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RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - CUESTIONES DE HECHO - COSTAS - EXENCION DE COSTAS

<32798> En cuanto al agravio referido a la eximición de costas por el rechazo del rubro daño moral cabe advertir que, en principio, dicha materia es ajena a la revisión extraordinaria.


SLOWIK, ESTEBAN Y OTROS C/ EMPRESA ENERGIA RIO NEGRO (ERSA) Y OTROS S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

18752/03

SENTENCIA: 15 - 23/02/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - CUESTIONES DE HECHO - COSTAS - EXENCION DE COSTAS - FACULTADES DE LOS JUECES

<32799> No resulta arbitraria la sentencia por eximir a los actores de costas por el rechazo del rubro daño moral y por el rechazo de la totalidad del reclamo de dos de ellos. Ello es así desde que el a quo consideró (en el marco de lo dispuesto por el art. 23 de la ley 1504 que no asistía culpa a los actores en el reclamo por daño moral, situación que ameritaba - a su criterio - la eximición de éstas. De igual modo, sostuvo que aquéllos que quedaron fuera de los alcances del programa por no mantener la relación laboral al momento señalado como fecha de corte, pudieron válidamente considerarse con derecho a litigar atento a lo novedoso del tema y las demás particularidades del caso. Tales fundamentos resultan suficientes a los fines de la eximición de costas por ser exclusiva facultad del a quo merituar qué circunstancias lo llevan a concluir en la equidad de eximir de costas a alguna de las partes. Al respecto, Cosentino manfiesta: “Dice Fernando Rivera, que al igual que el procedimiento civil, el Tribunal puede eximir de costas al vencido, cuando hallare mérito suficiente para ello” (“Procedimiento Laboral en la Provincia de Rio Negro”, Ed. Universidad Nacional del Comahue, pág. 117).


SLOWIK, ESTEBAN Y OTROS C/ EMPRESA ENERGIA RIO NEGRO (ERSA) Y OTROS S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

18752/03

SENTENCIA: 15 - 23/02/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA - CULPA - RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO - DAÑOS Y PERJUICIOS

<17234> Las argumentaciones sustentatorias de la invocada violación a la ley (art. 1109 del Cód. Civ.), como la invocada omisión de valorar prueba o de cuestiones esenciales, como así también la alegada falta de existencia en la causa de la prueba del daño moral; surge evidente que, resultan en definitiva una discrepancia subjetiva con la selección y apreciación de los elementos de información reunidos en el proceso, y por medio de los cuales se pretende debatir nuevamente la responsabilidad del demandado, cuando dicha temática por su naturaleza fáctica y probatoria, son propia de los jueces de grado y ajenas a la casación. Además, la norma señalada por el recurrente, como las aplicadas por los sentenciantes de grado (arts. 512, 902 y ccs. del Cód. Civil), no merecen ninguna crítica fundada ya que la sentencia adopta un criterio razonado y fundado en orden a la conducta exigida a un profesional del derecho que debe responder con mayor diligencia al comportamiento o accionar del término medio; lo que no es arbitrario ni irrazonable.


VIDELA JUAN PABLO C/ CAMPORA JORGE EDUARDO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ CASACIÓN

20296/05

SENTENCIA: 82 - 16/08/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1