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Busqueda realizada: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD (Todas las Palabras)

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PROCEDIMIENTO LABORAL - CÉDULA DE NOTIFICACIÓN - COMPUTO DEL PLAZO - INTERPOSICIÓN DEL RECURSO

Surge evidente que la demandada tomó conocimiento de la aprobación de la liquidación con la primera cédula de notificación enviada por el actor, razón por la cual carecen de efectos jurídicos las notificaciones cursadas por el Tribunal a ambas partes ocho días después. De esta manera, el plazo para interponer los recursos establecidos en el art. 56 de la Ley 1504 empezó a correr el día 21/06/19 y venció en las dos primeras horas del día 10/07/19, por lo que el remedio extraordinario presentado resulta extemporáneo (cf. STJRNS3 Se. 151/20 "HORIZONTE"). (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia)


GIRAUDY, JUSTO J. C/ CAJA FORENSE DE RIO NEGRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (l) (EX- 29286/17)

BA-07067-L-0000

SENTENCIA: 112 - 30/08/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

NOTIFICACIÓN - CORREO ELECTRÓNICO - DEFECTOS PROCEDIMENTALES - PLAZO

El art. 8 del sistema de notificaciones electrónicas aprobado por Acordada N° 5/18 STJRN, que regula las notificaciones efectuadas en domicilios electrónicos constituidos, establece que producirán sus efectos procesales el día martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de aquellos resultase feriado o inhábil- a aquél en el que la cédula electrónica hubiere quedado disponible en el domicilio electrónico constituido por el destinatario de la notificación. Los plazos -expresa el artículo- comenzarán a correr al día siguiente del momento en que la notificación produce sus efectos, y la notificación ministerio legis (también denominada automática, o por nota), opera los días martes y viernes, o el siguiente día hábil judicial, si alguno de ellos no lo fuere (art. 133 del CPCyC). (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia)


GIRAUDY, JUSTO J. C/ CAJA FORENSE DE RIO NEGRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (l) (EX- 29286/17)

BA-07067-L-0000

SENTENCIA: 112 - 30/08/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

PROCEDIMIENTO LABORAL - IMPULSO PROCESAL - NOTIFICACIÓN

Es útil recordar que de acuerdo al artículo 13° de la Ley 1504, un proceso laboral no solo podrá ser impulsado por el Tribunal a cargo del mismo sino también por las partes. Sumado a ello, no existe prevalencia de la notificación efectuada por la Cámara del Trabajo por sobre la anterior realizada a instancia de la actora de acuerdo al juego interpretativo armónico de los artículos 13°, 18° y cc. de la Ley 1504. (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia)


GIRAUDY, JUSTO J. C/ CAJA FORENSE DE RIO NEGRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (l) (EX- 29286/17)

BA-07067-L-0000

SENTENCIA: 112 - 30/08/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO - DOCTRINA DE LA CORTE

Si no hay un agravio sustancial efectivo a las cláusulas constitucionales que se alegan, no existe la relación directa a que alude el art. 15 de la Ley N° 48, la cual solo se manifiesta cuando la solución del caso requiere necesariamente de la interpretación de la norma constitucional aducida; de otro modo la jurisdicción de la Corte Suprema sería indebidamente privada de todo límite, pues no hay derecho que en definitiva no tenga raíz y fundamento en la Constitución Nacional, aunque esté directa e inmediatamente regido por el derecho no federal (cf. Fallos: 310:2306). (Voto del Dr. Ceci, Dra. Criado y Dr. Apcarian sin disidencia)


CANTALUPPI, SANTIAGO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Originarias) (ORDENANZAS N° 2809-CM-16 Y 2810-CM-16 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE)

VI-00628-O-0000

SENTENCIA: 163 - 14/12/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION

El recurrente no consigue exponer con precisión cuál es la cuestión federal planteada, teniendo en cuenta que ello implica la indicación precisa de su configuración y la demostración del vínculo existente entre ésta y los hechos relevantes de la causa. (Voto del Dr. Ceci, Dra. Criado y Dr. Apcarian sin disidencia)


CANTALUPPI, SANTIAGO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Originarias) (ORDENANZAS N° 2809-CM-16 Y 2810-CM-16 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE)

VI-00628-O-0000

SENTENCIA: 163 - 14/12/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION

Los cuestionamientos formulados carecen de entidad para demostrar que el fallo prescinde inequívocamente de la solución prevista en la ley o adolece de una manifiesta falta de fundamentación (cf. Fallos: 310:1707) o que acuña una equivocación tan grosera que aparece como algo inconcebible dentro de la racional administración de justicia (cf. Fallos: 336:2404), por lo cual no cabe tener por configurado tal supuesto de acceso a la revisión extraordinaria. (Voto del Dr. Ceci, Dra. Criado y Dr. Apcarian sin disidencia)


CANTALUPPI, SANTIAGO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Originarias) (ORDENANZAS N° 2809-CM-16 Y 2810-CM-16 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE)

VI-00628-O-0000

SENTENCIA: 163 - 14/12/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

La propia naturaleza de la vía extraordinaria prevista en el art. 14 de la Ley N° 48 demanda que los recurrentes impugnen el pronunciamiento que objetan, demostrando asimismo ante la Corte por qué consideran que la decisión no satisface el derecho federal invocado. (Voto del Dr. Ceci, Dra. Criado y Dr. Apcarian sin disidencia)


CANTALUPPI, SANTIAGO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Originarias) (ORDENANZAS N° 2809-CM-16 Y 2810-CM-16 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE)

VI-00628-O-0000

SENTENCIA: 163 - 14/12/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4