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FILIACION - RESPONSABILIDAD SUBJETIVA - DAÑO MORAL - NEGACION DE LA PATERNIDAD - ERROR DE HECHO (CIVIL) - ERROR EXCUSABLE

<70115> Respecto del factor de atribución es indudable que se trata de una responsabilidad de índole subjetiva: lo que implica que la omisión de reconocimiento es imputable a título de dolo o culpa, según medie intención de dañar o sólo negligencia. La conducta omisiva resulta objeto de reproche en tanto el padre incurre en ella intencional o negligentemente, sustrayéndose a los deberes que nacen del acto procreacional. En definitiva, es responsable aquel que no pueda justificar un error excusable que lo exima de responsabilidad.


HREDIL, GUSTAVO OMAR C/ ZGAIB, PEDRO S/ FILIACION S/ CASACIÓN

23583/09

SENTENCIA: 27 - 04/05/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - OBLIGACION ALIMENTARIA - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA - CAPACIDAD ECONOMICA DEL ALIMENTANTE

<70468> Cabe destacar que en materia de alimentos no hay por regla sentencia definitiva, en la medida en que, por no tener fuerza de cosa juzgada sustancial, la decisión que en juicio recaiga puede ser objeto de revisión si cambian las circunstancias de hecho en que se basó. Esto es, la obligación alimentaria podría modificarse o cesar - por vía incidental -, en caso de demostrarse la aparición de situaciones sobrevinientes que lo justifiquen, y el caso particular no se sustrae de tal regla. Pero, aún cuando pudiera excepcionarse dicha regla en autos, los cuestionamientos que formula el recurrente, apuntan a la revisión de circunstancias de hecho y prueba, que hacen a la determinación de la capacidad económica del alimentante, y, como tales - sin la demostración contundente de absurdidad en la merituación efectuada por el mérito, lo que no ocurre en autos -, resultan exentas de control en casación.


SAENZ, FERNANDO JUAN S/ QUEJA

24033/09

SENTENCIA: 88 - 03/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - DESERCION DEL RECURSO - RECURSO DE APELACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - NULIDAD PROCESAL: IMPROCEDENCIA - RECURSO DESIERTO

<80652> El auto interlocutorio que deniega el recurso de casación por considerar que la decisión que declaró desierto el recurso de apelación contra la resolución que rechazaba el planteo de nulidades procesales no era sentencia definitiva sigue la doctrina legal de este Cuerpo que rige el punto, a lo que se suma que el recurso de queja no rebate con eficacia tal argumentación, pues tampoco desarrolla fundamentos adecuados para poner de manifiesto la existencia de un supuesto de excepción a tal regla general, en razón de lo cual no puede prosperar atento a los defectos formales evidenciados [cf. STJRNSP in re “POSTAI” Se. 199/07 del 31-10-07, entre otras]. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


MATILLA, Juan Carlos; FUENTEALBA, Patricia Elizabeth s/Queja en: 'MASSA, Martín Omar s/Incidente de nulidad s/Denuncia' S/ QUEJA

23676/09

SENTENCIA: 149 - 20/10/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA: RECHAZO - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - OPORTUNIDAD PROCESAL - REITERACION DEL PLANTEO - NUEVA PETICION

<80037> En este sentido, la doctrina legal de este Superior Tribunal de Justicia reconocía efectos de definitividad al rechazo de una suspensión del juicio a prueba, en conformidad con lo expuesto in re “MAGNIN” [STJRNSP Se. 123/02 del 17-10-02]: “... pues la suspensión de juicio a prueba tiene por objeto contemplar el derecho del imputado a poner fin a la acción penal mediante su extinción, evitando la imposición de una pena, por lo que su denegatoria no puede encontrar tratamiento adecuado luego del dictado de una sentencia condenatoria y sí hasta el vencimiento del plazo de citación previsto en el art. 325 CPP- En este orden de ideas la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido, in re 'PADULA' (Se. del 11-11-97), que 'si el rechazo del beneficio de la suspensión del juicio a prueba tiene sustento en la imposibilidad de acordarlo por superar el máximo de la pena prevista por el delito que se le imputa, el gravamen no resulta susceptible de reparación posterior, en tanto restringe el derecho del procesado a poner fin a la acción y evitar la imposición de una pena' y que 'la finalidad de quien requiere la suspensión del juicio a prueba no es la de obtener una sentencia absolutoria, sino la de no seguir sometido a proceso mediante la extinción de la acción penal'” (postura reiterada en STJRNSP in re “REGUERA” Se. 246/04 del 01-12-04, entre otras). No obstante lo anterior, nuevos pronunciamientos de este Cuerpo en relación con el trámite del instituto que nos ocupa aconsejan una reformulación parcial de aquel criterio, luego de los precedentes “FERNANDEZ” [STJRN Se. 85/08 del 11-06-08] y “GALLO” [STJRNSP Se. 86/08 del 12-06-08] y “MUÑOZ” [STJRNSP Se. 197/08 del 22-12-08], en cuanto posibilitan superar la oportunidad procesal del art. 329 del código adjetivo para la solicitud de la suspensión del juicio a prueba e incluso reiterar la petición. (Voto del Dr. Balladini)


P., P. S/ QUEJA (en: 'P., P. s/Abuso sexual reiterado...")

23218/08

SENTENCIA: 7 - 20/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - PLAZO - PLANTEO EXTEMPORANEO

<80799> Ingresando en el análisis del recurso, en primer lugar cabe examinar si la recurrente ha cumplido con la carga de formular en tiempo su impugnación contra la sentencia definitiva de este Superior Tribunal de la causa. Al respecto, opino que cabe en el caso adoptar el criterio seguido por este Cuerpo en la Sentencia “MONTESINO” [STJRNSP Se. 49/07 del 18-04-07] citada por la señora Procuradora General) y concluir que el recurso ha sido deducido en forma extemporánea. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia).


M., C.T. s/Queja en: 'M., C.T. s/Abuso sexual' S/ QUEJA

23492/08

SENTENCIA: 185 - 26/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

INTERESES MORATORIOS - INDEMNIZACION - AUTOMOTOR - DEFECTOS DE FABRICACION - ROTURA DEL MOTOR

<70449> En el caso en examen, si bien los Jueces resuelven que los intereses moratorios se devengan desde ocurrido el hecho ilícito (rotura del motor, por defectos de fabricación), también es a partir de dicho momento que se calcula el capital de cada uno de los rubros indemnizatorios; por lo que en definitiva, no se advierten diferencias sustanciales con la doctrina legal de este Superior Tribunal, por lo que dicho agravio no podrá prosperar [idem STJRNSC in re “LUCCHESI” Se. 91/08 del 03-12-08]. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


SAAVEDRA, ERNESTO HORACIO C/ FORD ARGENTINA S.A. Y BANCO DEL LAVORO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ CASACIÓN

23586/09

SENTENCIA: 84 - 26/10/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA - FACULTADES DE LOS JUECES - APRECIACION EN CONCIENCIA

<34825> En este sentido se ha dicho: "En definitiva, el recurrente persigue la reedición de los hechos de la causa y el reexamen de la ponderación que el a quo hizo de la prueba oportunamente producida, mas esa pretensión se enfrenta con un vallado infranqueable en el caso, en cuanto todo ello queda en el margen de la razonable discreción de los jueces de grado, quienes en el ordenamiento procesal valoran en conciencia las pruebas y los hechos (art. 49 Ley 1504), lo que impide la casación" [STJRNSL in re “SANTIBAÑEZ” Se. 7/07 del 12-02-07]. (Voto del Dr. Lutz)


GIVAUDANT, ELIO G. C/ ASOCIACION COOPERADORA DEL HOSPITAL BARILOCHE S/ SUMARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

22943/08

SENTENCIA: 12 - 26/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - INTERPOSICION DE RECURSOS NO PREVISTOS - RECURSO DE CASACION - CONCESION ERRONEA DEL RECURSO

<27971> No puede soslayarse en el caso la actuación de la Cámara al conceder erróneamente un recurso extraordinario dentro del proceso contencioso administrativo, y más aún, concediendo dicho recurso inexistente, obviar la sustanciación propia de los recursos extraordinarios. Conforme bien lo ha manifestado la Fiscalía de Estado a fs. […], no se le ha corrido el traslado pertinente del recurso interpuesto. En definitiva, corresponderá declarar mal concedido el recurso de casación erróneamente intentado en autos. (Disidencia del Dr. Balladini).


ZAVALA, GASTON AUGUSTO S/ RECURSO DE RECONSIDERACION S/ CASACIÓN

23899/09

SENTENCIA: 158 - 24/11/2009 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

CUESTION ABSTRACTA PARCIAL - AMPARO COLECTIVO - AMPARO AMBIENTAL - OBJETO PROCESAL - CONTAMINACION AMBIENTAL - EXISTENCIA DE OTRO PROCESO - TRASLADO A OTRA ZONA - EXPLOTACION DE YESO - ACOPIO Y CARGA - ERRADICACION DE LA PLAYA DE ACOPIO DE YESO

<27946> En función de lo expuesto, considero que la cuestión de autos ha devenido parcialmente abstracta en lo referido puntualmente a las actividades desarrolladas en la ciudad de ALLEN - erradicación de la playa de acopio de yeso -. Por ello, y restando resolverse la cuestión del traslado definitivo a GUERRICO, temática desarrollada asimismo en autos “BORELLI” [STJRNCO Au. 155/09 del 03-11-09], en lo que respecta al traslado a la zona de Guerrico, corresponderá estar a lo que allí se resuelva. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


PEREYRA, STELLA M. Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO LEY 2779

23285/08

SENTENCIA: 99 - 26/10/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - REPLANTEO DE CUESTIONES YA RESUELTAS

<80273> No observo que se cumplan los requisitos de sentencia equiparable a definitiva ni la conculcación de las garantías constitucionales alegada por la defensa con sustento en las causales de juez imparcial, arbitrariedad y “doble conforme”. Es que, con tal pretexto, la parte intenta acceder por esta nueva vía al replanteo de cuestiones que ya han sido tratadas oportunamente y resueltas en sentido contrario a sus pretensiones, de modo que su recurso no basta para poner en evidencia agravio alguno susceptible de ser subsanado en la instancia superior. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


INCIDENTE DE RECUSACIÓN A LOS DRES. ÁLVARO JAVIER MEYNET Y JORGE RAYMUNDO BOSCH EN AUTOS: "A., C. S/ INF.ART. 119 C.P." S/ CASACIÓN

22616/07

SENTENCIA: 47 - 05/05/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2