Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: daño moral (Todas las Palabras)

Mostrando 1-10 de 28 elementos.

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA - DAÑOS Y PERJUICIOS: IMPROCEDENCIA - RESPONSABILIDAD CIVIL: IMPROCEDENCIA - INDEMNIZACION

<19209> Si consideramos - como reiteradamente tiene dicho este Cuerpo - que el recurso de casación para ser eficaz debe rebatir todos los fundamentos del fallo y no sólo alguno o algunos de ellos, y que en el caso en examen la actora ninguna crítica adecuada ha efectuado respecto a la inexistencia de daño moral afirmada por el Tribunal “a quo”, resulta inexorable la inadmisibilidad del recurso extraordinario planteado. Máxime, considerando que en autos nos encontramos frente a una acción de daños y pejuicios, donde sólo se reclama una indemnización por daño moral, y que como se dijera precedentemente, sin daño y/o la prueba del mismo no hay responsabilidad civil. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


PEREZ DIEGO AMADEO C/ PLAN MERLINO S.A. S/ SUMARIO( DAÑOS Y PERJUICIOS) S/ CASACIÓN

22762/08

SENTENCIA: 15 - 26/03/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - CUESTIONES DE HECHO - DAÑO MORAL

<70116> Sobre este punto ha sostenido este Tribunal en reiteradas oportunidades: “...ha de rechazarse el agravio de la demandada por el reconocimiento que la sentencia de grado efectúa del daño moral, pues no es materia del recurso de casación, por tratarse de una típica cuestión de hecho, prueba y derecho común, acogida con fundamentos razonables, que desechan la tacha de arbitrariedad mas allá del acierto o error... la apreciación del daño moral es cuestión de hecho ajena a la casación, salvo absurdo” [STJRNSC in re: “ZONCO” Se. 19/04 del 11-03-04].


HREDIL, GUSTAVO OMAR C/ ZGAIB, PEDRO S/ FILIACION S/ CASACIÓN

23583/09

SENTENCIA: 27 - 04/05/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - VIOLACION DE LA LEY O DOCTRINA LEGAL: IMPROCEDENCIA - DISCREPANCIA SUBJETIVA - MONTO DE LA INDEMNIZACION - DAÑO MORAL - DAÑO MATERIAL - TAREAS DOMESTICAS - MANO DERECHA - INHABILIDAD

<72106> […] ingresando ahora al examen de los planteos recursivos articulados por la actora, se advierte que los mismos no pueden prosperar, dado que las argumentaciones sustentatorias de la violación y errónea aplicación de las normas procesales, así como la incorrecta aplicación de la doctrina legal, respecto del daño material y del daño moral, resultan en realidad una discrepancia de carácter subjetivo con el monto indemnizatorio fijado por el a quo.


MUÑOZ ELIANA DEL CARMEN C REBAGLIATI RAUL A Y OTROS S DAÑOS Y PERJUICIOS S/ CASACION

26395/13

SENTENCIA: 21 - 11/06/2013 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DAÑO MORAL - APRECIACION DE LA PRUEBA

<17918> “El monto fijado en concepto de indemnización pecuniaria por daño moral, no resulta materia susceptible de análisis por este Superior Tribunal de casación. Ello, en razón de que determinar los perjuicios que lo hacen procedente, la índole y pertinencia así como el quantum aplicado, son todas cuestiones de hecho, propias del tribunal de juicio e irrevisables, por vía del recurso de casación.” (STJRN in re “ALFONSO” Se. Penal 58/90 del 07-05-90; STJRN in re “LEUQUI DE MORALES” Se. Laboral 207/90 del 26-12-90)


BUSANI MARTA NELIDA S/ QUEJA

20991/06

SENTENCIA: 33 - 19/05/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DAÑO MORAL - APRECIACION DE LA PRUEBA

<17916> Respecto a los cuestionamientos dirigidos a atacar lo decidido por el Tribunal de grado respecto al daño moral, se observa la total insuficiencia del escrito impugnaticio para poner en evidencia que el fallo atacado haya violado la ley y/o sea el resultado de un razonamiento viciado o carente de fundamentación.


BUSANI MARTA NELIDA S/ QUEJA

20991/06

SENTENCIA: 33 - 19/05/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DAÑO MORAL - APRECIACION DE LA PRUEBA

<17917> “La apreciación del daño moral es cuestión de hecho ajena a la casación, salvo absurdo.” (SCJBA., “Lombardo de Di Martino, M. T. c/ Primotex S.A. s/ Indemnización por fallecimiento, L.C.T.” del 25-02-97).


BUSANI MARTA NELIDA S/ QUEJA

20991/06

SENTENCIA: 33 - 19/05/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DAÑO MORAL - APRECIACION DE LA PRUEBA

<17919> “...debe rechazarse el agravio de la demandada por el reconocimiento que la sentencia de grado efectúa del daño moral, pues no es materia del Recurso de Casación por tratarse de una típica cuestión de hecho, prueba y derecho común, acogida con fundamentos razonables, que desechan la tacha de arbitrariedad más allá de su acierto o error.” (S.T.J. de Chubut, Sala CASACION, “Miche, E. J. y Otra c/ J. E. M. y Otros s/ Daños y Perjuicios”, del 18-03-94).


BUSANI MARTA NELIDA S/ QUEJA

20991/06

SENTENCIA: 33 - 19/05/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - VIOLACION DE LA LEY O DOCTRINA LEGAL: IMPROCEDENCIA - PRECEDENTE NO APLICABLE - INTERESES - COMPUTO DE INTERESES - INTERESES MORATORIOS - DAÑO MORAL - ACTOS ILICITOS

<19799> Si bien es correcto que en el precedente: STJRNSC in re “RESERVADO” Se. 54/06 del 29-06-06, este Superior Tribunal de Justicia resolvió que los intereses moratorios debían computarse a partir del dictado de la sentencia condenatoria de Primera Instancia, dicha decisión se fundó en las circunstancias excepcionales del proceso, tales como la demora en la integración de los tribunales que, en las diferentes instancias, debían entender en la cuestión planteada, ante la pluralidad de excusaciones presentadas por los Jueces y Conjueces convocados. Y todo ello, luego de reconocer que la doctrina dominante en la materia sostiene que los intereses moratorios deben proceder desde el mismo momento en que se produce el daño moral, ya que son debidos en razón de la mora en que incurre el deudor en el pago de su obligación (conf. Ramón Daniel Pizarro, Daño Moral, pág. 391).


LUCCHESI , DANIEL Y OTROS C/ RUBERTI , SANTIAGO J. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ CASACIÓN

23327/08

SENTENCIA: 91 - 03/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - DAÑO MORAL: PROCEDENCIA - FILIACION - DECLARACION DE LA PATERNIDAD: EFECTOS - PROGENITOR BIOLOGICO - PRUEBA BIOLOGICA - NEGACION DE LA PATERNIDAD - PRUEBA DE ADN

<70112> Con respecto al reclamo por daño moral, acogido por la Cámara, es indudable que la conducta del progenitor biológico que no reconoció a su hijo en la minoridad, ni ante la demanda iniciada, ni ante la certeza de la prueba biológica, ha de ser tenido en cuenta a la hora de mensurar el mismo, ya que el efecto fundamental de la sentencia que declara la paternidad del accionado es ser constitutiva del emplazamiento.


HREDIL, GUSTAVO OMAR C/ ZGAIB, PEDRO S/ FILIACION S/ CASACIÓN

23583/09

SENTENCIA: 27 - 04/05/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA DE REENVIO - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - INDEMNIZACION - DAÑO MORAL: REQUISITOS - CUANTIFICACION DEL DAÑO

<77039> En cambio la sentencia sub examine dictada por el Tribunal de reenvío no padece de dichos vicios pues se ha dado tratamiento a la cuestión objeto de apelación, resolviendo la Cámara en base a la edad, los trastornos y el padecimiento que sufrió y que seguirá sufriendo la víctima del accidente por el resto de la vida, como su edad, afección en su vida social, deportiva, etc. (ver fs….). Asimismo también efectúa una comparación con fallos equivalentes al presente y realiza un análisis crítico tanto de las sentencias de Primera Instancia como de Cámara. En suma, a diferencia del pronunciamiento anterior no se advierte que la sentencia de reenvío resulte arbitraria ya que en la misma no se observan deficiencias en su construcción lógico jurídica ni ausencia de fundamentación, carencia de argumentos o de elementos de juicio utilizados para sostener el pronunciamiento. (Voto del Dr. Apcarián, Dra. Zaratiegui y Dr. Mansilla sin disidencia)


HERNANDEZ ESTER GRACIELA Y OTRO C/ SEPULVEDA HECTOR A. Y OTROS S/ ORDINARIO

A-2RO-294-C5-14

SENTENCIA: 51 - 02/08/2016 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1