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<30008> El fallo puesto en entredicho carece de la fundamentación necesaria para validar el derecho que aplicó a la cuestión, dado que no expresa razones que autoricen a prescindir de las normas locales, en el presente caso concreto, ni expone los motivos por los cuales acudió al art. 17 de la ley 24028 (accidente de trabajo, costas). Esa carencia fundamentativa, por lo demás, se proyecta al punto de impedir que la instancia de casación -que es esencialmente revisora- conozca y pueda examinar el acierto o error de los argumentos en los que pudiera fundarse la solución adoptada por el a quo. (Voto del Dr. Leiva). M. M. M. c/ RESPONSABLES DE SOCIEDAD ACCIDENTAL EDIFICIO FLENSBORG s/ ACCIDENTE DE TRABAJO s/ INAPLICABILIDAD DE LEY Sin datos SENTENCIA: 20 - 01/04/1998 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 |