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Busqueda realizada: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD (Todas las Palabras)

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ENTE DE DESARROLLO PARA LA LINEA SUR - PRESUPUESTO - DIVISION DE PODERES - FACULTADES DEL LEGISLADOR - FACULTADES DE LOS JUECES: IMPROCEDENCIA

<29604> En el caso de autos, el respeto que merece el Legislador en virtud del principio de división de poderes hace que el análisis y ponderación de las partidas que hayan de afectarse al Ente de Desarrollo de la Línea y Región Sur sean formuladas por dicho Poder, sin ingerencia del Poder Judicial, tal como se sostuvo en “BIBLIOTECA QUINTUN DE J.J. GOMEZ Y OTROS”, [STJRNCO SE. 118/11 del 28-10-11]. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


LAURIENTE, GASTON EDGARDO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

24293/10

SENTENCIA: 49 - 08/05/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - JUICIO POLITICO - PROCESO EN TRAMITE - CUESTION NO JUSTICIABLE - DIVISION DE PODERES - EXISTENCIA DE OTRAS VIAS

<27889> En el caso de autos, carece de sustento la calificación de sentencia arbitraria, máxime cuando este tribunal ha señalado que los actos internos de cada uno de los Poderes deben regirse por sus propios reglamentos, y en punto a las instituciones políticas en particular – como el juicio político - por normas pertinentes.- Siendo así y hallándose en trámite tal procedimiento, este Cuerpo resolvió que debían agotarse los mecanismos procedimentales correspondientes a efectos de cumplimentar lo dispuesto en el art. 150/160 de la Constitución Provincial, ya que la ley B 4340 que reglamenta el juicio político no puede alterar el espíritu de aquellas (arts. 151/154, Constitución Provincial). (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia).


PERALTA, CARLOS GUSTAVO Y OTROS S/INTERPONEN RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD Y EXTRAORDINARIO DE NULIDAD S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

23766/09

SENTENCIA: 85 - 29/09/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD: IMPROCEDENCIA - EXISTENCIA DE OTRAS VIAS - DIVISION DE PODERES - AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA - JUICIO POLITICO

<27858> Este Tribunal ya ha expresado que en este tipo de cuestiones hay criterios jurisprudenciales a seguir en cuanto a los requisitos y demás condiciones para la viabilización del proceso y en particular sobre la preservación institucional y jurisdiccional de la división de poderes, la acreditación de la inexistencia de otra vía, el agotamiento del trámite en sede administrativa y otras tendientes a evitar el abuso de la jurisdicción o el "gobierno de los jueces" cuando se intentan acciones de estas características [cf. STJRNCO in re “TRENTACOSTE" Se. 674/02 del 30-12-02, in re “MARTINEL FERREIRA" Se. 144/01 del 21-11-01, in re “GARCIA ZAPONE" Se. 30/00 del 05-05-00, in re “TSCHERIG" Se. 6/04 del 23-02-04, in re “CELESTE" Se. 601/02 del 11-09-02, entre otros]. (Del voto del Dr. Balladini)


PERALTA, CARLOS GUSTAVO Y OTROS S/ INTERPONEN RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD Y EXTRAORDINARIO DE NULIDAD S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

23766/09

SENTENCIA: 73 - 13/08/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

PODERES DEL ESTADO - DIVISION DE PODERES

<22633> En virtud del principio de la división de poderes y de la naturaleza de las funciones que a cada uno de ellos incumbe por la Constitución, la facultad de ordenar la dinámica interna de los Departamentos de gobierno es propia de cada uno de ellos, y no debe admitirse la configuración de una invasión de la esfera de reserva, con sometimiento al principio de la división de poderes.


FISCALIA MUNICIPAL DE VILLA REGINA s/Acción de Inconstitucionalidad (Ordenanza Nº 10/2000).-

15228/00.-

SENTENCIA: 107 - 23/08/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

DIVISION DE PODERES - FACULTADES DEL PODER JUDICIAL: ALCANCES; LIMITES - JURISPRUDENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

<29588> Hay criterios jurisprudenciales a seguir en cuanto a la preservación institucional y jurisdiccional de la división de poderes a fin de evitar el abuso de la jurisdicción o el “gobierno de los jueces”, conforme se ha señalado en “ARRIAGA” [STJRNCO Se. 81/01 del 07-06-01]; “SALTO” [STJRNCO Se. 118/01 del 21-09-01]; “LAZZARETTI” [STJRNCO Se. 145/02 del 14-05-02]; “TRENTACOSTE” [STJRNCO Se. 674/02 del 30-12-02] (cf. [STJRNCO in re “CARRIQUEO” Se. 39/10 del 18-05-10]). (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


LAURIENTE, GASTON EDGARDO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

24293/10

SENTENCIA: 49 - 08/05/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

PODERES DEL ESTADO - DIVISION DE PODERES

<22632> Cada uno de los Poderes del Estado debe obrar como freno o contrapeso sobre los otros -asegurando de ese modo una relación de equilibrio interno- y todos coordinadamente, han de propender al ejercicio más eficaz de la acción general del gobierno (Cf. CJ. Salta, 30-06-95, ED., 164 - 700) .


FISCALIA MUNICIPAL DE VILLA REGINA s/Acción de Inconstitucionalidad (Ordenanza Nº 10/2000).-

15228/00.-

SENTENCIA: 107 - 23/08/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

PODERES DEL ESTADO - DIVISION DE PODERES

<22634> Cuando uno de los órganos representativos de un Poder ejerce atribuciones constitucionales y/o legales que corresponden a otro Poder, o cuando uno de los Poderes impide al otro el ejercicio de sus facultades naturales, se configura una invasión a extraña jurisdicción (Cf. ST. Neuquén, 04-09-85; ED., 115589) .


FISCALIA MUNICIPAL DE VILLA REGINA s/Acción de Inconstitucionalidad (Ordenanza Nº 10/2000).-

15228/00.-

SENTENCIA: 107 - 23/08/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

CUESTION POLITICA - CUESTION NO JUSTICIABLE - CONFLICTO DE PODERES - FACULTADES DEL PODER JUDICIAL - DIVISION DE PODERES - JUDICIALIZACION DE LAS CUESTIONES POLITICAS

<27857> También ha señalado que en casos de conflictos o desinteligencias en los órganos de gobierno, en tanto no medie una situación de absurdidad de la que resulte un perjuicio al orden jurídico, no corresponde que estos desacuerdos terminen significando una judicialización de la política, excepto en el caso que se demuestre que una ley es inconstitucional por defectos de fondo o de forma; o que se alza contra la división de Poderes, porque no es ésta la finalidad del control judicial de constitucionalidad, debiendo ser ajeno a este Superior Tribunal la dilucidación de cuestiones atribuídas con exclusividad a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de las que no resulta materia jurisdiccional manifiesta [cf. STJRNCO in re “FISCALIA MUNICIPAL DE VILLA REGINA" Se. 108/01 del 23-08-01]. (Del voto del Dr. Balladini)


PERALTA, CARLOS GUSTAVO Y OTROS S/ INTERPONEN RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD Y EXTRAORDINARIO DE NULIDAD S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

23766/09

SENTENCIA: 73 - 13/08/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD: PROCEDENCIA PARCIAL - PODER EJECUTIVO MUNICIPAL - CONCEJO DELIBERANTE - DIVISION DE PODERES - PEDIDO DE INFORMES - ENTREGA DE DOCUMENTACION - FALTA DE AUTORIZACION

<22629> Corresponde hacer lugar parcialmente a la acción planteada por la Fiscalía Municipal de Villa Regina y declarar la inconstitucionalidad de los arts. 3º y 4º de la Ordenanza Nº 10/00 del Municipio de Villa Regina, con costas por su orden-, en tanto al extenderse la obligación de dar informes y entregar documentación a cualquier empleado sin necesidad de autorización del secretario del área correspondiente ni del Intendente, se avasallan por parte del Concejo Deliberante las facultades propias del Poder Ejecutivo Municipal, con lesión a los arts. 32 ap. F inc. d), 53 inc. i), 54, 55, y 56 de la Carta Orgánica Municipal, así como a los arts. 225 y 228 de la Constitución Provincial. En autos, el señor Fiscal Municipal de Villa Regina promueve la inconstitucionalidad de la misma en razón de, so pretexto de reglamentar la atribución del Concejo Deliberante de solicitar informes al Departamento Ejecutivo, ignora el principio de División de Poderes o distribución de funciones establecida en la Carta Orgánica Municipal y Ordenanza Nº 41/88, e intenta derogar un acto de otro órgano y para lo cual no tiene competencia alguna.


FISCALIA MUNICIPAL DE VILLA REGINA s/Acción de Inconstitucionalidad (Ordenanza Nº 10/2000).-

15228/00.-

SENTENCIA: 107 - 23/08/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD: REQUISITOS - PODER EJECUTIVO MUNICIPAL - CONCEJO DELIBERANTE - DIVISION DE PODERES - PEDIDO DE INFORMES - ENTREGA DE DOCUMENTACION - FALTA DE AUTORIZACION

<22631> Para decretar la invalidez de una norma deben mediar motivos reales que asi lo impongan, una demostración concluyente de su discordancia sustancial con los preceptos de la Constitución que se dicen vulnerados. Y si bien en el presente caso de la actora, en su escrito de demanda, no logra expresarse en sus alegaciones con la claridad necesaria que tamaña acción exige, lo cierto es que para este Tribunal queda suficientemente patentizado que los arts. 3 y 4 de la Ordenanza Nº 10/2000, al extender la obligación de dar informes y entregar documentación a cualquier empleado sin necesidad de autorización del Secretario del área correspondiente ni del Intendente, va más allá de las facultades que tiene el Concejo Deliberante, invadiendo la competencia del señor Intendente del Municipio.


FISCALIA MUNICIPAL DE VILLA REGINA s/Acción de Inconstitucionalidad (Ordenanza Nº 10/2000).-

15228/00.-

SENTENCIA: 107 - 23/08/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4