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Busqueda realizada: amparo requisitos (Todas las Palabras) | entre el 01/01/2018 y el 31/12/2021

Mostrando 1-10 de 65 elementos.

AMPARO - REQUISITOS

En "ARGAÑARAZ” (STJRNS4 Se. 20/07), este Tribunal señaló que sólo puede prosperar la  excepcional vía del amparo cuando se encuentren cercenados derechos y garantías  constitucionales que no encuentren adecuados medios para su defensa, ante la presencia o inminencia de un peligro de imposible reparación ulterior, siendo de insoslayable  requerimiento al efecto, la circunstancia de urgencia, peligro, gravedad, irreparabilidad del daño, etc. (cf. STJRNS4 Se. 38/09 “LOPEZ”; Se. 160/17 “MINGO”). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


COLLUEQUE, LUIS FERNANDO S/ AMPARO (Originarias)

OS4-204-STJ2018

SENTENCIA: 8 - 11/02/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

En las acciones previstas en los arts. 43, 44 y 45 de la Constitución Provincial son de imprescindible acreditación los requisitos de urgencia, gravedad, irreparabilidad del daño e ilegalidad manifiesta, requisitos que adquieren valor jurídico cuando caracterizan una violación a un derecho constitucional, pero no a cuanta violación soporte todo derecho consagrado por el constituyente (cf. STJRNS4: Se. 158/14 “LONCOMAN”; Se. 132/15 "COLEGIO DE PSICÓLOGOS”; Se. 6/18 “URBAN”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


CORDOBA, JOEL S/ MANDAMUS

OS4-43-STJ2018

SENTENCIA: 77 - 30/07/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

El amparo es procedente siempre que se advierta de modo manifiesto la ilegitimidad de una restricción cualquiera a alguno de los derechos esenciales de las personas, reconocidos por el texto constitucional, así como el daño grave e irreparable que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a otros procedimientos ordinarios, ya sean administrativos o judiciales (cf. STJRNS4: Se. 112/07 “TORRES CASTAÑOS”). (Voto del Dr. Apcarian en disidencia)


DUARTE, ANGELA Y GOÑI, CARLOS S/ AMPARO (c)

CS1-482-STJ2017

SENTENCIA: 20 - 21/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

En las acciones previstas en los arts. 43, 44 y 45 de la Constitución Provincial son de imprescindible acreditación los requisitos de urgencia, gravedad, irreparabilidad del daño e ilegalidad manifiesta, requisitos que adquieren valor jurídico cuando caracterizan una vulneración a un derecho constitucional, pero no a cuanta violación soporte todo derecho consagrado por el constituyente. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


SANCHEZ, TAMARA MELISA C /PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICÍA) S /AMPARO S/ APELACION (Originarias)

C-2RO-470-L2017

SENTENCIA: 17 - 14/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

El amparo es procedente siempre que se advierta de modo manifiesto la ilegitimidad de una restricción cualquiera a alguno de los derechos esenciales de las personas, reconocidos por el texto constitucional, así como el daño grave e irreparable que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a otros procedimientos ordinarios, ya sean administrativos o judiciales (cf. STJRNS4 Se. 11/19 "GENTILE"). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


CARRARO, MARIO ADRIAN C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - IPROSS- S/ AMPARO

BA-00256-L-2021

SENTENCIA: 120 - 17/09/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

Corresponde precisar que nuestra Constitución Provincial prevé en su art. 43 la vía de amparo y los extremos indispensables para su procedencia son: la inexistencia de otra vía apta donde el presentante pueda recurrir en demanda de sus pretensos derechos, toda vez que la acción solo procede cuando se han cercenado derechos y garantías constitucionales que no encuentran adecuados medios para su defensa. Como así también, la individualización concreta del derecho o garantía de rango constitucional negado o restringido, urgencia, peligro en la demora e irreparabilidad del daño (cf. STJRNS4 AI. 9/17 "MESA").


PARRA, BENEDICTA DEL CARMEN S/ PRESENTACION

OS4-273-STJ2020

SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

"La excepcionalísima vía intentada (amparo en cualquiera de sus formas) sólo puede atender a situaciones especiales en las que de ningún modo se presenten medios administrativos o judiciales idóneos, y en las que los actos que supuestamente restringen su derecho se presentan de modo francamente manifiesto, claro y evidente, de una gravedad tal que no admita dilación alguna, o sea que resulten palmarios, tangibles y manifiestos para acreditar la gravedad, urgencia e irreparabilidad y particularmente la inexistencia de otra vía" (cf. STJRNS4 Se. 85/15 "BAGUES"). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


RAMIREZ VICTOR ALEJANDRO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS SOCIEDAD ANONIMA S/ AMPARO (ley 5106) (S/ APELACION)

X-4CI-254-AL2020

SENTENCIA: 67 - 18/06/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

En las acciones previstas en los arts. 43, 44 y 45 de la Constitución Provincial son de imprescindible acreditación los requisitos de urgencia, gravedad, irreparabilidad del daño e ilegalidad manifiesta, los que adquieren valor jurídico cuando caracterizan una violación a un derecho constitucional, pero no a la que soporte todo derecho consagrado por el constituyente. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


URBAN, DELMA NOEMI S/ MANDAMUS

LS3-96-STJ2017

SENTENCIA: 6 - 20/02/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

El amparo es una acción expedita y rápida cuya procedencia requiere la inexistencia de otro medio judicial más idóneo y que el acto u omisión lesiva demuestre arbitrariedad o ilegalidad manifiesta.


PARRA, BENEDICTA DEL CARMEN S/ PRESENTACION

OS4-273-STJ2020

SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

AMPARO - REQUISITOS

Se ha dicho que la acción de amparo sólo procede cuando se han cercenado derechos y garantías constitucionales que no encuentran adecuados medios para su defensa. Puesto que en las acciones previstas en los arts. 43, 44 y 45 de la Constitución Provincial son de imprescindible acreditación los requisitos de urgencia, gravedad, irreparabilidad del daño e ilegalidad manifiesta, requisitos que adquieren valor jurídico cuando caracterizan una violación a un derecho constitucional, pero no a cuanta violación soporte todo derecho consagrado por el constituyente. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


GENTILE, MILENA ROSA ELEONORA S /AMPARO S/ APELACION (Originarias)

H-1VI-79-C2018

SENTENCIA: 11 - 13/02/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4