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Los incs. d) y e) del art. 3° de la Ac. 04/07 CSJN exigen la refutación de los fundamentos que dieron sustento a la decisión apelada y la demostración de que media una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido en el caso, además de que lo resuelto es contrario a los intereses del apelante. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Ceci y Dra. Piccinini sin disidencia) T. D. G. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-VR-00905-2021 SENTENCIA: 38 - 12/03/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El letrado insiste en manifestar su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface las prescripciones del art. 15 de la Ley 48, en tanto impone la "exigencia según la cual el escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, o sea que el apelante debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian" (cf. CSJN, Fallos: 329:2218, 330:16, 331:563 y 336:381). (Voto de los Dres. Barotto, Apcarian y Mansilla sin disidencia) L. I. D. C/ C. M. A. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-VR-00681-2018 SENTENCIA: 92 - 17/08/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Los letrados insisten en manifestar su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface las prescripciones del art. 15 de la Ley 48, en tanto impone la “exigencia según la cual el escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, o sea que el apelante debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian”, recaudo contemplado también en los diversos incisos del art. 3 de la Ac. 4/07 CSJN, normativa cuyo incumplimiento, determina su desestimación. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado, Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dr. Ceci) G. E. A. S/ TENENCIA Y DISTRIBUCIÓN DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL - LEY P 5020 MPF-RO-05810-2022 SENTENCIA: 75 - 02/07/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La defensa insiste en poner de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface las prescripciones del art. 15 de la Ley 48, en tanto impone la "exigencia según la cual el escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, o sea que el apelante debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian" (cf. CSJN, Fallos: 329:2218, 330:16, 331:563 y 336:381). (Voto de los Dres. Apcarian, Barotto y Mansilla sin disidencia) D.R.D. C/ M. D. S. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS Y AMENAZAS - LEY 5020 MPF-BA-00041-2019 SENTENCIA: 93 - 19/08/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |