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Busqueda realizada: COSTAS (Todas las Palabras)

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PROCEDIMIENTO LABORAL - COSTAS - EXIMICIÓN DE COSTAS

El principio general en materia de costas previsto en el art. 25 de la Ley sobre Procedimiento Laboral P 1504 es que las afronte el vencido. Esta disposición determina a su vez que el Tribunal podrá eximir de esa responsabilidad en todo o en parte, por auto fundado. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


ABELLEIRA, JORGE ARTURO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (PODER JUDICIAL) S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

CS1-365-STJ2017

SENTENCIA: 89 - 20/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

COSTAS - FINALIDAD

Se ha señalado que la naturaleza resarcitoria de las costas está referida a los gastos causídicos ocasionados al litigante que ha tenido necesidad de recurrir a la justicia para que se le reconozca su derecho (cf. STJRNS1: Se. 40/13, in re: “SANTINI”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) 


MONTEVECCHIO, VALERIA C/ MEDICUS S / AMPARO (f) S/ APELACION (Originarias)

A-3BA-650-AM201

SENTENCIA: 71 - 12/07/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

COSTAS - FINALIDAD

La naturaleza resarcitoria de las costas está referida a los gastos causídicos ocasionados al litigante que ha tenido necesidad de recurrir a la justicia para que se le reconozca su derecho (cf. STJRNS1: Se. 40/13, in re: “SANTINI”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18)

I-3BA-82-L2018

SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

CUESTIÓN ABSTRACTA - COSTAS

El Tribunal sólo puede conocer en juicio ejerciendo sus atribuciones jurisdiccionales cuando se somete a su consideración un caso concreto y no una cuestión que ha devenido abstracta, atendiendo a las circunstancias existentes al momento de su decisión (cf. CS, "Justo", 23/11/95; STJRNS4: Se. 111/01 "ÁLVAREZ”). Corresponderá aplicar la doctrina legal de este Cuerpo de acuerdo a la cual la extinción del objeto procesal por la desaparición del presupuesto fáctico y jurídico que dio pie a la demanda impide acudir al principio rector establecido en el ordenamiento procesal para pronunciarse sobre la imposición de las costas, pues la imposibilidad de dictar un pronunciamiento final sobre la procedencia substancial de la pretensión, cancela todo juicio que permita asignar a cualquiera de las partes la condición necesaria -de vencedora o de vencida- para definir la respectiva situación frente a esta condenación accesoria (cf. STJRNS4: Se. 89/16 “COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO”). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


LAGOS, NICOLAS HÉCTOR JESUS C /OMINT S /AMPARO S/ APELACION (Originarias)

W-4CI-386-AM201

SENTENCIA: 61 - 27/06/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

COSTAS - CRITERIO OBJETIVO DE LA DERROTA - FUNDAMENTO

El criterio objetivo de la derrota en materia de costas, que se imponen -por regla- a la parte vencida, condena accesoria que el magistrado impone a quien en dicha calidad en un proceso o incidencia, carga con la obligación de resarcir al vencedor los gastos que le irrogara el proceso. Parafraseando a Chiovenda, la condena en costas al vencido responde a un principio determinado por razones procesales: la necesidad de servirse del proceso para obtener la razón no debe volverse en contra de quien tiene la razón. El fundamento de la condena en costas es evitar que la actuación de la ley represente una disminución patrimonial para la parte en favor de la cual se realiza (cf. LOUTAYF RANEA, Roberto G. Condena en Costas en el Proceso Civil, Astrea, 1998, p. 8, 44). (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)


PUGNI, ROSA- S. SUCESION AB INTESTATO (EXPTE. Nº 12674-13)- S /INCIDENTE S/ CASACION

S-3BA-32-CC2017

SENTENCIA: 59 - 07/08/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

COSTAS - CUESTION PROCESAL

El tema de costas judiciales es una materia procesal, propia de los jueces de grado y ajena a la instancia extraordinaria. Ello es así, ya que los tribunales de mérito son los que se hayan en mejores condiciones de evaluar el desarrollo de todo el proceso en su conjunto, para luego determinar a quien corresponde imponer las costas (cf. STJRNS3 "AGUILAR BASTIDAS" Se. 21/15; "LASALLE" Se. 6/17). (Voto del Dr. Apcarian en disidencia)


MORALES, MARIO RAUL C/ TRES ASES S.A. S/ RECLAMO

O-2RO-5621-L201

SENTENCIA: 1 - 20/02/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

CASACIÓN - IMPROCEDENCIA - COSTAS

Conforme doctrina legal actualmente vigente de este Tribunal, el tema de las costas judiciales, por lo casuístico y dependiente de factores circunstanciales no constituye a priori una cuestión que habilite la vía casatoria. Se trata de una materia procesal, propia de los jueces de grado y ajena a esta instancia extraordinaria. Ello es así ya que los Tribunales de mérito son los que se encuentran en mejores condiciones de evaluar el desarrollo de todo el proceso en su conjunto, para luego determinar a quién corresponde imponer las costas (cf. STJRNS3 "CASTILLO FRANCO" Se. 38/12; "SOTO" Se. 56/14). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


BARRIO, MARTIN FACUNDO S- QUEJA EN: BARRIO, MARTIN FACUNDO C/ PROCURACION GENERAL DE RIO NEGRO S- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ QUEJA

PS2-342-STJ2017

SENTENCIA: 105 - 25/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

PROCEDIMIENTO LABORAL - BENEFICIO DE GRATUIDAD - FINALIDAD - COSTAS

El beneficio de gratuidad establecido en el art. 15 de la Ley sobre Procedimiento Laboral 1504, tiene como finalidad permitir al trabajador el acceso pleno a la jurisdicción sin desembolsos previos; pero de ninguna manera puede interpretarse que impide la condena en costas. En el ámbito del procedimiento laboral, esa es la norma reglamentaria del art. 40 inc. 13) de la Constitución Provincial. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


ABELLEIRA, JORGE ARTURO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (PODER JUDICIAL) S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

CS1-365-STJ2017

SENTENCIA: 89 - 20/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

AMPARO - APELACION - HONORARIOS - COSTAS - MULTA (PROCESAL) - CARACTER EXCEPCIONAL

Este Superior Tribunal ha señalado reiteradamente como principio general respecto -a la regulación de honorarios, imposición de costas y multas procesales- los aspectos procesales que no hacen a la cuestión de fondo del amparo cuestión constitucional- son, en principio, ajenos al recurso de apelación consagrado por la Ley P Nº 2921; esto así, atento el carácter accesorio de las costas, honorarios y multas procesales (cf. STJRNS4: Se. 86/09 "CIARRAPICO"; Se. 172/16 “MARIEZCURRENA”). Sin perjuicio de lo expuesto hasta aquí se advierte que en el caso se presentan circunstancias excepcionales que permiten apartarse del principio general ya enunciado, dado que del análisis de las constancias de la causa surge que no corresponde la imposición de las costas a la requerida en atención a las circunstancias fácticas presentadas en estas actuaciones que tornaron abstracta la cuestión a resolver. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


SANHUEZA, SANDRO ANDRES C /MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO S /AMPARO S/ APELACION (Originarias)

Z-2VR-9-C2018

SENTENCIA: 87 - 11/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4