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RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - ACUSACION: REQUISITOS - REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA: VIOLACION - DERECHO DE DEFENSA - DEBIDO PROCESO - DESCRIPCION DE LOS HECHOS - CAMBIO DE LA BASE FACTICA

<81302> La ausencia de una descripción congruente y suficientemente específica del hecho atribuido lesiona el derecho de defensa consagrado en el art. 18 de la Constitución Nacional y previsto en el art. 8.2.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que expresamente exige la comunicación previa y detallada de la acusación formulada al inculpado. Es decir, la acusación enunciada en la etapa de juicio incurrió en una violación del principio de congruencia, porque el simple cotejo de las plataformas fácticas antes reseñadas permite advertir que existe una diferencia sustancial entre el hecho por el cual se indagó, se procesó y se requirió la elevación a juicio y el hecho por el que se pretende la condena. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


GRINGO, Ariel E. y CENTENO, Osvaldo A. s/Lesiones graves culposas S/ CASACIÓN

24013/09

SENTENCIA: 81 - 31/05/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - QUERELLANTE PARTICULAR - MINISTERIO PUBLICO FISCAL - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA: VIOLACION - DERECHO DE DEFENSA - DEBIDO PROCESO - DESCRIPCION DE LOS HECHOS - CAMBIO DE LA BASE FACTICA

<81303> En consecuencia, y dado que las pretensiones recursivas del Ministerio Público Fiscal y del querellante particular se sustentan en hechos que afectan el principio de congruencia y así derechos y garantías constitucionales, declarables incluso de oficio, corresponde desechar in totum los recursos de casación y declarar su inadmisibilidad sustancial (arts. 18 C. Nac. y 8.2.b CADH). (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


GRINGO, Ariel E. y CENTENO, Osvaldo A. s/Lesiones graves culposas S/ CASACIÓN

24013/09

SENTENCIA: 81 - 31/05/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - ACUSACION: REQUISITOS - REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA: VIOLACION - DERECHO DE DEFENSA - DEBIDO PROCESO - DESCRIPCION DE LOS HECHOS - CAMBIO DE LA BASE FACTICA - ESPECIFICIDAD

<81301> En consecuencia, las pretensiones acusatorias del requerimiento de elevación a juicio y del final del debate son incongruentes y – siguiendo la postura del Ministerio Público Fiscal - esas descripciones carecen de la necesaria “condición de especificidad” de la imputación, según la cual “el texto de la acusación tiene que aportar aquellas propiedades de un hecho y tantas de ellas como para que efectivamente él sea cumplido por un hecho individual y sólo uno, en el sentido de ese concepto de hecho” [STJRNSP in re “LUJAN” Se. 5/08 del 12-02-08]. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


GRINGO, Ariel E. y CENTENO, Osvaldo A. s/Lesiones graves culposas S/ CASACIÓN

24013/09

SENTENCIA: 81 - 31/05/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - ACUSACION: REQUISITOS - DESCRIPCION DE LOS HECHOS - HECHO IMPUTADO: REQUISITOS - CALIFICACION LEGAL - INDETERMINACION DE LA IMPUTACION: IMPROCEDENCIA - REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO: REQUISITOS - AUTO DE ELEVACION A JUICIO: REQUISITOS - SENTENCIA: REQUISITOS - DEBIDO PROCESO - DERECHO DE DEFENSA - NULIDAD PROCESAL: IMPROCEDENCIA

<83041> […] debo señalar que la intimación de los hechos no es ambigua ni contradictoria, no se observa que haya indeterminación de los mismos que pueda generar - en el caso - la afectación del debido proceso legal como presupuesto necesario de una eficaz defensa. La defensa no ha demostrado que el condenado se haya privado de ejercer su descargo u ofrecer prueba. En relación a la temática en cuestión, el art. 323 del C.P.P. dispone que el auto de elevación a juicio deberá contener bajo pena de nulidad, entre otras cosas, una relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos. Igual requisito prevé el art. 319 del rito cuando da cuenta de las formalidades del requerimiento de elevación a juicio. Por su parte, el art. 375 del C.P.P. establece como requisito de la sentencia, la enunciación del hecho y de las circunstancias que hayan sido materia de la acusación. Este Cuerpo tiene dicho en relación al hecho intimado al imputado que “debe contar con una descripción fáctica mínima - datos eficientes - para posibilitar tanto el ejercicio de la defensa del imputado como su subsunción en el tipo legal seleccionado”. [STJRNSP in re “VALDEBENITO” Se 187/06 del 20-11-06]. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia).


P., J.A. s/Abuso sexual agravado por el vínculo s/Juicio S/ CASACION

25257/11

SENTENCIA: 226 - 27/10/2011 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2