Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: congruencia (Todas las Palabras)

Mostrando 1-8 de 8 elementos.

NULIDADES PROCESALES - NULIDAD DE SENTENCIA - ETAPAS DEL PROCESO - NULIDAD DE OFICIO - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA

<45583> La lesión al principio de congruencia que se constata en autos provocaría una nulidad absoluta declarable incluso de oficio, puesto que se vincula con la intervención del imputado en el proceso (arts. 18 C.N. y 159 inc. 3º C.P.) y afecta la requisitoria de elevación a juicio, el acta de la audiencia de debate y la sentencia de condena. (Del voto del Dr. BALLADINI)


GONZÁLEZ, JOSÉ MARCELO P.S.A. DESOBEDIENCIA -2 HECHOS- EN C.REAL S/ CASACIÓN

20935/06

SENTENCIA: 174 - 09/11/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - FUNDAMENTACION DE SENTENCIAS - NULIDAD DE SENTENCIA - NULIDAD ABSOLUTA - DEFENSA EN JUICIO

<44007> La lesión constatada al principio de congruencia provoca una nulidad absoluta declarable incluso de oficio puesto que se vincula con la intervención del imputado en el proceso (arts. 18 C.N. y 159 inc. 3º C.P.) y afecta la parte pertinente de la sentencia y del debate correspondiente, lo que así se debe declararse (art. 440 C.P.P.). (Voto del Dr. Balladini).


CAPSI, GUSTAVO GABRIEL PSA REDUCCION A LA SERVIDUMBRE EN CONCURSO IDEAL CON ABUSO DE AUTORIDAD E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO S/ CASACIÓN

19762/04

SENTENCIA: 65 - 17/05/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

SENTENCIA - NULIDAD DE SENTENCIA - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - REQUISITORIA FISCAL - VIOLACION DE DOMICILIO

<40206> La condena por el delito de violación de domicilio, en el caso, implica una ampliación indebida de la acusación inicial, en violación del principio de congruencia, cuando de ningún modo puede colegirse de la requisitoria, que no relata este tramo fáctico, -constituído por el hecho de penetrar en el domicilio el sujeto activo con un propósito ilícito, huyendo de la policía-, refiriéndose sí a la fuga, la resistencia al arresto, la captura y las lesiones sobrevinientes. (Del voto de los Dres. Balladini y Lutz ) .


STJRNSP: SE. <159/99> “M., M. H s/ ROBO EN GRADO DE TTVA. E/ C. R. c/ ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD s/ CASACION”, (25-10-99) . BALLADINI - LUTZ - ECHARREN

Sin datos

SENTENCIA: 159 - 25/10/1999 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

AUTO DE PROCESAMIENTO - OBJETO PROCESAL - LIMITES DE LA ALZADA - TRIBUNAL DE JUICIO - SENTENCIA - NULIDAD DE OFICIO - NULIDAD DE SENTENCIA - CAMBIO DE CALIFICACION: IMPROCEDENCIA - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - REQUISITORIA FISCAL: REQUISITOS - DEFENSA EN JUICIO - PRECLUSION PROCESAL

<42643> Los hechos del auto de procesamiento constituyen la hipótesis fáctica que suministra las bases del pronunciamiento del Juez de Instrucción; su firmeza determina el ámbito en el que debe desenvolverse el Tribunal del Alzada. Por tanto, "el objeto procesal fija, entonces, el límite máximo del pronunciamiento del tribunal de juicio y en caso de excederlo la sentencia será pasible de ser declarada nula en cualquier instancia y grado del proceso" (Claudia B. Moscato de Santamaría, "El principio de congruencia en el ordenamiento procesal penal de la nación", en LL. 1997 - E, 1171, conforme al artículo 18 C. N. ) . En este orden de ideas, la Cámara en lo Criminal no podía hacer uso de las facultades que le otorga el rito en orden al cambio de calificación una vez verificado el error de subsunción, pues tal cambio implica -en el caso- una modificación del objeto procesal: violación del principio de congruencia. Una correcta imputación -en los hechos que corresponden al imputado- debió describir, de modo claro y preciso, cuál era su concreto aporte en el delito. No puede disociarse su acción de la otra, pues se trata de una obra común -el ardid de la estafa, según sostiene el Fiscal-. Por lo tanto, la decisión en crisis, al no advertir tal circunstancia, admite una indebida "mutatio libelli" que afecta el orden secuencial y preclusivo del proceso y la debida defensa en juicio. Ello en violación de los artículos 18 de la Constitución Nacional y 159 inc. 3º y 415 del Código Procesal Penal. (Voto de los Dres. Lutz y Sodero Nievas) .


LARREGUY, CARLOS S/ DENUNCIA S/ CASACIÓN

17639/02

SENTENCIA: 64 - 09/04/2003 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - NULIDAD DE SENTENCIA - VIOLACION DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - DERECHO DE DEFENSA - REENVIO: ALCANCES

<83363> En definitiva, aparece palmaria la violación del derecho de defensa de los imputados, a quienes, con la calificación legal del hecho de condena, se les ha mutado la primigenia imputación – factum - de manera indebida (art. 18 C. Nac.). Por las razones dadas, propongo al Acuerdo hacer lugar al recurso incoado, declarar la nulidad de la sentencia puesta en crisis, y remitir los obrados a la etapa procesal anterior para que el tribunal, con distinta integración, proceda a realizar un nuevo juicio con los mismos medios de prueba ofrecidos. (Disidencia del Dr. Sodero Nievas)


CORIA, MIGUEL ÁNGEL Y PONCE, MARCOS S / HOMICIDIO S/ CASACION

25432/11

SENTENCIA: 46 - 28/03/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - NULIDAD DE SENTENCIA - REENVIO - SENTENCIA - FUNDAMENTACION DE SENTENCIAS - FALTA DE FUNDAMENTACION - LIBERTAD CONDICIONAL: REQUISITOS - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - AUTOCONTRADICCION

<46069> El tribunal a quo incumple las exigencias de motivación de las sentencias previstas en los arts. 110 del código adjetivo y 200 de la Constitución Provincial, dado que expone dos fundamentos que se contraponen, no valora las condiciones positivas y negativas para la concesión establecidas en la ley y la doctrina legal de este Cuerpo y fija las pautas del art. 13 del Código Penal de modo genérico, cuando deben ser específicas. (Voto del Dr. Lutz).


RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR EL FISCAL DE CÁMARA EN AUTOS: N°142/06 "INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL EN FAVOR DE MARÍA DE LAS NIEVES OYARZO" S/ CASACIÓN

21664/06

SENTENCIA: 90 - 31/05/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - NULIDAD DE SENTENCIA - ACUSACION FISCAL - REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO - NULIDAD PROCESAL: IMPROCEDENCIA - PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - QUIEBRA FRAUDULENTA

<45850> Se descartan las supuestas incongruencias que el a quo atribuye a la requisitoria fiscal, porque se basan en análisis fragmentados de sus párrafos que desatienden la relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos, así como en la desinteligencia del tipo penal antes mencionado (art. 176 inc. 2º en función del art. 178 del Código Penal). A igual conclusión llego en relación con la afirmación de que existe “un reproche diverso al original, que además contradice frontalmente la primera versión fiscal”. Es que el a quo se limitó a realizar una observación reducida al último párrafo de la motivación de la requisitoria, sin evaluarlo en el contexto de toda la pieza procesal y prefiriendo – inmotivadamente - su total descalificación. Por ello – como sostuvo la Procuradora General - “la redacción del párrafo final de los motivos en que se funda no resulta feliz, más en modo alguno puede implicar la nulidad de la requisitoria” (Voto del Dr. Sodero Nievas).


GONZÁLEZ ROBINSON, MIGUEL JESÚS S/ QUIEBRA FRAUDULENTA IMPROPIA S/ CASACIÓN

21625/06

SENTENCIA: 39 - 30/03/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA - NULIDAD PROCESAL - NULIDAD DE SENTENCIA - REENVIO - PRECLUSION - PROCESO PENAL: REQUISITOS

<44689> La lesión al principio de congruencia que se constata en autos provoca una nulidad absoluta declarable incluso de oficio, puesto que se vincula con la intervención del imputado en el proceso (arts. 18 C.N. y 159 inc. 3º C.P.), y afecta la requisitoria de elevación a juicio, el acta de la audiencia de debate y la sentencia de condena, lo que así debe declararse, con la consecuente disposición de que las presentes actuaciones sigan según su estado (arts. 440, 160 segundo párrafo y 164 del C.P.P.). Al respecto, es dable recordar que la continuación del proceso que se propone no atenta contra los principios de preclusión y progresividad ni implica una violación de la garantía de non bis in ídem, porque "el proceso penal se integra con una serie de etapas a través de las cuales y en forma progresiva se tiende a poner al juez en condiciones de pronunciar un veredicto de absolución o de condena y por ello, cada una de estas fases constituye el presupuesto necesario de la que le subsigue, en forma tal que no () es posible eliminar una de ellas sin afectar la validez de las que le suceden (Fallos: 272: 188).- Dentro de este itinerario, el respeto a la garantía de debido proceso, invocable tanto por la persona que se encuentra sometida a juicio como por los demás actores del proceso - fallos: 306: 2101, considerando 15 -, consiste en la correcta observancia de estas formas sustanciales relativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia (Fallos: 116: 23; 119: 284; 125: 268; 127: 36; 189: 34; 272: 188; 306: 1705; 308: 1386; 310: 2078; 314: 1447; 321: 3396, entre otros).- Y es aquí donde estos principios encuentran su límite: es axiomático que los actos procesales precluyen cuando han sido cumplidos observando las formas que la ley establece, salvo supuestos de nulidad (Fallos: 272: 188; 305: 1701; 306: 1705 y 308: 2044)" (conf. CSJN in re "VERBEKE", del 10-04-03, con remisión al dictamen del Procurador Fiscal). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


ARCE, NÉSTOR ALAIN S/ VEJACIONES S/ CASACIÓN

20437/05

SENTENCIA: 191 - 29/12/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2