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Busqueda realizada: debido proceso (Frase Completa)

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RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA: PROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - DEBIDO PROCESO

<48133> La Constitución y la ley procesal exigen un pronunciamiento jurisdiccional que satisfaga los requisitos del debido proceso adjetivo, en cuyo marco resultan inaceptables la ilogicidad, la ilegalidad o la arbitrariedad como las que se presentan en este expediente. (Opinión personal del Dr. Balladini).


SALVUCCI, Luis Natalio s/Amenazas; PÉREZ, Sergio Manuel; PÉREZ, Lucas Fabián; QUINTREMAN, Roberto Pablo s/Coacción en calidad de coautores S/ CASACIÓN

21089/06

SENTENCIA: 120 - 02/09/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - DISCREPANCIA SUBJETIVA - DEFENSA EN JUICIO - DEBIDO PROCESO

<48687> Observo que la disconformidad de la parte no encuentra vínculo conceptual con la alegada afectación de las garantías de defensa en juicio y debido proceso por falta de fundamentación del fallo ni logra demostrar - siquiera mínimamente- en qué medida lo decidido por el máximo tribunal provincial tiene como consecuencia tal violación, por lo que la presentación es inadmisible, pues pone de manifiesto una mera discrepancia respecto de la solución adoptada y evidencia la falta de fundamentación autónoma requerida en el art. 15 de la Ley 48. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


CEBALLOS, Mario José y Otros s/Administración infiel S/ CASACIÓN

22955/08

SENTENCIA: 203 - 30/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DEBIDO PROCESO - DURACION DEL PROCESO - TRATADOS INTERNACIONALES - FALLOS DE LA CORTE SUPREMA

<48228> Se ha establecido que una mejor administración de justicia aconseja negar la instancia de aquellos recursos que manifiestamente no pueden prosperar, ello en los términos del art. 18 de la Constitución Nacional, que manda a terminar en el menor tiempo posible con la situación de incertidumbre que todo proceso penal abierto conlleva (STJRNSP in re “ZACARIAS” Se. 138/05 del 11-10-05, entre muchas otras). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


ARIAS, Javier Alejandro s/Robo con arma en concurso ideal con Privación Ilegítima de la libertad S/ CASACIÓN

23009/08

SENTENCIA: 133 - 24/09/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL

<48311> Ingresando en el estudio de la presentación defensista, entiendo que los agravios planteados por el apelante no suscitan cuestión federal para su consideración, lo que impide habilitar la instancia extraordinaria. No logro advertir la conculcación de las garantías constituciones alegadas por la defensa, tales como la defensa en juicio, el debido proceso y el principio de inocencia. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MANRIQUE, Dardo s/Apremios ilegales; MOLINA, Marcelo D. s/Apremios ilegales; ROJAS, Carlos O. s/Abuso de armas S/ CASACIÓN

22632/07

SENTENCIA: 143 - 14/10/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA - CUESTIONES PROCESALES - CUESTION NO FEDERAL

<48613> Es dable recordar que los planteos que remiten al estudio de cuestiones de hecho, prueba y derecho procesal común son, en principio, ajenos a la instancia del art. 14 de la Ley 48. A ello se suma que la disconformidad de la parte no encuentra vínculo conceptual con la alegada afectación de las garantías de legalidad, defensa en juicio y debido proceso, ni logra demostrar en qué medida lo decidido tiene como consecuencia tal violación, por lo que la presentación es inadmisible. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


GALABURRI, Reinaldo D. s/Homicidio culposo por mala praxis S/ CASACIÓN

22766/08

SENTENCIA: 187 - 15/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - DISCREPANCIA SUBJETIVA - CALIFICACION LEGAL

<48549> La disconformidad de la parte con la calificación legal aplicada al caso no encuentra vínculo conceptual con la afectación al principio de defensa en juicio y el debido proceso, a la vez que no logra demostrar - ni siquiera mínimamente - en qué medida lo decidido por este Tribunal tiene como consecuencia tal violación, por lo se limita a poner de manifiesto una mera discrepancia con la solución adoptada y evidencia la falta de la fundamentación autónoma requerida por el art. 15 de la Ley 48. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


REYES, Miguel Ángel S/ QUEJA (en: REYES, Miguel Ángel s/Robo agravado por el uso de arma..)

22696/07

SENTENCIA: 178 - 03/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - REFORMATIO IN PEJUS - COSTAS

<19253> En relación a la atribuída conculcación de garantías constitucionales, en orden a la transgresión de los derechos de defensa en juicio, debido proceso (art. 18 C.N.) y derecho de propiedad (art. 17 C.N.), basado en la existencia de una reformatio in pejus, cabe señalar en primer lugar que no existe tal anomalía, en virtud de que la Cámara modificó legítimamente la imposición de costas, al conocer de los agravios vertidos por los demandados en su recurso de apelación; por lo cual no se configura una modificación en perjuicio del único apelante que en el planteo que pretende instalar el ahora recurrente, debió ser su parte. Ello revela un error conceptual respecto de la intelección del instituto procesal invocado.


SCAGLIONE GUSTAVO C/ RIVAROLA CARLOS Y OTRO S/ ESCRITURACION S/ CASACIÓN

22494/07

SENTENCIA: 25 - 22/05/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION: OBJETO - EXAMEN DE ADMISIBILIDAD: ALCANCES - FALTA DE FUNDAMENTACION - FUNDAMENTACION DEL RECURSO

<48095> “Es que, aunque ahora el control abarca las cuestiones de hecho y prueba y deja fuera sólo aquellos aspectos que dependan de la inmediación del debate oral, el a quo [y el Superior Tribunal de Justicia] ha[n] de ingresar, aunque sea liminarmente, a un estudio de densidad mayor, dirigido a la evaluación de verosimilitud de los agravios. En tal tarea, el tribunal de grado inferior [y este Tribunal de Casación] no puede[n] sustraerse al mérito y a la consideración de la doctrina legal que resuelva la cuestión propuesta a discusión, pues conspiraría contra el debido proceso legal la habilitación de la instancia de agravios que manifiestamente no puedan prosperar” (STJRNSP in re “VENEGAS” Se. 9/07 del 21-02-07 y “HARO” Se. 75/07 del 11-05-07, entre otras). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


PERALTA, Carlos y GATTI, Fabián S/ QUEJA (en: 'PERALTA, Carlos Gustavo s/Denuncia s/Apelaciones')

23039/08

SENTENCIA: 117 - 20/08/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - QUIEBRA - ACCION REVOCATORIA CONCURSAL - CADUCIDAD

<19848> En el caso, el recurrente se agravia de que en autos se haya considerado como recaudos esenciales incumplidos para la viabilidad de la acción de ineficacia concursal deducida, la previa intimación judicial al Síndico y la correspondiente espera de 30 días hábiles (art. 120, LCQ.), y que tales incumplimientos derivaran en la declaración de caducidad (art. 124, LCQ.), argumentando el exceso ritual manifiesto y la violación del debido proceso y la defensa en juicio garantizados por el art. 18 de la Constitución Nacional, pero sin evidenciar el escrito impugnaticio un desarrollo eficiente a fin de otorgarle carácter autónomo, en la medida que no demuestra el recurrente cómo se configuraría la relación directa e inmediata entre los dispositivos señalados y la materia sentenciada a efectos de la verificación ineludible de la exigencia del art. 15 de la Ley 48. (Mayoría de los Dres. Sodero Nievas y Azpeitia).


ROTA SERGIO C/ I.A.T.A. SAIC Y F. Y O. S/ ORDINARIO S/ CASACIÓN

21201/06

SENTENCIA: 101 - 23/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - NULIDAD DE SENTENCIA - FUNDAMENTACION DE SENTENCIAS - VOTO DE LOS JUECES - FALTA DE FUNDAMENTACION - REGLAS PARA DICTAR SENTENCIA - INJURIA LABORAL - DESPIDO INDIRECTO - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA

<34420> Ingresando en el análisis del recurso en examen, comenzaré por dejar sentado que la materia sustancial del “sub examine” remitiría a examinar el acierto o error de la Cámara en la apreciación de cuestiones eminentemente fácticas y circunstanciales, tal como es dilucidar si ha existido o no injuria para justificar el despido indirecto en que se colocaron las actoras. Dicha materia se encuentra usualmente exenta de censura en casación, salvo el excepcional supuesto de absurdidad en la apreciación y valoración de dichos extremos. Sin embargo, en el presente caso advierto la concurrencia de una anomalía formal que vicia el fallo y habrá de conducir a su descalificación como acto jurisdiccional válido. Ello así, teniendo en cuenta que la adecuada y suficiente fundamentación de la sentencia remite a una exigencia de orden constitucional (art. 200 Const. Pcial.) vinculada con la garantía del debido proceso y la defensa en juicio. (Voto del Dr. Lutz)


ALVARADO, VANESA R. Y OTRA C/ TAIANA, ZULEMA A. S/ SUMARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

21773/06

SENTENCIA: 6 - 04/03/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3