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Busqueda realizada: CONCIENCIA (Todas las Palabras)

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FUERO LABORAL - FACULTADES DEL JUEZ - APRECIACION EN CONCIENCIA

Los Jueces laborales tienen un amplio espectro de evaluación de los medios probatorios, lo que les confiere una amplia soberanía valorativa. Tanto es así que la selección, jerarquización y valuación de los medios de prueba constituyen un atributo propio de la Cámara, materia que por su naturaleza se encuentra exenta de censura en casación. Tal tarea es ajena a la casación y la mencionada regla solo puede ceder en aquellos casos en los que, con serios fundamentos, se invoque y acredite un supuesto de absurdo notorio o arbitrariedad. Sin embargo, es sabido que, conforme con la reiterada doctrina de este Cuerpo, la alegación de tal anomalía no puede fundarse en la mera discrepancia de la parte con lo resuelto por el grado" (cf. STJRNS3 Se. 30/19 "MOHR"). (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dra. Zaratiegui sin disidencia)


LLAO LLAO RESORTS S.A. S- QUEJA EN: PACHECO, JAVIER AUDELIO C / LLAO LLAO RESORTS S.A. S / ORDINARIO S/ QUEJA

VI-10770-L-0000

SENTENCIA: 27 - 08/03/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

FUERO LABORAL - FACULTADES DEL JUEZ - APRECIACION EN CONCIENCIA

Cabe recordar que en virtud del sistema procesal propio del fuero, en el cual rige el sistema de apreciación en conciencia de las pruebas (art. 53 inc. 1 Ley 1504), los Jueces laborales tienen un amplio espectro de evaluación de los medios probatorios, lo que les confiere una amplia soberanía valorativa. Tanto es así que la selección, jerarquización y valuación de los medios de prueba constituyen un atributo propio de la Cámara, materia que por su naturaleza se encuentra exenta de censura en casación. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


RODRIGUEZ, AGUSTIN ALEJANDRO S- QUEJA EN: ALONSO, MARIANELA C/ SAN MARTIN, MIGUEL Y OTROS S- ORDINARIO (I) S/ QUEJA

VI-10730-L-0000

SENTENCIA: 38 - 13/04/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

FUERO LABORAL - APRECIACIÓN EN CONCIENCIA - FACULTADES DEL JUEZ

Los jueces laborales soberanos en la apreciación de las pruebas, tarea en la que solo están limitados por la prudencia jurídica y en la que pueden, según su arbitrio, escoger los elementos de juicio prefiriendo unos y desechando otros, atribuyéndole a las pruebas la jerarquía que en cada caso les corresponda, sin olvidar que la regla de apreciar es valorar, ponderar y comparar para decidir (cf. STJRNS3 Se. 79/10 "IURI"; Se. 53/17 "PREVENCIÓN ART S.A."). (Voto del Dr. Mansilla sin disidencia)


BALUCZYNSKY, DANIEL ALEJANDRO S-QUEJA EN: BALUCZYNSKY, DANIEL ALEJANDRO C/ SWISS MEDICAL ART S-ENFERMEDAD PROFESIONAL S/ QUEJA

VI-10740-L-0000

SENTENCIA: 67 - 18/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

FUERO LABORAL - FACULTADES DEL JUEZ - APRECIACIÓN EN CONCIENCIA

Cabe destacar que en virtud del sistema procesal propio del fuero, en el cual rige el sistema de apreciación en conciencia de las pruebas (art. 53 inc. 1 de la Ley P Nº 1504), los Jueces laborales tienen un amplio espectro de evaluación de los medios probatorios, lo que les confiere una amplia soberanía valorativa. Tanto es así que la selección, jerarquización y valuación de los medios de prueba constituyen un atributo propio de la Cámara, materia que por su naturaleza se encuentra exenta de censura en casación. (Voto del Dr. Mansilla sin disidencia)


COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA S- QUEJA EN : DELBARES, ROQUE DAMIAN C/ COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA S- ORDINARIO S/ QUEJA

VI-10552-L-0000

SENTENCIA: 18 - 05/03/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

FUERO LABORAL - FACULTADES DEL JUEZ - APRECIACIÓN EN CONCIENCIA - LIMITES

Los jueces laborales tienen amplias facultades en la apreciación de las pruebas, tarea en la que solo están limitados por la prudencia jurídica y en la que pueden, según su criterio, escoger los elementos de juicio prefiriendo unos y desechando otros, otorgándole la jerarquía que en cada caso les corresponda. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


LA SEGUNDA ART S.A. S-QUEJA EN: ALVAREZ, CRISTIAN MARCELO C/ LA SEGUNDA ART S.A. S- ACCIDENTE DE TRABAJO S/ QUEJA

VI-10731-L-0000

SENTENCIA: 98 - 10/08/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

QUEJA - IMPROCEDENCIA - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA - APRECIACIÓN EN CONCIENCIA

No es propio de la instancia extraordinaria revisar todo el contenido fáctico del litigio, ni estudiar los antecedentes que le dieron origen, ni ponderar las probanzas para asignarles una determinada significación, porque todo ello queda en el margen de la razonable discreción de los jueces de grado, que en el ordenamiento procesal local valoran en conciencia las pruebas y los hechos, lo que impide la casación si no se demuestra la falta de razonabilidad o logicidad de lo resuelto por el Tribunal de origen (cf. STJRNS3 Se. 55/19 "BARGIELA"; Se. 77/19 "ASOCIACIÓN MUTUAL DEL VALLE INFERIOR"). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


SANDOVAL, MARIO SEBASTIAN S-QUEJA EN: SANDOVAL. MARIO SEBASTIAN C/ CUB SOCIAL Y DEPORTIVO AMIGOS DEL BALNEARIO EL CONDOR S-ORDINARIO S/ QUEJA

VI-10744-L-0000

SENTENCIA: 72 - 28/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

FUERO LABORAL - FACULTADES DEL JUEZ - APRECIACION EN CONCIENCIA - LIMITES

Los jueces laborales tienen amplias facultades para la apreciación de las pruebas, tarea en la que solo están limitados por la prudencia jurídica y en la que pueden escoger los elementos de juicio prefiriendo unos y desechando otros, otorgándole la jerarquía que en cada caso les corresponda (cf. STJRNS3 Se. 10/21 "PANATEL S.A"). (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia)


LLAO LLAO RESORTS S.A. S- QUEJA EN: REYES, PATRICIA YANINA C/ LLAO LLAO RESORTS S.A. S- ORDINARIO S/ QUEJA

VI-10737-L-0000

SENTENCIA: 28 - 09/03/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

FUERO LABORAL - APRECIACIÓN DE LA PRUEBA - APRECIACIÓN EN CONCIENCIA - FACULTADES DEL JUEZ

El juzgador valora las pruebas conducentes para la resolución del litigio y en cuanto a la alegada arbitrariedad en la apreciación de la prueba cabe recordar que en virtud del sistema procesal propio del fuero, en el cual rige el sistema de apreciación en conciencia de las pruebas (art. 53 inc. 1 de la Ley 1504), los Jueces laborales tienen un amplio espectro de evaluación de los medios probatorios, lo que les confiere una amplia soberanía valorativa. Tanto es así que la selección, jerarquización y valuación de los medios de prueba constituyen un atributo propio de la Cámara, materia que por su naturaleza se encuentra exenta de censura en casación. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


GARROTE, JOSE MARIA S-QUEJA EN: ALONSO, MARIANELA C/ SAN MARTIN, MIGUEL Y OTROS S-ORDINARIO (I) S/ QUEJA

VI-10729-L-0000

SENTENCIA: 42 - 13/04/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

QUEJA - IMPROCEDENCIA - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA - DISCRIMINACIÓN LABORAL - APRECIACION EN CONCIENCIA

La determinación de la existencia o inexistencia de discriminación y/o represalia en el distracto resulta inseparable de la apreciación en conciencia de las conductas de las partes, las particulares circunstancias en que se produjo el cese laboral y la prueba. Todo ello es materia reservada a los jueces de grado y sólo la extraordinaria hipótesis de arbitrariedad podría justificar la intervención excepcional de este Cuerpo (cf. STJRNS3 Se. 27/21 "LLAO LLAO RESORTS S.A."). (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia)


LLAO LLAO RESORTS S.A. S- QUEJA EN: REYES, PATRICIA YANINA C/ LLAO LLAO RESORTS S.A. S- ORDINARIO S/ QUEJA

VI-10737-L-0000

SENTENCIA: 28 - 09/03/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

QUEJA - IMPROCEDENCIA - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA - DISCRIMINACIÓN LABORAL - APRECIACION EN CONCIENCIA - DOCTRINA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

La determinación de la existencia o inexistencia de discriminación y/o represalia en el distracto resulta inseparable de la apreciación en conciencia de las conductas de las partes, las particulares circunstancias en que se produjo el cese laboral y la prueba. Todo ello es materia reservada a los jueces de grado y sólo la extraordinaria hipótesis de arbitrariedad podría justificar la intervención excepcional de este Cuerpo. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dra. Zaratiegui sin disidencia)


LLAO LLAO RESORTS S.A. S- QUEJA EN: PACHECO, JAVIER AUDELIO C / LLAO LLAO RESORTS S.A. S / ORDINARIO S/ QUEJA

VI-10770-L-0000

SENTENCIA: 27 - 08/03/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3