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RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALT DE FUNDAMENTACION - DISCREPANCIA SUBJETIVA - ARBITRARIEDAD: IMPROCEDENCIA - APRECIACION DE LA PRUEBA - DAÑOS Y PERJUICIOS - LUCRO CESANTE - USO ILEGAL DE PRODUCTOS DE INFORMATICA - USO SIN LICENCIA

<71074> […] no se observa de modo alguno la arbitrariedad invocada, resultando en definitiva la crítica esgrimida por el recurrente con respecto a las conclusiones extraídas de la valoración de la prueba y la consecuente cuantificación del perjuicio irrogado por el uso ilegal de la actora de productos de Microsoft sin sus correspondientes licencias, sólo una discrepancia subjetiva con dicha tarea, cuestiones estas ajenas a la presente instancia extraordinaria.


MICROSOFT CORPORATION C/ PANATEL S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ CASACIÓN

24848/10

SENTENCIA: 108 - 09/11/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - APRECIACION DE LA PRUEBA - SENTENCIA CONDENATORIA - FUNDAMENTACION DE SENTENCIAS

<81792> […] el recurrente no logra demostrar los vicios que alega, por lo que sus planteos sólo configuran una opinión diversa sobre la valoración probatoria. En definitiva, la sentencia puesta en crisis se encuentra adecuadamente motivada y arriba a una certeza de condena que tiene apoyatura en las diversas constancias reunidas en la causa. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


PAPPALARDO, Juan Manuel s/Robo calificado por el uso de armas S/ CASACIÓN

24755/10

SENTENCIA: 197 - 19/10/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - DISCREPANCIA SUBJETIVA - INTERPRETACION DEL CONTRATO - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA

<70853> Cabe además resaltar que tampoco se evidencia el yerro en que habría incurrido la Cámara al interpretar la relación contractual, las obligaciones de las partes, el incumplimiento de las mismas, lo plasmado en la documentación suscripta entre las partes y la verdadera intención de los contratantes que es, en definitiva, lo que viene cuestionando; mas allá de que así planteadas sólo dejan entrever una disconformidad subjetiva con la valoración que de los hechos y pruebas efectuara la Cámara de Apelaciones.


CASCALLARES, ANDRES FELICIANO S/ QUEJA (PASQUALINI....)

24598/10

SENTENCIA: 57 - 30/06/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA CONDENATORIA: REQUISITOS - HOMICIDIO SIMPLE - APRECIACION DE LA PRUEBA - HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL: IMPROCEDENCIA

<81901> Del desarrollo precedente se desprende que el recurrente no logra demostrar los vicios que alega, por lo que sus planteos sólo configuran una opinión diversa sobre la valoración probatoria y la calificación legal que correspondía aplicar al hecho sub exámine. En definitiva, la sentencia puesta en crisis se encuentra adecuadamente motivada y arriba a una certeza de condena que tiene apoyatura en las diversas constancias reunidas en la causa. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia).


HERRERA, Patricio Leonel s/Homicidio S/ CASACIÓN

24532/10

SENTENCIA: 255 - 16/11/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA - PRUEBA PERICIAL - ENFERMEDAD PROFESIONAL: IMPROCEDENCIA - DEPRESION REACTIVA - DOCENTES - RELACION DE CAUSALIDAD: IMPROCEDENCIA - RESPONSABILIDAD DEL ASEGURADO: IMPROCEDENCIA - ASEGURADOR POR RIESGOS DEL TRABAJO

<35366> Es pertinente señalar que el Tribunal de grado descartó que la enfermedad padecida por el actor pudiera generar alguna responsabilidad en la demandada o en la ART bajo el régimen de la ley 24557, pues concluyó que no hubo enfermedad profesional, en tanto no se acreditó que ésta se hallara relacionada con la prestación de tareas. En definitiva, el a - quo concluyó en que no existió relación de causalidad entre las condiciones de trabajo del actor y la dolencia padecida por éste, para lo cual se apoyó en las pruebas periciales (médica, psicológica y psiquiátrica) de las que no encuentro motivos suficientes y válidos para apartarme. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


PAULINA, ALBERTO R. L. C/ CONSEJO DE EDUCACION DE RIO NEGRO Y OTRA S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

24185/09

SENTENCIA: 47 - 16/04/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA CONDENATORIA - ABUSO SEXUAL - APRECIACION DE LA PRUEBA - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA - CUESTION NO FEDERAL

<81998> En definitiva, ambos agravios, relativos a la supuesta arbitrariedad en la valoración probatoria, versan sobre críticas que involucran cuestiones de hecho, prueba y derecho común, las cuales son – en principio - ajenas a la instancia federal, salvo que se demuestre la arbitrariedad en su tratamiento, lo cual no ha ocurrido en el caso. Así, el impugnante se ha limitado a cuestionar las constancias probatorias en forma parcial, ocupándose solo de aquellas que consideraba desincriminatorias y sin hacer ninguna mención ni crítica respecto de las pruebas e indicios de cargo reunidos en el expediente - mencionados anteriormente -,que fueron los que dieron sustento a la sentencia condenatoria. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia).


C., S. s/Abuso sexual con acceso carnal S/ CASACIÓN

24022/09

SENTENCIA: 295 - 20/12/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - APRECIACION DE LA PRUEBA - CUESTION DE HECHO Y PRUEBA - CUESTION DE DERECHO COMUN - CUESTION NO FEDERAL

<81874> En definitiva, tanto este planteo como el anterior (relativo a la supuesta arbitrariedad en la valoración de la prueba) versan sobre críticas que involucran cuestiones de hecho, prueba y derecho común, las cuales son – en principio - ajenas a la instancia federal, salvo que se demuestre la arbitrariedad en su tratamiento, lo cual no ha ocurrido en el caso. Así, se observa que el impugnante se ha limitado a cuestionar las constancias probatorias en forma parcial, desligándose de la totalidad de las que se han reunido en el expediente, y ensayando meras hipótesis sobre cómo podrían haber ocurrido los hechos, afirmaciones que sólo pertenecen al plano de lo opinable y se oponen a tales constancias, lo cual sella la suerte del recurso. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia).


GIMÉNEZ, Diego Osvaldo s/Robo calificado por el uso de arma de fuego- Homicidio doblemente calificado por haber sido cometido con alevosía y 'criminis causa'... S/ CASACIÓN

23498/09

SENTENCIA: 232 - 10/11/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL - APRECIACION DE LA PRUEBA - RECOLECCION DE PRUEBA

<81054> La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que, en esta clase de delitos sexuales, la prueba “resulta de difícil recolección, no solo por los desarreglos psicológicos que provocan en la víctima después de ocurrido el evento, sino también por el transcurso del tiempo hasta que llega la noticia criminis al tribunal”. Sin embargo, “ello no significa que resulte de imposible investigación, ni que puede fragmentarse la prueba, quitándole sustento a lo que en conjunto lo tiene, sino que habrá que valorar las pruebas teniendo en cuenta cada uno de los aspectos relevantes de la instrucción para arribar a un fallo definitivo que sea comprensivo y abarcador de los elementos de juicio recolectados” (CSJN, Fallos 320: 1551). (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia).


F., A.O. s/Promoción de la corrupción de menores en c.ideal con abuso sexual, con acceso carnal reiterado y ... R., F.A. s/Pr S/ CASACIÓN

23882/09

SENTENCIA: 26 - 17/03/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA CONDENATORIA - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - APRECIACION DE LA PRUEBA

<81199> En definitiva, de los argumentos expuestos hasta aquí surge que las críticas de la casacionista no logran conmover la estructura lógica de la sentencia cuestionada, la cual se encuentra suficiente y adecuadamente fundada. Descarto entonces la arbitrariedad alegada, aspecto en el que me remito a la postura mantenida reiteradamente por este Cuerpo en el sentido de que la doctrina de la arbitrariedad “no tiene por objeto corregir fallos opinables o discutibles, lo que implicaría ampliar la jurisdicción de este Tribunal a límites ajenos a los definidos normativamente, sino que se encuentra reservada a supuestos de sentencia en los que se verifique o denuncie un desvío palmario de las constancias de la causa. La descalificación por arbitrariedad debe ser un hecho excepcional, la última ratio del sistema (conf. Carlos E. Colautti, ‘Una interpretación excesiva acerca de la arbitrariedad’, en LL 1999 - E, 302)” [cf. STJRNSP in re “MALACCORTO” Se. 194/03 del 16-12-03, entre otras]. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia).


A., F. s/Abuso sexual c/acceso carnal en forma continua agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda S/ CASACIÓN

24133/09

SENTENCIA: 64 - 27/04/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - ACCIDENTE DE TRANSITO - DELITO CULPOSO - PEATON - CULPA DE LA VICTIMA: IMPROCEDENCIA - APRECIACION DE LA PRUEBA

<81958> […] la recurrente menciona otros datos en sus presentaciones recursivas que tampoco tienen sustento en las constancias de la causa ni han sido acompañados de una argumentación adecuada que los respalde, por lo que no logran constituir agravios serios y menos aún desvirtuar la logicidad de la sentencia puesta en crisis. Me refiero a los dichos en cuanto a que la víctima se habría abalanzado a la calzada sin siquiera disponerse a mirar el flujo del tránsito y que se habría visto sorprendido por la proximidad del vehículo, por lo que habría saltado sobre su capot (conf. fs. ), aspectos sobre los cuales nada dijeron los testigos ni existen otras probanzas en el expediente. Por lo demás, nada indica – ni se demuestra en el recurso - que las marcas en el vehículo producidas por el impacto (hundimiento del capot y rotura del parabrisas), que la recurrente invoca como favorables a su postura, no hayan podido ser producidas tal como se tuvo por probado en la sentencia, por lo que en definitiva tales planteos deben ser desestimados. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia).


OVEJERO, Norma Alicia s/Queja en: 'OVEJERO, Norma Alicia s/Lesiones culposas calificadas' S/ QUEJA

24613/10

SENTENCIA: 284 - 07/12/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2