Busqueda realizada: congruencia (Todas las Palabras)
<46612> El agravio (acusación defectuosa) carece de eficacia recursiva toda vez que omite una crítica concreta, seria y razonada de la sentencia que resolvió el incidente (en el que se resuelve no hacer lugar a la excepción de falta de acción planteada por el querellado) y se aparta de las constancias de la causa, en virtud de que los hechos están narrados en el escrito de interposición de la querella y durante todo el proceso se los encuadró en los tipos penales de los arts. 110 (injurias) y 112 (injurias encubiertas) del Código Penal, lo que es conteste con el desarrollo fáctico y el encuadramiento que se realizó al condenar. Es decir, no se afectaron el derecho de defensa, el debido proceso legal ni la congruencia procesal. (Voto del Dr. Balladini). YUNES, ROBERTO J. C/ CÁMPORA, RAÚL S/ QUERELLA S/ CASACIÓN 21311/06 SENTENCIA: 92 - 04/06/2007 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<82705> Los extremos fácticos reseñados resultaron conocidos por los imputados, que ensayaron determinada defensa en su hipótesis de descargo, de modo que no hay insuficiencia en la acusación, ni incongruencia ni violación del debido proceso legal, y el tratamiento de la cuestión se adecua a derecho. (Del voto del Dr. Sodero Nievas) MAUREIRA, Raúl Esteban s/Queja en: 'MAUREIRA, Raúl Esteban s/Robo calificado' S/ QUEJA 25040/10 SENTENCIA: 111 - 19/08/2011 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<16033> Corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto y la nulidad de la sentencia impugnada, si la cuestión encuadra en un supuesto típico de Abuso Procesal en el procedimiento probatorio de 2da. Instancia, y el abuso es de la jurisdicción al apartarse de las normas de rito sobre prueba confesional aplicables al caso, al introducir prueba de oficio violando las garantías del debido proceso y defensa en juicio (art. 18 C.N.). En esta línea ver Peyrano, "Abuso Procesal", Ed. Rubinzal Culzoni, págs. 429, 431 y los precedentes de la C.S.J.N. que avalan esta decisión. En autos las irregularidades procesales expuestas, son la inclusión por el Tribunal "a quo" de la prueba de absolución de posiciones, sin que ninguna de las partes así lo haya solicitado. (Voto de los Dres. Sodero Nievas y Balladini). B., S. y V., C. c/ M., A. y Otro s/ DAÑOS Y PERJUICIOS Nº 18628/02 - STJ SENTENCIA: 22 - 17/03/2004 - DEFINITIVA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 |