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Los cuestionamientos relativos a la acreditación de la materialidad y la autoría consecuente versan sobre aspectos de hecho y prueba ajenos al control extraordinario, salvo que se constate la existencia de alguno de los supuestos previstos por el art. 242 del rito. (Voto del Dr. Apcarian, Dr. Barotto, Dr. Ceci y Dra. Criado sin disidencia) C., N. A. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-RO-01046-2021 SENTENCIA: 77 - 02/07/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Son ajenos a la vía intentada los agravios vinculados con la prueba de la materialidad y la autoría, la calidad del apoderamiento (consumado o tentado), la determinación del dolo en la utilización de un arma impropia para intimidar, la asimilación de un artefacto inhibidor de cierre remoto de puertas a una llave falsa o ganzúa o la justipreciación de determinada circunstancia fáctica para los fines del monto de la pena. Ello es así dado que todos los temas se vinculan con cuestiones de hecho, prueba y derecho común decididas sin arbitrariedad. (Voto de los Dres. Apcarian, Barotto y Ceci sin disidencia) CERDA CHIARADÍA MARCELO Y OTRO S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA - LEY 5020 MPF-VI-01425-2021 SENTENCIA: 114 - 04/09/2023 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
En cuanto al incumplimiento del inc. A.1 del art. 1 de la Ac. 09/23 STJ, es dable señalar que su vigencia no puede ser reputada como sorpresiva o novedosa, dado que fue dada a publicidad el 5 de junio de 2023 pero, justamente para evitar la circunstancia apuntada por la defensa, comenzó a regir el 1 de septiembre de ese año, lapso que resulta suficiente para que los interesados se anoticien de su contenido y tomen los recaudos pertinentes para cumplir sus exigencias. En consecuencia, corresponde desestimar la pretensión de obviar la aplicación del reglamento vigente. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zágari y Dr. Brussino Kain sin disidencia) UFT 1 (EN REPRESENTACIÓN MENOR M.M.G.) C/ L. N. G. Y OTROS S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-VI-02200-2019 SENTENCIA: 27 - 20/03/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La queja resulta infundada, ya que los planteos que la parte intenta hacer valer aparecen como una mera disconformidad con la sentencia condenatoria recaída contra su asistido tras la celebración del juicio ante los jurados populares, mas no acredita una afectación constitucional o un error judicial que evidencie la existencia de una cuestión federal que deba ser atendida en esta instancia. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian, Dr. Ceci y Dra. Criado sin disidencia) HERRERA RICARDO (F) C/ BAEZ MAURICIO NICOLÁS Y ALMONACID DAVID EZEQUIEL S/ HOMICIDIO - LEY 5020 MPF-BA-02775-2021 SENTENCIA: 72 - 19/06/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |