Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: definitiva (Todas las Palabras)

Mostrando 31-40 de 93 elementos.

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - ACORDADA CSJN N° 4/2007 - SENTENCIA NO DEFINITIVA

La parte tampoco satisface las exigencias del art. 3º, ya que no acredita que la decisión sea definitiva o equiparable a tal según la jurisprudencia de la Corte (inc. a). Al respecto, el máximo Tribunal de la Nación ha dicho que “... las decisiones que no hacen lugar a la prescripción de la acción penal no constituyen la sentencia definitiva a la que refiere el art. 14 de la Ley 48” (cf. Fallos 304:153, 312:552), puesto que no impiden la continuación del proceso sino lo contrario. La equiparación tampoco es posible dado que no se verifica, ni la interesada logra probar, la existencia de un agravio de imposible o insuficiente reparación posterior, o una cuestión de gravedad institucional, o la cancelación de vías ulteriores hábiles para el replanteo de los eventuales cuestionamientos que lo decidido pueda merecer (cf. STJRNS2 Se. 191/16 “Zabala”).


M., J.M. S / PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD Y LESIONES LEVES EN CONCURSO REAL S/ CASACION

PS2-265-STJ2017

SENTENCIA: 322 - 27/11/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - REVOCACION DEL SOBRESEIMIENTO - RECURSO DE APELACION - QUERELLANTE

Advierto que la decisión revocatoria tiene por fundamento el recurso de apelación correctamente introducido por la parte querellante, lo que surge no solamente de la parte resolutiva sino de las consideraciones previas. De tal modo, es inaplicable al caso la doctrina legal vinculada con la errónea actuación de la acusación pública. Todo lo anterior implica el rechazo del remedio de hecho por inhabilidad formal, dado que no se observa una excepción al criterio general expuesto. (Voto del Dr. Mansilla sin disidencia)


PAILEMAN, HILDA GLADIS S /QUEJA S/ QUEJA (EN: 'PAILEMAN, HILDA GLADIS S/ HOMICIDIO CULPOSO')

1VI-11854-P2014

SENTENCIA: 5 - 08/02/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

recurso extraordinario federal - inadmisibilIdad del recurso - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - REENVIO

La defensa no formula un desarrollo argumental que conmueva lo establecido en la sentencia cuestionada acerca de la cronología de los hechos de los que se puede derivar lo que realmente ocurrió y la participación que les cupo a los imputados, en tanto se limita a citar la declaración del testigo […], al que tacha de falaz, y a afirmar que las víctimas habían mentido acerca de lo sucedido. no obstante, no se hace cargo de la totalidad de los fundamentos expuestos en sentido contrario por este cuerpo, por lo que sus agravios no bastan para demostrar la arbitrariedad o la violación de garantías constitucionales que denuncia, y subsiste así el obstáculo vinculado con la ausencia de pronunciamiento definitivo.


ROJAS, RUBEN OMAR y VALDEBENITO, FERNANDO ANDRES S / ENCUBRIMIENTO, COHECHO, JUICIO S/ CASACION

1VI-1515-P2011

SENTENCIA: 1 - 08/02/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - JUICIO EJECUTIVO - NULIDAD DE LA NOTIFICACION - INTIMACION DE PAGO

<77308> La sentencia interlocutoria que declara la nulidad de una intimación de pago en juicio ejecutivo - ejecución fiscal en el caso -, como la aquí atacada - asimilable a la notificación del traslado de una demanda-, no es definitiva ni puede ser equiparable a tal y tampoco se verifica ninguno de los supuestos de excepción. (Voto del Dr. Mansilla, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia)


M.S.C.B. C /SOCIEDAD LAGOS DE BARILOCHE S /EJECUCION FISCAL S /INCIDENTE DE NULIDAD S/ CASACION

PS2-238-STJ2017

SENTENCIA: 17 - 23/05/2017 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - OPORTUNIDAD PROCESAL - PLANTEO EXTEMPORANEO - CUESTIONES NO PLANTEADAS

[…] en forma totalmente extemporánea la parte pretende introducir otro agravio al manifestar que toda vez que al ser resuelto el fondo de la cuestión mediante auto interlocutorio que no pone fin al proceso, por no revestir el carácter de sentencia definitiva, se vio impedido de recurrir contra el mismo. En tal sentido este Cuerpo tiene dicho que no puede acudirse en casación con argumentos que, más allá de su acierto o error, no se hicieron valer oportunamente (conf. [STJRNS3 Se. 2/01 “ALLOCHIS”]). (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


ASOCIACION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S- QUEJA EN: CHITCHIAN S.A. C/ SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO Y OTROS S- ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA S/ QUEJA

CS1-26-STJ2015

SENTENCIA: 27 - 18/04/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - MEDIDAS CAUTELARES - REVOCACION DE SENTENCIA - CADUCIDAD DE INSTANCIA

El primer extremo que el recurrente debió demostrar acabadamente en la presente instancia procesal es el carácter de sentencia definitiva del pronunciamiento que se viene recurriendo, en cumplimiento del art. 285 del CPCyC. Sin embargo, de los fundamentos contenidos en el mismo no se observan argumentos serios con miras a tal objetivo y el Auto Interlocutorio que revoca la caducidad y confirma la medida cautelar no reviste tal carácter. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


CALETA MARIEN S.A. S /QUEJA EN: DE BARBA, HUGO C /DE BARBA, TULLIO Y OTROS S /MEDIDA CAUTELAR S/ QUEJA

CS1-191-STJ2016

SENTENCIA: 10 - 08/03/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - DENEGACION DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - REENVIO AL ORIGEN - VIOLACION DEL PRINCIPIO NON BIS IN IDEM: IMPROCEDENCIA

El recurso extraordinario federal articulado en la causa no tiene chances de prosperar, puesto que la decisión de este Cuerpo que objeta no es sentencia definitiva o equiparable a tal, de modo que no se satisface la exigencia del inc. a) del art. 3º de la acordada aplicable. Además, dado que la nulidad con reenvío propiciada oportunamente por este Cuerpo se sustenta en un caso de arbitrariedad de sentencia, la retrocesión es posible y lo resuelto no implica una violación del principio non bis in idem. De tal forma, la Defensa no formula un desarrollo argumental que conmueva lo establecido en la sentencia cuestionada acerca de la inaplicabilidad del referido principio, omitiendo, además, refutar la totalidad de los fundamentos expuestos por este Cuerpo, por lo que sus agravios no bastan para demostrar la arbitrariedad o la violación de garantías constitucionales que denuncia, y subsiste así el obstáculo vinculado con la ausencia de pronunciamiento definitivo.


QUINTERO, NESTOR OMAR S/ QUEJA (EN: 'QUINTERO, NESTOR OMAR S/HOMICIDIO')

CS1-146-STJ2016

SENTENCIA: 124 - 17/05/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - ACORDADA CSJN 4/07: REQUISITOS FORMALES

El recurso extraordinario federal articulado en la causa no tiene chances de prosperar, puesto que la decisión de este Cuerpo que objeta no es sentencia definitiva o equiparable a tal, de modo que no se satisface la exigencia del inc. a) del art. 3º de la acordada aplicable.


ROJAS, RUBEN OMAR y VALDEBENITO, FERNANDO ANDRES S / ENCUBRIMIENTO, COHECHO, JUICIO S/ CASACION

1VI-1515-P2011

SENTENCIA: 1 - 08/02/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

AMPARO COLECTIVO - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: INADMISIBILIDAD - SENTENCIA NO DEFINITIVA - CUESTIONES DE COMPETENCIA - COMPETENCIA FEDERAL

El Recurso Extraordinario Federal planteado no posee chances de prosperar. No se advierte en el caso la existencia de "sentencia definitiva", en tanto el fallo recurrido no configura un agravio de imposible o dificultosa reparación. Solamente confirmó el pronunciamiento del Juez de amparo que resignó la competencia de autos en favor del Sr. Juez Federal de Primera Instancia de la ciudad de San Carlos de Bariloche (RN) en función de haber actuado éste primero y a los fines de evitar el dispendio de la actividad jurisdiccional como así también la posibilidad del dictado de resoluciones contradictorias sobre idéntica situación denunciada (posible contaminación del Lago Nahuel Huapi), garantizándose el acceso a la jurisdicción en el trámite en curso en el fuero Federal. Las accionantes conocían la existencia de otro proceso idéntico al aquí intentado, provocando un dispendio jurisdiccional innecesario, máxime cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se ha expedido en las actuaciones caratuladas “DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO V. PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/AMPARO” (D 230.XLVII.ORI ) vinculada a la temática que aquí se trata, resolviendo la contienda de competencia al decidir que debe seguir conociendo en el proceso el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia).


ODARDA, MARIA MAGDALENA y WIEMAN, LUCIA ANA -SECRETARIA ASOCIACION " ARBOL DE PIE"- S/ AMPARO COLECTIVO

CS1-73-STJ2015

SENTENCIA: 38 - 12/04/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - SENTENCIA NO DEFINITIVA - MEDIDAS CAUTELARES - CESE DE LA PRISION PREVENTIVA - CONTINUACION DEL PROCESO

La sentencia impugnada versa sobre una materia incidental -el cese de la prisión preventiva solicitado por la Defensa-, y la anulación y el reenvío dispuestos no implican más que la continuación del trámite y el dictado de una nueva decisión respecto de la medida cautelar adoptada, la que a su vez podrá ser recurrida por quien se sienta afectado por ella. De tal modo, el titular del Ministerio Público Fiscal no logra acreditar un perjuicio irreparable para sus intereses ni la cancelación de vías hábiles ulteriores para el replanteo de los eventuales cuestionamientos que entienda procedentes.


AVILES, WALTER GUSTAVO Y CONTRERAS, EDUARDO FABIAN S /HOMICIDIO AGRAVADO (CON UN DETENIDO) (ACTUACIONES FOTOCOPIADAS) S/ CASACION

3BA-2316-P2012

SENTENCIA: 35 - 09/03/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2