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RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - REMISION A ARGUMENTOS DEL FALLO DE LA ANTERIOR INSTANCIA - RECUSACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES IRRECURRIBLES

<80558> […] en cuanto a la definitividad de la resolución que deniega un planteo de recusación, me remito a lo sostenido por el [a quo]. En tal orden de ideas, la resolución que deniega el planteo de recusación no es sentencia definitiva ni equiparable a tal y también es irrecurrible. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


DALSASSO, Federico A. s/Queja en: 'CARIATORE, Alberto s/Amenazas' S/ QUEJA

23541/09

SENTENCIA: 112 - 02/09/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - AUTO DE PROCESAMIENTO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - REMISION A ARGUMENTOS DEL FALLO DE LA ANTERIOR INSTANCIA

<80289> Las consideraciones expuestas para justificar la definitividad de la decisión recurrida no son aptas para conmover la respuesta del a quo [el auto de procesamiento no causa estado y es modificable en cualquier momento en la instrucción] y que fue expuesta en el auto interlocutorio (ver fs. ), a los que remito. Agrego que la alusión a la arbitrariedad o a la violación de las garantías constitucionales no autoriza a suplir la ausencia de definitividad y que nada obsta a que este Cuerpo analice los defectos de actividad alegados en ocasión del fallo final de la causa. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia)


GALLARDO, Osvaldo Oscar s/Queja en: 'MASSARO, Marinella s/Dcia. s/Apelaciones' S/ QUEJA

23287/08

SENTENCIA: 50 - 06/05/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA

<80714> [...] es doctrina reiterada de este Cuerpo que “la invocación de arbitrariedad o de violación de garantías constitucionales no suple la ausencia de definitividad de lo resuelto. Además, tal obstáculo no puede tampoco ser superado por la mera invocación de un supuesto de gravedad institucional, pues su formulación debería contener un serio y concreto fundamento que evidencie de modo inequívoco la presencia de un supuesto de tal naturaleza (Fallos 303: 1923 y 304: 1893 entre otros), cuestión que no se advierte en autos...” [STJRNSP in re “TOBARES” Se. 77/07 del 11-05-07)], donde la defensa menciona pero no demuestra de modo serio, concreto y razonado la violación de garantías constitucionales que alega. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


ZALESKY, Juan José s/Queja en: 'SÁNCHEZ, Francisco R. y ZALESKY, Juan J. s/Inf. art. 261 2º supuesto y 248 del C.P.' S/ QUEJA

23770/09

SENTENCIA: 167 - 05/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - DOBLE INSTANCIA

<80715> La situación del sub examine no puede incluirse en el alcance otorgado al derecho del imputado a recurrir la sentencia condenatoria (arts. 8.2.h CADH y 14.5. PIDCP, incluidos en la C. Nac. mediante art. 75 inc. 22), en el marco del precedente “CASAL” (C. 1757, XL del 20-09-05), en el cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al interpretar el segundo supuesto del art. 456 del Código Procesal Penal nacional (idéntico a nuestro art. 429 inc. 2º CPP), dice que el recurso de casación es la vía adecuada para garantizar la doble instancia, en la medida en que la única materia no revisable sea lo que surge directa y únicamente de la inmediación y se asegure una revisión integral [STJRNSP in re “PELLETIERI” Se. 148/05 del 28-10-05 e in re “LEZCANO” Se. 118/08 del 20-08-08, entre muchas otras]. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


ZALESKY, Juan José s/Queja en: 'SÁNCHEZ, Francisco R. y ZALESKY, Juan J. s/Inf. art. 261 2º supuesto y 248 del C.P.' S/ QUEJA

23770/09

SENTENCIA: 167 - 05/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - FALTA DE PERJUICIO

<70489> […] se advierte que el quejoso omite desarrollar acabadamente cuáles serían los perjuicios actuales que supuestamente se producirían con la decisiones adoptadas en las instancias precedentes. Es decir, no logra – ni siquiera intenta- demostrar el interés para recurrir que es lo que legitima la actividad de la casación, toda vez que el acceso a la vía extraordinaria supone la existencia de un perjuicio propio y actual, cuestión que evidentemente no puede ocurrir hasta tanto no se cause una restricción a su derecho, lo que recién podría acontecer en caso de resolverse el fondo de la controversia de autos de modo adverso a sus intereses (reconsideración de los saldos de los créditos en cuestión).


BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ QUEJA (MANSILLA....)

24053/09

SENTENCIA: 96 - 25/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - JUICIO EJECUTIVO - COBRO DE EXPENSAS

<70102> Por más que el quejoso en forma reiterada manifiesta que la sentencia que ataca en esta instancia extraordinaria reúne el requisito de definitividad requerido por el rito, sin embargo no consigue demostrar que el pronunciamiento que confirma la decisión del “a quo”, que decide rechazar las excepciones interpuestas y hacer lugar a la demanda ejecutiva por cobro de expensas; tenga, en los términos de la doctrina establecida por este Superior Tribunal - ni tampoco de la fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación - el carácter de sentencia definitiva que pretende asignarle. Ello así en tanto no prueba: a) la imposibilidad de replantear la cuestión en un juicio ordinario posterior, y b) que el mérito haya ingresado en el análisis de la causa de la obligación o de cualquier otro extremo que exceda los límites propios de la excepción analizada, deviniendo invalidado su replanteo en el juicio ordinario posterior, en razón de encuadrar en alguno de los supuestos previstos en el art. 553, párrs. 3* y 4* del CPCyC.


FORARTIERO, MIGUEL S/ QUEJA

23602/09

SENTENCIA: 26 - 21/04/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA: IMPROCEDENCIA - MEDIDAS CAUTELARES - PROHIBICION DE ACERCAMIENTO - VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE HECHO - FACULTADES DE LOS JUECES - CUESTIONES AJENAS

<70004> En suma la sentencia aquí atacada no es la definitiva ni es equiparable a tal (decide sobre una medida procesal de naturaleza cautelar), y tampoco se verifica ninguno de los supuestos de excepción. Por otra parte, la recurrente no expone argumento convincente alguno que induzca a prescindir, en el caso, de la exigencia de "definitividad"; ni se aboca a la tarea de brindar razones jurídicas atendibles que ameriten incurrir en una excepción a la regla. Por otra parte, además de la ausencia del requisito mencionado, hay que destacar que las cuestiones que el recurrente pretende que este Cuerpo ingrese a valorar, son ajenas a esta instancia extraordinaria. Ello es así por cuanto la cuestión objeto de controversia se circunscribe a determinar la conveniencia o no de levantar la prohibición de acercamiento a la que el propio recurrente acordó - conforme surge del acta de audiencia de fs. -; y para resolver este punto es necesario ingresar a examinar cuestiones de hecho y prueba que son absolutamente ajenas a esta instancia extraordinaria.


RODRIGUEZ, LUIS A. S/ QUEJA

23431/08

SENTENCIA: 4 - 19/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION

<70027> En definitiva, los argumentos alegados en el recurso sub examine no constituyen una adecuada fundamentación que permita habilitar la instancia revisora intentada, limitándose a la mera enunciación de las presuntas violaciones incurridas, sin efectuar una demostración de su configuración, a través de la crítica de los fundamentos en los que se sustenta el pronunciamiento atacado.


MONTENEGRO, MARIO ; LABONIA IRMA S/ QUEJA

23226/08

SENTENCIA: 10 - 04/03/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - VIOLACION DE LA LEY O DOCTRINA LEGAL: IMPROCEDENCIA - INTERESES - COMPUTO DE INTERESES - INTERESES MORATORIOS - ACTOS ILICITOS

<70002> En el caso en examen, si bien los Jueces liquidaron los intereses moratorios desde la perpetración del hecho ilícito, también es a partir de dicho momento que se calcula el capital de cada uno de los rubros indemnizatorios; por lo que en definitiva, tampoco se advierten diferencias sustanciales con los criterios aplicados en los precedentes citados.


FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ QUEJA (FARINA...)

23357/08

SENTENCIA: 2 - 18/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - FUNDAMENTACION POR REMISION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - AUTO DE PROCESAMIENTO

<80217> Atento a lo expuesto, los agravios carecen de fundamentación para atacar con eficacia la argumentación del a quo en cuanto sostiene que no es sentencia definitiva [auto de procesamiento], por lo que me remito a la argumentación expuesta en el punto 3º) de la sentencia interlocutoria Nº 194/08, de este expediente. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia)


Ñ., L. s/Queja en: 'Ñ., L. s/Abuso sexual agravado s/Apelación' S/ QUEJA

23303/08

SENTENCIA: 27 - 31/03/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2