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RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - NULIDAD DE SENTENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA - ABSURDO - VIOLACION DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - INTERPRETACION DEL CONTRATO - COMPRAVENTA DE INMUEBLES - BOLETO DE COMPRAVENTA - MODIFICACION DEL PRECIO

<76516> En conclusión, en el entendimiento de que la Cámara en la sentencia impugnada ha incurrido en arbitrariedad, por absurda interpretación del boleto de compraventa, por violación del principio de congruencia (violación de los arts. 271, segundo párrafo “in fine” y 277 del CPCyC.), y por falta de motivación suficiente (arts. 200 de la Constitución Provincial, 34, inc. 4* del CPCyC.), se impone inexorablemente declarar la nulidad del citado pronunciamiento. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia).


ADRIMAR S.A. C/ CAMPOS CHANDIA, ROSA DEL CARMEN S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

27109/14

SENTENCIA: 62 - 30/09/2014 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA - NULIDAD DE SENTENCIA - VIOLACION DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - OMISION DE CUESTIONES PLANTEADAS POR EL DEMANDADO - OPOSICION DE DEFENSAS

<71547> […] de lo expuesto hasta aquí surge sin mayor hesitación que la Cámara de Apelaciones ha incurrido no sólo en la violación del principio de congruencia sino también en la omisión de tratamiento de las cuestiones planteadas por la demandada como defensa de la responsabilidad atribuida por el segundo de los contratos, correspondiendo en consecuencia hacer lugar al recurso extraordinario de casación interpuesto [por la parte actora] y declarar la nulidad del pronunciamiento dictado […] de autos. (Del voto de los Dres. Balladini, Sodero Nievas y Maturana)


GROSSI HERMANOS SOCIEDAD DE HECHO C/ PROTEFRUT S/ INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO S/ CASACION

25223/11

SENTENCIA: 65 - 11/10/2011 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA - NULIDAD DE SENTENCIA - TRABA DE LA LITIS - VIOLACION AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - INCONGRUENCIA - OMISION DE CUESTION ESENCIAL - JUICIO DE DESALOJO: ALCANCES - ACCIONES PERSONALES - ACCIONES REALES: IMPROCEDENCIA - COMODATO - FALTA DE RESTITUCION DE BIENES - CUESTIONES AJENAS - IPPV

<72004> […] lo expuesto resulta suficiente para encontrar andamiento al recurso de casación interpuesto […], por cuanto la Sentencia de Cámara impugnada ha incurrido en arbitrariedad, por violación del principio de congruencia, al omitir tratar cuestiones esenciales para la resolución del pleito, específicamente, omitir expedirse sobre la existencia del invocado contrato de comodato en el que se fundó la acción de desalojo; e ingresar en el conocimiento y fundar la decisión en planteos ajenos al thema decidendum, como lo es la vinculación jurídica suscitada entre el IPPV y la actora. (Del voto del Dr. Barotto sin disidencia)


GUTIERREZ, MARIA LETICIA C/ MOSLER, VANESA S/ DESALOJO (Sumarísimo)

25893/12

SENTENCIA: 6 - 06/03/2013 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - NULIDAD DE SENTENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - CARGA DE LA PRUEBA - CARGA PROBATORIA DINAMICA - COSTAS - CUESTION ABSTRACTA - REENVIO

<17361> Conforme el principio de las cargas probatorias dinámicas que impone el onus probandi en la parte en mejores condiciones de probar, y atento la particularidad de los demandados como sucesores del causante titular de la relación comercial, entiendo que debe hacerse lugar al recurso de casación en cuanto a la inexistencia de violación del principio de congruencia por parte del Juez de Primera Instancia. En cuanto al agravio referido a la imposición de las costas, al mismo, no es necesario darle tratamiento ya que ha devenido abstracto, conforme se han resuelto las restantes cuestiones, y en el reenvío se deberá dictar un nuevo pronunciamiento, también respecto a este tópico. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


CAMPANI FABIO C/ SUCESORES DE VICENTE NOVITA S/ SUMARIO S/ CASACIÓN

20164/05

SENTENCIA: 96 - 16/09/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA - NULIDAD DE SENTENCIA - VIOLACION DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - TRABA DE LA LITIS - DAÑOS Y PERJUICIOS - INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO - EQUIPOS DE RIEGO PARA HELADAS - PRIMER CONTRATO: ENTREGA DE EQUIPOS DEFICIENTES - SEGUNDO CONTRATO: FALTA DE ENTREGA DE LOS EQUIPOS EN PLAZO - PERDIDA DE LA COSECHA DE FRUTA - PRUEBA - EFECTOS LIBERATORIOS DE LA RENUNCIA FORMULADA EN EL REMITO POR EL COMPRADOR: ALCANCES - OMISION DE CUESTIONES O DEFENSAS PLANTEADAS POR EL DEMANDADO - OPOSICION DE DEFENSAS

<71546> […] la Cámara ha violado el principio de congruencia (arts. 34, inc. 4* y 163, inc. 6* del CPCyC), y como consecuencia de ello, la garantía constitucional de la defensa en juicio (art. 18, C.N.), en tanto desestimó los daños reclamados por el invocado incumplimiento del segundo de los contratos [de fecha 22-07-98] sin fundamento alguno, y sin siquiera tratar los agravios esgrimidos por la demandada como defensa de la responsabilidad por él atribuida. En tal orden de situación, surge sin hesitación una cuestión gravitante, cual es la violación y/o trasgresión por los Jueces de la Cámara de la obligación de atenerse a las alegaciones, fundamentos y argumentaciones, defensas y puntos de ataque explicitados al inicio del proceso, que conforman lo que procesalmente se denomina “la traba de la litis”, cuyo campus precisamente queda limitado y ceñido a ese conjunto de recíproca exposición de cada posición en conflicto, y que en el territorio de la Alzada se angosta aún más, pues le está vedado al Tribunal querer tratar cuestiones ajenas a los agravios vertidos contra la sentencia. Lo dicho resulta suficiente para encontrar andamiento al recurso en examen, en razón de que el pronunciamiento dictado por la Cámara, al apartarse de los términos en que había quedado trabada la litis, generó la violación del principio de congruencia, en tanto resolvió la pretensión de los daños y perjuicios fundados en el incumplimiento del contrato de fecha [22-07-98] en base a argumentos distintos a los sometidos oportunamente a la decisión del Juez de Primera Instancia y a los esgrimidos en la expresión de agravios. Todo ello constituye un grave quebrantamiento de las normas legales que determinan el modo y la forma en que deben emitirse las sentencias (conf. art. 200 Constitución Provincial, arts. 34, inc. 4*, 163, inc. 6* y concordantes del CPCyC.), con igualmente grave compromiso de las garantías del debido proceso y la defensa en juicio (art. 18 de la C.N.) y del derecho de propiedad (art. 17, C.N.). (Del voto de los Dres. Balladini, Sodero Nievas y Maturana)


GROSSI HERMANOS SOCIEDAD DE HECHO C/ PROTEFRUT S/ INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO S/ CASACION

25223/11

SENTENCIA: 65 - 11/10/2011 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA ARBITRARIA - NULIDAD DE SENTENCIA - DEBERES DEL JUEZ - REGLAS PARA DICTAR SENTENCIA - CUESTION ABSTRACTA - REENVIO - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA

<15968> La doctrina de la CSJN. de atender a las circunstancias existentes al tiempo de la decisión de manera alguna (CSJN. 301: 947, 306: 1160, 318: 342, entre otros); autorizan a omitir el pronunciamiento sobre la cuestión de fondo cuando la actividad de las partes antes y después de la sentencia han mantenido las respectivas pretensiones. La omisión de pronunciarse aún bajo el ropaje de la cuestión abstracta; es un supuesto claro de arbitrariedad que conlleva a declarar la nulidad de la sentencia y a su reenvío, para que el mismo Tribunal resuelva en definitiva. (Opinión personal del Dr. Sodero Nievas).


FRIDEVI S.A.F.I.C. c/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO s/ APELACION

Nº 18209/03 - STJ

SENTENCIA: 16 - 09/03/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1