Busqueda realizada: daño moral (Todas las Palabras)
Respecto al daño moral, es dable señalar que su viabilidad y determinación no se encuentra sujeta a reglas fijas. Su reconocimiento y cuantía depende, en principio, del arbitrio judicial, para lo cual basta la certeza de que ha existido, sin que sea necesaria otra precisión y ello constituye una cuestión circunstancial propia de las instancias de grado y detraída, por ende, del ámbito de la vía extraordinaria si su ejercicio no resulta irrazonable o absurdo (cf. STJRNS1 Se. 48/14 "KLEPPE S.A."; Se. 145/19 "COLIÑIR"). (Voto del Dr. Ceci, Dr. Barotto y Dra. Criado sin disidencia) VEGA MIRIAM SUSANA C/ FRAVEGA S.A.C.I. E.I. Y OTROS S/ SUMARISIMO CI-37888-C-0000 SENTENCIA: 30 - 04/05/2023 - DEFINITIVA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 |