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Las críticas no son novedosas, sino que presenta una reedición de agravios que no logran superar las conclusiones brindadas en la sentencia atacada. (Voto del Dr. Apcarian, Dr. Ceci y Dra. Criado sin disidencia) B.A.J. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-CI-02052-2019 SENTENCIA: 111 - 04/10/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Si el recurso principal fue declarado inadmisible debido a una deficiente exposición de agravios, que dejaría en evidencia un mero desacuerdo con lo resuelto, incumbe al recurrente rebatir dicha argumentación relativa al alcance que el tribunal denegante de la vía le ha dado a tal ausencia de demostración. No obstante, el Defensor Penal no solo incumple dicho cometido, sino que insiste en los mismos planteos, situación que también impide habilitar la instancia. (Voto de la Dra. Piccinini, Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dr. Ceci sin disidencia) A. V. H. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-CI-00725-2023 SENTENCIA: 25 - 20/02/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La defensa reedita los cuestionamientos referidos a aspectos fácticos y probatorios que resultan ajenos a la instancia pretendida, invocando la supuesta arbitrariedad de lo decidido y la violación de principios, derechos y garantías constitucionales que no demuestra. (Voto del Dr. Apcarian, Dr. Ceci y Dra. Piccinini sin disidencia) L. J. J . S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO - LEY 5020 MPF-RO-04438-2019 SENTENCIA: 102 - 20/09/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Las críticas del apoderado de la querella no son novedosas, sino que reeditan tópicos que no constituyen un supuesto de arbitrariedad de sentencia, motivo por el cual ha sido correctamente denegada su presentación. (Voto de la Dra. Piccinini, Dr. Barotto y Dr. Apcarian sin disidencia) GUTIÉRREZ DE LIO RAMIRO Y FERNÁNDEZ PELAYO JESÚS OSCAR” - LEY P 5020 MPF-BA-03375-2017 SENTENCIA: 51 - 16/05/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Le asiste razón al TI al advertir que ambas recurrentes omiten demostrar la arbitrariedad alegada, lo cual impide habilitar la excepcional instancia prevista en el art. 242 del Código Procesal Penal, en la medida en que los agravios carecen de eficacia pues desatienden los fundamentos concretos de ese organismo y son la reedición de una opinión ya analizada y desechada. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) NAHUELCHEO ALFREDO ROBERTO Y OTROS S/ HOMICIDIO CULPOSO - LEY P 5020 MPF-VI-01257-2021 SENTENCIA: 111 - 09/09/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Las respuestas del TI a los planteos del letrado particular son suficientes y completas, de modo que sus cuestionamientos no son más que una reedición de agravios que no logran superar las conclusiones brindadas en la sentencia atacada. (Voto del Dr. Apcarian, Dr. Ceci y Dra. Criado sin disidencia) B.L.C. C/ G.J.I. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL - LEY 5020 MPF-BA-06045-2019 SENTENCIA: 24 - 12/04/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Las respuestas del TI a los planteos del letrado particular tanto en el marco de la impugnación ordinaria como en la vía extraordinaria son suficientes y completas, de manera que los vagos cuestionamientos que introduce en su presentación no son más que una reedición de agravios que no logran superar las conclusiones brindadas en la sentencia atacada. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dra. Criado sin disidencia) M.M.J. C/ H.M. S/ ABUSO SEXUAL Y LESIONES AGRAVADAS - LEY 5020 MPF-BA-05693-2019 SENTENCIA: 11 - 08/02/2023 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Ninguno de los dos escritos cumplimenta con el inciso 1) B de la Acordada N° 9/23 STJRN en tanto superan las 10 páginas de extensión máxima y los 26 renglones previstos para cada una. El cumplimiento de este requisito formal no podría ser calificado como propio de una interpretación excesivamente rigurosa, pues hace referencia al ordenamiento mínimo que se procura para los escritos y es similar a lo exigido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para quienes pretendan presentarlos en su sede. Asimismo, la parte no ensaya ninguna justificación para un desvío de tal magnitud, ni demuestra que la norma implicaría una restricción a sus necesidades argumentativas. Por el contrario, lo que se observa es una innecesaria reiteración de agravios. (Voto del Dr. Apcarian, Dr. Barotto, Dr. Ceci y Dra. Piccinini sin disidencia) PADILLA IBAÑEZ ESTHER LILIANA S/ HOMICIDIO CULPOSO - LEY P 5020 MPF-VI-01223-2024 SENTENCIA: 130 - 19/08/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La defensa reedita cuestiones de hecho y prueba ajenas al control extraordinario, en tanto bajo ningún aspecto se verifica un caso de arbitrariedad de sentencia (art. 242 inc. 2° CPP). D.R.D. C/ M. D. S. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS Y AMENAZAS - LEY 5020 MPF-BA-00041-2019 SENTENCIA: 26 - 30/03/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La parte reedita los mismos agravios abordados tanto por el TJ como por el TI en la confirmación de la decisión unificatoria, de modo que en la impugnación extraordinaria no se expresan argumentos nuevos o superadores aptos para habilitar el control de este Cuerpo. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Ceci sin disidencia) ANTOLINI ORLANDO JAVIER S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO - LEY 5020 MPF-RO-00006-2018 SENTENCIA: 147 - 27/12/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |