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Busqueda realizada: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD (Todas las Palabras)

Mostrando 1-10 de 60 elementos.

ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD: PROCEDENCIA - LEYES - CERTIFICADOS DE DEUDA PREVISIONAL

<20249> Corresponde hacer lugar a la acción promovida y declarar la inconstitucionalidad de la Ley Nro. 2972/96 -por la cual se crean los Certificados de Deuda Previsional-, atento que dicha ley instrumenta en la práctica mecanismos que hacen ilusorios los efectos queridos mediante la abrogación perseguida oportunamente por parte del Superior Tribunal de Justicia, y desnaturalizan de tal modo la acreencia de los pasivos, que termina por negarla en los hechos, violando los derechos constitucionales que la tutelan.


T., A. M. S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 161 - 04/09/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

PROVINCIAS - FACULTADES NO DELEGADAS - SEGURIDAD SOCIAL

<20115> La posibilidad de que las Provincias decidan incorporarse a regímenes legales sancionados por el Congreso federal ha sido admitida por la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema en cuanto importan el uso de facultades privativas que no vulneran el art. 104 del texto anterior a la reforma de 1994 de la Constitución Nacional. Ello es lo que ha acontecido, concretamente, en materia previsional, respecto de los denominados regímenes de reciprocidad jubilatoria (Cf. Fallos: 242: 141 y otros) .


P., M. Y OTROS s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 17 - 04/04/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

PROVINCIAS - AUTONOMIA PROVINCIAL - FACULTADES NO DELEGADAS - SEGURIDADSOCIAL

<20117> El art. 125 de la Carta Nacional, faculta a las provincias a conservar los organismos de seguridad social para los empleados públicos. Esta facultad reafirma la potestad de los Estados locales de mantener la autonomía del funcionamiento previsional, que ya se encontraba incluida entre los poderes no delegados del art. 104 de la Constitución Nacional de 1853 - 1860, pero con el aditamento de que las Provincias gozan ahora de la posibilidad de decidir, en la esfera de las atribuciones inherentes a su propia autonomía, si habrán de incorporarse al sistema de jubilaciones y pensiones establecido por la legislación nacional. Dicha facultad indica que la eventual decisión de incorporación al sistema resulta inobjetable, no pudiendo alegarse afectación a las autonomías provinciales. Ello, porque precisamente dicha decisión de incorporación implica el ejercicio de la propia autonomía.


P., M. Y OTROS s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 17 - 04/04/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

ESTADO PROVINCIAL - EMERGENCIA ECONOMICA

<20241> La facultad del Estado de dictar legislación sustentada en criterios de emergencia no puede eludir el análisis de si con ella se degrada, en determinadas circunstancias, la sustancia de una decisión judicial, privándose a esta de eficacia.


T., A. M. S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 161 - 04/09/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

HABER JUBILATORIO - LEYES - CERTIFICADOS DE DEUDA PREVISIONAL - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - CONSTITUCION PROVINCIAL

<20247> Resulta procedente considerar la necesidad de pronta satisfacción de las acreencias, en razón de las elementales e impostergables necesidades básicas a las cuales va destinado el haber previsional, y en su generalidad, la edad avanzada de quienes lo perciben. La ley en crisis -Ley Nro. 2972 por la cual se crean los Certificados de Deuda Previsional- introduce irrazonables limitaciones a los derechos y garantías fundamentales, que son plenamente operativos por la Constitución Provincial y que, por ello, quedan en la especie desvirtuados, desprovistos de contenido y se tornan inoperantes.


T., A. M. S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 161 - 04/09/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

INCONSTITUCIONALIDAD: IMPROCEDENCIA - LEYES

<20125> La presunta conformidad de las normas jurídicas dictadas por los órganos legisferantes con las normas constitucionales, no debe ceder sino ante una prueba contraria tan clara y precisa como sea posible (Cf. CSJN., "P. Iraola c/Prov. de Córdoba", Fallos: T. 207, pág. 249) .


D., M. C. Y OTROS s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 20 - 11/04/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

PROVINCIAS - AUTONOMIA PROVINCIAL - REMUNERACION DEL JUEZ

<20170> Las Provincias cuentan con la facultad de establecer el mecanismo de remuneración de sus propios jueces con absoluta autonomía, atribución que no ha sido delegada a la Nación y precisamente está expresamente contenida en el art. 5 de la Constitución Nacional, como potestad reservada y exclusiva de cada Estado federado.


C., C. M. S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 93 - 21/07/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

GARANTIAS DE LOS JUECES - INTANGIBILIDAD DE LA REMUNERACION - EQUIDAD

<20173> La garantía de intagibilidad salarial no juega en los casos de reducciones generales en las remuneraciones que alcancen a toda la administración pública. Trátase de una situación que exige el sacrificio general, y en imperio de la equidad los jueces no pueden constituir la excepción. (Cf. Convencional Gadano) .


C., C. M. S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 93 - 21/07/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

PROVINCIAS - EMERGENCIA ECONOMICA - DEUDA PUBLICA - ADMINISTRACION PUBLICA - SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

<20174> En el marco de la situación de emergencia económica en la que la Provincia se encuentra, y con la intención de que todos los sectores de la Administración Pública (en sentido lato) contribuyan a la superación de la crisis que se evidencia en dos aspectos concretos, déficit entre sus ingresos y egresos y existencia de deuda pública, ambos de enorme importancia; ha llevado a este Superior Tribunal de Justicia a dictar la Acordada Nro. 1/97 . Ello, pese a las anteriores medidas adoptadas, que si bien mejoraron la situación, no resultaron suficientes para superar la emergencia, motivando el dictado del DL. Nro. 1/97, que reasigna los créditos presupuestarios otorgados al Poder Judicial, disminuyendo el presupuesto que en su momento le fuera aprobado para el corriente año.


C., C. M. S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 93 - 21/07/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD: IMPROCEDENCIA - RADICACION DE INDUSTRIAS - DESVALORIZACION DEL INMUEBLE - DAÑO ECOLOGICO

<20129> Los actores atacan la legislación municipal -ordenanzas nro. 084 y 095/95- por contrariar lo normado en normas jerárquicamente superiores: art. 85 de la Constitución Provincial y arts. 17 y 41 de la Constitución Nacional pretendiendo la nulidad de las mismas y su inconstitucionalidad. En el caso no se ha alcanzado a evidenciar que se est‚ ante una concreta vulneración al medio ambiente, a su aptitud para el desarrollo humano, o que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes comprometiendo las de las generaciones futuras; correspondiendo rechazar la acción de inconstitucionalidad. Por ello ante la eventual constatación de un perjuicio, quien pudiere verse afectado podrá hacer valer las acciones a través de las vías ordinarias que la ley autoriza, ya se trate del menor valor de los inmuebles adyacentes al establecimiento -frigorífico-, o de los eventuales daños ambientales que pudieran surgir, daños -estos últimos- que generan prioritariamente la obligación de recomponer (Cf. art. 41 de la Constitución Nacional) . Además, queda abierta, la vía emprendida originariamente: el agotamiento de la instancia administrativa y la prosecución del proceso administrativo correspondiente.


D., M. C. Y OTROS s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Sin datos

SENTENCIA: 20 - 11/04/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4