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RECUSACIÓN - CÓDIGO PROCESAL PENAL - INTERPRETACIÓN DE LA LEY

La nueva legislación adopta la necesidad del apartamiento del magistrado "cuando existan motivos graves que afecten su imparcialidad" (art. 31 Ley 5020), lo que no implica dejar de lado la interpretación restrictiva de las causales, toda vez que suponen un desplazamiento de la competencia -de orden público- de quien es el juez natural de la causa.


RODRIGUEZ LASTRA S/INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÙBLICO

MPF-CI-00050-2017

SENTENCIA: 80 - 11/11/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

PROCESO PENAL - INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN - CITACIÓN A JUICIO - CÓDIGO PROCESAL PENAL - INTERPRETACIÓN DE LA LEY

Cabe tener presente que el legislador previó la celebración de una audiencia en la cual el juez debe delimitar la competencia del tribunal interviniente, la acusación admitida, los hechos acreditados en virtud de las eventuales convenciones probatorias, las pruebas, etc. y, una vez concluida, dictará el auto de citación a juicio con remisión a la Oficina Judicial a sus efectos (arts. 162, 163 y 168 CPP). Ello, lejos de asimilarse a un supuesto de analogía in malam partem, guarda identidad con lo establecido en el código de fondo como una actividad del proceso que posee capacidad y entidad interruptora de la acción penal, esto es, en lo particular, lo que dispone el inc. d del art. 67 referido: "el auto de citación a juicio o acto procesal equivalente". (Voto del Dr. Barotto, Dr. Ceci y Dra. Piccinini sin disidencia)


UFT N° 3/NN (SAO) - LEY 5020

MPF-VI-00897-2018

SENTENCIA: 115 - 29/09/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

PRISIÓN PREVENTIVA - INTENCIÓN DE ENTORPECER LA INVESTIGACIÓN JUDICIAL - INTERPRETACIÓN DE LA LEY

La frase "entorpecimiento de la investigación" debe ser entendida como "entorpecimiento del enjuiciamiento o probatorio" hasta abarcar incluso la etapa de juicio (cf. CSJN, "SALA", del 05/12/17).


MASSETTA CESAR Y OTRO S/ HOMICIDIO - LEY 5020

MPF-SA-00562-2020

SENTENCIA: 52 - 12/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - COMPETENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SENTENCIA ABSOLUTORIA - INTERPRETACIÓN DE LA LEY

La previsión del último párrafo del art. 247 de la misma Ley 5020 que, en la continuidad del trámite del control extraordinario estipulado a partir del artículo ya mencionado, regula diversos supuestos derivados de un eventual reenvío por anulación de sentencia. Una interpretación contraria implicaría negarle a este Cuerpo su intervención como superior tribunal de la causa en el orden local pese a que, de modo concordante, los incs. 1º y 3º del mismo art. 242 le permiten el análisis de la validez de una ley, ordenanza, decreto o reglamento que estatuyan sobre materia regida por la Constitución; cuando la decisión sea contraria a las pretensiones del impugnante (de nuevo, sin distinciones en cuanto a la parte afectada), y en caso de que una sentencia del Tribunal de Impugnación sea contradictoria con sus propios fallos o con la doctrina del Superior Tribunal sobre la misma cuestión. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Mansilla, Dr. Apcarian y Dra. Zaratiegui por la mayoría) 


AGUINAGA MARCELO RENATO S/TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE GUERRA (LEX: 1VI-20792-P2017)

MPF-VI-02261-2017

SENTENCIA: 35 - 17/04/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECUSACIÓN Y EXCUSACIÓN - CÓDIGO PROCESAL PENAL - INTERPRETACIÓN DE LA LEY - IMPARCIALIDAD DEL JUEZ

Cabe recordar que el nuevo código de procedimientos en materia penal conforme la Ley 5020, al regular los institutos de la excusación y recusación, explicita el criterio ya iniciado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Llerena" (cf. Fallos 328:1491), según el cual lo relevante para estos planteos es la verificación de la sospecha de parcialidad en el caso concreto y no la determinación abstracta de un motivo contemplado en la ley. En efecto, la nueva legislación abandona este sistema y adopta la necesidad del apartamiento "cuando existan motivos graves" que afecten la imparcialidad del Juez.


GIGLI, OCTAVO FRANCISCO MARCOS S/HOMICIDIO AGRAVADO

MPF-RO-00107-2017

SENTENCIA: 43 - 21/12/2018 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

GARANTÍA CONTRA LA AUTOINCRIMINACIÓN - NOTIFICACIÓN DE DERECHOS - IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO - INTERPRETACIÓN DE LA LEY

Para asegurarle al imputado las garantías necesarias para su defensa, el legislador local ha establecido que la policía debe informarle de manera inmediata y comprensible determinados derechos, enumerados en el art. 40 C.P. Empero, el código adjetivo prevé seguidamente que, en el primer acto en que intervenga, aquel debe ser identificado por sus datos personales y, si se abstiene de brindar esa información, se lo identificará por otros medios (art. 41). Luego, el art. 45 distingue entre el interrogatorio policial y el requerimiento de datos de identificación, prohibiendo uno y permitiendo el otro. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Barotto sin disidencia)


BATTISTI MIGUEL ANGEL C/NN S/ USURPACION - LEY 5020

MPF-VI-02145-2020

SENTENCIA: 137 - 03/11/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2