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Busqueda realizada: APRECIACION EN CONCIENCIA (Frase Completa)

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RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - DISCREPANCIA SUBJETIVA - APRECIACION DE LA PRUEBA - FACULTADES DE LOS JUECES - APRECIACION EN CONCIENCIA

<37270> Es dable reconocer las facultades que tiene el juzgador al momento de valorar las pruebas conducentes para la resolución del litigio y destacar que en virtud del sistema procesal propio del fuero, en el cual rige el sistema de apreciación en conciencia de las pruebas (art. 53 inc. 1 de la Ley P Nº 1504), los Jueces laborales tienen un amplio espectro de evaluación de los medios probatorios, lo que les confiere soberanía valorativa. Tanto es así que la selección, jerarquización y valuación de los medios de prueba constituyen un atributo propio de la Cámara, materia que por su naturaleza se encuentra exenta de censura en esta instancia extraordinaria. Tal tarea es ajena a la casación y la mencionada regla solo puede ceder en aquellos casos en los que, con serios fundamentos, se invoque y acredite un supuesto de absurdo notorio o arbitrariedad. Sin embargo, es sabido que, conforme con la reiterada doctrina de este Cuerpo, la alegación de tal anomalía no puede fundarse en la mera discrepancia de la parte con lo resuelto por el grado. (STJRNS3 Se. 43/13 "CHEUQUIAN"). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


FIGUEROA, HERNAN J. C/ ENTRETENIMIENTOS PATAGONIA S.A. S/ SUMARIO (l) (M 2110/11)

23198/11

SENTENCIA: 20 - 21/03/2016 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA - PROCEDIMIENTO LABORAL - PRUEBA - APRECIACION EN CONCIENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - DISCREPANCIA SUBJETIVA

<34669> Reiteradamente este Cuerpo ha dicho que todo lo vinculado con los medios probatorios, su selección y jerarquización, constituye una temática reservada a los jueces de grado y ajena al ámbito casatorio, más aún en el particular sistema procesal del fuero, que concede a los magistrados laborales un espectro de evaluación menos estrecho que el de las reglas de la sana crítica, toda vez que deben valorar las pruebas en conciencia. Esta regla de irrevisibilidad antes descripta puede ceder en aquellos supuestos de arbitrariedad, mas como se ha dicho en innumerables ocasiones, tal anomalía debe encontrarse debidamente fundada y no puede sustentarse en la mera discrepancia de la parte con lo decidido por el grado. (Voto del Dr. Balladini).


DURAN, ROSAMEL E. C/ LA HOLANDO SUDAMERICANA S.A. Y OTRA S/ SUMARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

23149/08

SENTENCIA: 111 - 21/10/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3