisión de este Cuerpo que objeta no es sentencia definitiva o equiparable a tal, de modo que no se satisface la exigencia del inc. a) del art. 3º de la acordada aplicable. ROJAS, RUBEN OMAR y VALDEBENITO, FERNANDO ANDRES S / ENCUBRIMIENTO, COHECHO, JUICIO S/ CASACION 1VI-1515-P2011 SENTENCIA: 1 - 08/02/2017 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
No se advierte en el caso la existencia de "sentencia definitiva", en tanto el fallo recurrido de fs.[…] no configura un agravio de imposible o dificultosa reparación. Solamente confirmó el pronunciamiento del Juez de amparo que resignó la competencia de autos en favor del Sr. Juez Federal de Primera Instancia de la ciudad de San Carlos de Bariloche (RN) en función de haber actuado éste primero y a los fines de evitar el dispendio de la actividad jurisdiccional como así también la posibilidad del dictado de resoluciones contradictorias sobre idéntica situación denunciada (posible contaminación del Lago Nahuel Huapi), garantizándose el acceso a la jurisdicción en el trámite en curso en el fuero Federal. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) O., M. M. Y W., L. A. -SECRETARIA ASOCIACIÓN “ÁRBOL DE PIE”- S/ AMPARO COLECTIVO Nº 28301/15-STJ- SENTENCIA: 37 - 12/04/2017 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 |