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RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL - LEY PROVINCIAL - DEFENSA EN JUICIO - DEBIDO PROCESO - DERECHO DE PROPIEDAD

<17611> El recurrente no ha demostrado la necesaria e insoslayable existencia de “relación directa e inmediata” entre las cláusulas constitucionales invocadas (19, 17 y concordantes de la C.N.) y la cuestión objeto del pleito (art. 15 Ley 48). Ello así, dado que precisamente en la alegada errónea interpretación del art. 10 de la Ley Provincial Nº 2176, en que supuestamente se incurriera en la sentencia apelada, el recurrente no demuestra cómo se establece la relación directa e inmediata entre los derechos constitucionales de defensa en juicio, debido proceso legal y de propiedad, que considera comprometidos; y la materia sentenciada a efectos de la verificación ineludible de la exigencia del art. 15 de la Ley 48, como así tampoco expresa en que ha consistido la violación de los preceptos constitucionales. Ello reviste particular importancia en la medida que “la sola mención de preceptos constitucionales no basta para aquél fin” (Fallos 165: 62; 181: 290; 266: 135). La relación directa que la ley citada exige existe sólo cuando la solución de la causa requiere necesariamente de la interpretación del precepto constitucional aducido (Fallos 187: 264; 248: 129; 268: 247). De otro modo la jurisdicción de la Corte Suprema sería ineludiblemente privada de todo límite, pues no hay derecho que en definitiva no tenga raíz y fundamento en la Constitución Nacional (Fallos 238: 488; 295: 335).


BANCO NACION ARGENTINA C/ SANTARELLI REMO AGUSTIN CARLOS Y OTROS S/ EJECUTIVO S/ INCIDENTE S/ CASACIÓN

19978/05

SENTENCIA: 123 - 23/11/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL

<48311> Ingresando en el estudio de la presentación defensista, entiendo que los agravios planteados por el apelante no suscitan cuestión federal para su consideración, lo que impide habilitar la instancia extraordinaria. No logro advertir la conculcación de las garantías constituciones alegadas por la defensa, tales como la defensa en juicio, el debido proceso y el principio de inocencia. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MANRIQUE, Dardo s/Apremios ilegales; MOLINA, Marcelo D. s/Apremios ilegales; ROJAS, Carlos O. s/Abuso de armas S/ CASACIÓN

22632/07

SENTENCIA: 143 - 14/10/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - CUESTION NO FEDERAL - FALTA DE FUNDAMENTACION

<34150> Como es sabido, no existe cuestión federal por la sola invocación dogmática de presuntas violaciones a los derechos de propiedad, defensa en juicio y debido proceso. Ello no resulta ser suficiente motivo para abrir esta vía de excepción en razón de no mediar... entre la cuestión resuelta y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas, la relación directa e inmediata que exige el art. 15 de la ley 48.


RICCIARDULLI, RAUL ALBERTO C/ BANCO LA PAMPA S.E.M. S/ RECLAMO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

21604/06

SENTENCIA: 52 - 22/06/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA

<46139> De tal manera, no se demuestra la vulneración de las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio (art. 18 C.Nac.) que alega la defensa y, como se destacó al denegar el planteo casatorio..., la cuestión se vincula con cuestiones de hecho, prueba y derecho común propias de los jueces de la causa (Fallos 303: 109; 304: 1122, 305: 439, entre otros).


COLLIHUIN, EVARISTO NÉSTOR S/ HOMICIDIO SIMPLE S/ CASACIÓN

20807/06

SENTENCIA: 13 - 28/02/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL

<18344> “Si bien en el recurso en examen, se ha invocado la violación del derecho de propiedad, de la garantía del debido proceso y de la defensa en juicio, su sola alegación no resulta suficiente para la apertura del recurso, dado que la cuestión debatida en autos ha sido resuelta con suficientes fundamentos de carácter no federal, en tanto la solución del caso se plasmó sin entrar en la interpretación de tal normativa constitucional”. (STJRNSC in re “CARRERA” Se. 81/05 del 16-08-05).


UMAN - CARIZA SRL S/ QUEJA

21416/06

SENTENCIA: 9 - 14/02/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA

<35500> La simple invocación dogmática de presuntas violaciones a los derechos de propiedad, defensa en juicio y debido proceso legal no genera, por sí sola, una cuestión federal, ni deviene en motivo suficiente para abrir la excepcional vía, por cuanto no media - como se dijo- entre tales alegaciones y la cuestión resuelta, de neto carácter de hecho y prueba, la relación directa e inmediata exigida por el art. 15 de la ley 48. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia)


PUERTO BLEST S.A. S/ QUEJA EN: "FERNANDEZ, LORENA PAOLA C/ PUERTO BLEST S.A. S/ SUMARIO" S/ QUEJA EN AUTOS:

23628/09

SENTENCIA: 85 - 30/06/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL

<17165> Con relación a la atribuida conculcación de las garantía constitucional de debido proceso y violación al derecho de propiedad, no evidencia el escrito impugnaticio un desarrollo eficiente a fin de otorgarle carácter autónomo, en la medida que no demuestra el recurrente cómo se configuraría la relación directa e inmediata entre los dispositivos señalados y la materia sentenciada a efectos de la verificación ineludible de la exigencia del art. 15 de la Ley 48. (Mayoría de los Dres. Lutz y Sodero Nievas )


CARRERA, MODESTA C/ AUQUEN SAFICIA S/ EMBARGO PREVENTIVO S/ RECONSTRUCCION S/ CASACIÓN

19366/04

SENTENCIA: 81 - 16/08/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA - CUESTIONES PROCESALES - CUESTION NO FEDERAL

<48613> Es dable recordar que los planteos que remiten al estudio de cuestiones de hecho, prueba y derecho procesal común son, en principio, ajenos a la instancia del art. 14 de la Ley 48. A ello se suma que la disconformidad de la parte no encuentra vínculo conceptual con la alegada afectación de las garantías de legalidad, defensa en juicio y debido proceso, ni logra demostrar en qué medida lo decidido tiene como consecuencia tal violación, por lo que la presentación es inadmisible. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


GALABURRI, Reinaldo D. s/Homicidio culposo por mala praxis S/ CASACIÓN

22766/08

SENTENCIA: 187 - 15/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - CUESTION NO FEDERAL - FALTA DE FUNDAMENTACION

<24992> No habiéndose invocado ni demostrado conculcación de las garantías constitucionales, debido proceso, acceso a la justicia, ni evidenciar el escrito impugnaticio un desarrollo eficiente a fin de otorgarle carácter autónomo, en la medida que no demuestra el recurrente cómo se configuraría la relación directa e inmediata entre los dispositivos señalados y la materia sentenciada a efectos de la verificación ineludible de la exigencia del art. 15 de la Ley Nº 48. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


LOVELI S.A. S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

18858/03

SENTENCIA: 88 - 21/09/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL - CUESTIONES PROCESALES - INCIDENCIAS - SEGUNDA INTERPOSICION DEL RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - PRECLUSION

<37067> El criterio resolutivo del fallo de este Cuerpo transita por señalar que no puede admitirse que en una incidencia planteada en el trámite de la habilitación de la instancia extraordinaria, pueda dar lugar a la interposición de un segundo recurso de inaplicabilidad de ley, porque ello conduce tanto a desvirtuar el régimen procesal atinente a la concesión del recurso de excepción local como a prescindir claramente de las expresas normas del plexo adjetivo aplicable, y que asimismo comprometería gravemente el principio de preclusión en el que se hallan interesados garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio.


MORETE, CARLOS Y NUÑEZ, ELSA S- QUEJA EN: "PATERLINI, MARTIN ALEJANDRO C/ MORETE, CARLOS Y OTRO S- ORDINARIO" S/ QUEJA

27040/14

SENTENCIA: 54 - 05/08/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3