Busqueda realizada: congruencia (Todas las Palabras)
Esta exigencia -presentación de copias- no obedece a un rigor formal de la norma procesal; es por el contrario, una manera de controlar no solo la verosimilitud de los agravios expresados, sino además el respeto de la congruencia de los planteos recursivos y los pronunciamientos jurisdiccionales que les dan respuesta. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Mansilla y Dra. Zaratiegui sin disidencia) G., L. N. S /QUEJA EN: G., L.N. C /M.H.A.S. S /LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL S/ QUEJA PS2-1088-STJ2020 SENTENCIA: 19 - 20/04/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 | ||
La falta de acompañamiento del escrito configura la omisión del requisito de autosuficiencia del recurso de queja e impide a este Cuerpo cumplir con la manda del art. 299, último párrafo del CPCyC; esto es, analizar la procedencia de los argumentos contra la denegatoria decretada y decidir sin sustanciación alguna si el recurso ha sido bien o mal denegado. Esta exigencia señalada no obedece a un rigor formal de la norma procesal; sino que, por el contrario, es una manera de controlar no solo la verosimilitud de los agravios expresados, sino además el respeto de la congruencia de los planteos recursivos y los pronunciamientos jurisdiccionales que les dan respuesta. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dra. Piccinini sin disidencia) ALVARADO, MARIANA NOEMI S-QUEJA EN: ROGEL, JAIME Y OTRA C /ALVARADO, MARIANA NOEMI Y OTROS S /REIVINDICACION (ORDINARIO) S/ QUEJA (c) CS1-835-STJ2021 SENTENCIA: 64 - 20/08/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 | ||
Se advierte el incumplimiento del requisito de autosuficiencia que impera en esta instancia extraordinaria. En efecto, el art. 299, inc. 2º del CPCyC establece que al interponerse la queja se acompañarán: "2. Los demás recaudos necesarios para individualizar el caso y el Tribunal; debiendo en su caso adjuntarse copia de todas aquellas piezas procesales relacionadas a los agravios planteados en el recurso denegado". Tal requisito no obedece a un rigor formal de la norma mencionada; es por el contrario, una manera de verificar la congruencia de los planteos recursivos y los pronunciamientos jurisdiccionales que los contestan. (Voto de la Dra. Criado, Dr. Barotto y Dr. Apcarian sin disidencia) MARCILLA, HORACIO FERNANDO S-QUEJA EN: SUCESORES DE GOMEZ, RAUL ORLANDO C/ MARCILLA HORACIO FERNANDO S- PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA (ANTERIOR: H-2RO-222-C2018) S/ QUEJA (c) CS1-849-STJ2021 SENTENCIA: 82 - 29/11/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 |