Busqueda realizada: APRECIACION EN CONCIENCIA (Frase Completa)
<32703> En el ámbito del derecho laboral rige el sistema de apreciación en conciencia, que brinda a los jueces del fuero un amplio espectro valorativo (art. 49 de la ley 1504) que no permite la revisión de la integralidad del plexo convictivo. Así, el recurrente pretende que el máximo órgano judicial provincial se avoque al reexamen de aquellas pruebas que hicieron a la convicción del a quo, tales como la apreciación de algunos de los testimonios brindados. Ello también resulta impropio de la casación, máxime si consideramos que el sistema de apreciación en conciencia de las pruebas resulta mucho más amplio que el de la sana crítica que rige en otros órdenes adjetivos (in re "COTRAVI" Se. 127/00). (Voto de los Dres. Balladini y Lutz). MARTINEZ, GLADYS C/FERNANDEZ HUMBLE, RAUL S/RECLAMO S/INCONSTITUCIONALIDAD E INAPLICABILIDAD DE LEY 19256/04 SENTENCIA: 301 - 23/12/2004 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 |