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Busqueda realizada: daño moral (Todas las Palabras)

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INDEMNIZACION POR DESPIDO: ALCANCES - DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA

<34651> En lo relativo al daño moral, cabe aclarar que no debe olvidarse que se está en presencia de un reclamo indemnizatorio por encima de lo legislado por la disposición laboral (art. 245 LCT), la que es en principio omnicomprensiva de los perjuicios derivados del distracto. No está demostrado, pues, cuál es el perjuicio supuestamente no involucrado en aquélla, que parecería haber quedado agotado en la otra causa judicial mencionada al resolverse por la nulidad del despido. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


TOBIO, CARLOS ADRIAN Y OTRO C/ ARELAUQUEN GOLF & COUNTRY CLUB S.A. S/ SUMARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

23051/08

SENTENCIA: 105 - 14/10/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA - DAÑOS Y PERJUICIOS: IMPROCEDENCIA - RESPONSABILIDAD CIVIL: IMPROCEDENCIA - INDEMNIZACION

<19209> Si consideramos - como reiteradamente tiene dicho este Cuerpo - que el recurso de casación para ser eficaz debe rebatir todos los fundamentos del fallo y no sólo alguno o algunos de ellos, y que en el caso en examen la actora ninguna crítica adecuada ha efectuado respecto a la inexistencia de daño moral afirmada por el Tribunal “a quo”, resulta inexorable la inadmisibilidad del recurso extraordinario planteado. Máxime, considerando que en autos nos encontramos frente a una acción de daños y pejuicios, donde sólo se reclama una indemnización por daño moral, y que como se dijera precedentemente, sin daño y/o la prueba del mismo no hay responsabilidad civil. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


PEREZ DIEGO AMADEO C/ PLAN MERLINO S.A. S/ SUMARIO( DAÑOS Y PERJUICIOS) S/ CASACIÓN

22762/08

SENTENCIA: 15 - 26/03/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

INDEMNIZACION POR DESPIDO: PROCEDENCIA - DESPIDO INDIRECTO - DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA - DAÑO PSICOLÓGICO: IMPROCEDENCIA - PERSECUCION LABORAL - MOBBING: IMPROCEDENCIA - FALTA DE PRUEBA

<34678> Advierto que, al momento de analizar la procedencia del daño moral- psicológico derivado de la conducta atribuida a la accionada – mobbing -, la Cámara de grado expresamente dijo que no se había producido prueba de entidad suficiente que autorizara a iniciar el estudio del planteo formulado por la actora, sin que se advierta arbitrariedad o absurdidad en la conclusión expresada por el Tribunal de mérito. En este contexto, es importante señalar que el a - quo consideró de relevancia para la procedencia de las indemnizaciones derivadas del despido los hechos que quedaron reconocidos fictamente, [...], mientras que entiende que la existencia en el pliego de posiciones de una sola posición referida a la existencia de persecución laboral resultaba insuficiente para determinar la procedencia del daño moral por mobbing, criterio que comparto. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


LACAZE, LILIANA DELFINA C/ UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION (U.P.C.N.) S/ RECLAMO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

23164/08

SENTENCIA: 113 - 27/10/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RESISTENCIA A LA AUTORIDAD - BIEN JURIDICO PROTEGIDO

<47716> Por otra parte, en la resistencia a la autoridad - art. 239 C.P. -, el bien jurídico protegido es la libertad de acción de la autoridad pública. Se lesiona el orden a la administración pública atacando el libre ejercicio de la actividad funcional cuando se resisten o desobedecen las órdenes impartidas por las autoridades. La acción típica es “resistir a un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, o a la persona que le prestare asistencia a su requerimiento o en virtud de un deber legal. Se impide o se traba el ejercicio legítimo de la función cuando el funcionario ya está actuando, lo que requiere la existencia de una disposición ejecutable contra alguien. Antes de que el funcionario tome una resolución y la comience a ejecutar, sólo es posible el atentado. Por último, la oposición debe ser a un acto de competencia material y territorial del sujeto pasivo” (Sebastián Soler, Derecho Penal Argentino, actualizador Manuel Bayala Basombrio, Tº V, TEA, Buenos Aires, 1996, pág. 137), que sea legal y no abusivo. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MORALES, Celestino Héctor; MORALES, César Gumercindo; RETAMAL, Juan Marcelo s/Atentado a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves y daño agravado todo S/ CASACIÓN

22543/07

SENTENCIA: 78 - 03/06/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RESISTENCIA CONTRA LA AUTORIDAD: CONFIGURACION - DELITO DE DAÑO

<47720> Así, la resistencia a la autoridad implica una oposición activa al desarrollo actual del acto funcional por parte del personal policial – como en autos -, por lo cual la acción típica sólo es posible durante ese desarrollo. Ahora, si el daño se ha provocado como táctica con el propósito final de resistir a la autoridad, la figura del art. 238 desplaza a la del 184 inc. 1°: el daño es la consecuencia de una violenta acción para resistir. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MORALES, Celestino Héctor; MORALES, César Gumercindo; RETAMAL, Juan Marcelo s/Atentado a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves y daño agravado todo S/ CASACIÓN

22543/07

SENTENCIA: 78 - 03/06/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

DELITO DE DAÑO: FINALIDAD - RESISTENCIA CONTRA LA AUTORIDAD

<47723> En este sentido, Creus sostiene que cuando el daño ha sido utilizado con la finalidad de atentar o resistir a la autoridad, las figuras de los arts. 237 y 239 desplazan la del art. 184 inc. 1º (conf. D'Alesio, Código Penal. Parte Especial. Comentado). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MORALES, Celestino Héctor; MORALES, César Gumercindo; RETAMAL, Juan Marcelo s/Atentado a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves y daño agravado todo S/ CASACIÓN

22543/07

SENTENCIA: 78 - 03/06/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

CONCURSO REAL: CONFIGURACION

<47725> Recordemos que existe concurso real cuando una pluralidad de hechos, cometidos por un mismo sujeto, da lugar a varios delitos, los cuales son juzgados en un mismo proceso (en concordancia con lo afirmado por el doctrinario español Santiago Mir Puig, Derecho Penal. Parte General, Ed. B de F, Montevideo-Buenos Aires, 2004, pág. 644.). En este orden, se ha dicho que los presupuestos del concurso real son: 1) que se dé una pluralidad de acciones (o conductas o hechos) independientes de un mismo sujeto activo; 2) que tales hechos encuadren – cada uno - en tipos penales y que no haya un tipo penal que trate la pluralidad como un único delito; 3) que respecto de cada uno no se haya extinguido la respectiva acción penal, y 4) que aún no se haya juzgado, para poder así tener la posibilidad de juzgamiento en un mismo proceso penal (conf. Andrés José D'Alessio, Código Penal. Parte General. Anotado; cf. STJRNSP in re “HERNANDEZ”, Se. 242/07 del 19-12-07). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MORALES, Celestino Héctor; MORALES, César Gumercindo; RETAMAL, Juan Marcelo s/Atentado a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves y daño agravado todo S/ CASACIÓN

22543/07

SENTENCIA: 78 - 03/06/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL - RESISTENCIA A LA AUTORIDAD - DELITO DE DAÑO - HECHO UNICO - ABSORCION DE DELITOS - NON BIS IN IDEM - COSA JUZGADA

<47726> En el caso advierto que, declarada la prescripción de la acción legal respecto del delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves (punto 1 de la sentencia atacada), ello obstaculiza la prosecución del trámite y hace cosa juzgada respecto de quien se dicta, e impide una nueva persecución penal por el hecho reprochado, cualquiera sea su calificación, pues el daño es parte del tipo objetivo de la resistencia y fue cometido para lograrla. En efecto, es doctrina legal que “... la '... garantía constitucional del «non bis in ídem» protege a los individuos contra la doble persecución penal por un mismo hecho, sin importar los diversos encuadramientos que de éste se puedan efectuar' (CSJN, 'PELUFFO', en LL 1996-B, 644)” (cf. STJRNSP in re “CAPSI” Se. 65/05 del 17-05-05). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MORALES, Celestino Héctor; MORALES, César Gumercindo; RETAMAL, Juan Marcelo s/Atentado a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves y daño agravado todo S/ CASACIÓN

22543/07

SENTENCIA: 78 - 03/06/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

NON BIS IN IDEM - DEBIDO PROCESO - DOBLE JUZGAMIENTO

<47728> En el mismo precedente (CSJN in re “ALCARAZ”, del 20-03-07) se concluyó que se había lesionado el derecho del procesado a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho, ya que dicha garantía tiene vigencia para el imputado a partir de que éste adquirió el derecho a que se lo declare culpable o inocente del hecho por el que se lo acusó, siempre, claro está, que se hayan observado las formas esenciales del juicio y la causa que determine uno nuevo no le sea imputable (considerando 19º). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MORALES, Celestino Héctor; MORALES, César Gumercindo; RETAMAL, Juan Marcelo s/Atentado a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves y daño agravado todo S/ CASACIÓN

22543/07

SENTENCIA: 78 - 03/06/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - SENTENCIA CONDENATORIA: IMPROCEDENCIA - CONCURSO REAL: IMPROCEDENCIA - HECHO UNICO - SENTENCIA ABSOLUTORIA - PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL - RESISTENCIA A LA AUTORIDAD - ERROR JUDICIAL - MINISTERIO PUBLICO FISCAL

<47730> El error radicó en estimar que se trataba de hechos independientes, por lo que ahora la absolución obtenida tiene efectos procesales decisivos para el único hecho que aquí se declara. Además, durante los alegatos el Fiscal de Cámara adhirió a lo sustentado por la defensa del imputado respecto de la prescripción en relación con los delitos de resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves. Tal conflicto debió resolverse en el marco de la calificación legal. Así, resulta desacertada la condena del imputado por el mismo hecho por el que ya había sido absuelto. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


MORALES, Celestino Héctor; MORALES, César Gumercindo; RETAMAL, Juan Marcelo s/Atentado a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves y daño agravado todo S/ CASACIÓN

22543/07

SENTENCIA: 78 - 03/06/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2