Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: 5020 (Todas las Palabras)

Mostrando 1-10 de 13 elementos.

COMPETENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - CÓDIGO PROCESAL PENAL

La competencia de este Superior Tribunal en el caso de la impugnación extraordinaria está circunscripta a los "supuestos que correspondiere la interposición del recurso extraordinario federal" (art. 242 inc. 2 CPP Ley 5020). (Voto de los Dres. Barotto y Apcarian sin disidencia)


PENEPIL FERNANDO S/ HOMICIDIO CULPOSO

MPF-BA-00324-2017

SENTENCIA: 31 - 04/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - CÓDIGO PROCESAL PENAL

La nueva estructuración del Código Procesal Penal en materia recursiva y en la delimitación de competencias establece con claridad que la impugnación ante este Cuerpo es extraordinaria (cf. STJRNS2 Se. 4/18 "Z.F.S" Ley 5020).


MANRIQUEZ FIGUEROA CESAR WENSESLAO (F) C/RAMON SEGUNDO RAMIREZ QUEZADA, JELDRES ANTONIO, ESPINOZA KAREN SOLEDAD Y BIVANCO ROCÍO BELÉN, DÍAZ RODRIGO S/ HOMICIDIO CALIFICADO - LEY 5020

MPF-RO-03871-2019

SENTENCIA: 60 - 01/06/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - PROCEDENCIA - CÓDIGO PROCESAL PENAL

La competencia de este Superior Tribunal en el caso de la impugnación extraordinaria está circunscripta, en lo aquí invocado, a los "supuestos en que correspondiere la interposición del recurso extraordinario federal" (art. 242 inc. 2 CPP Ley 5020).


Y. C. C/ C. H. M. S/ HOMICIDIO AGRAVADO

MPF-BA-00053-2018

SENTENCIA: 41 - 05/12/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECUSACIÓN - CÓDIGO PROCESAL PENAL - INTERPRETACIÓN DE LA LEY

La nueva legislación adopta la necesidad del apartamiento del magistrado "cuando existan motivos graves que afecten su imparcialidad" (art. 31 Ley 5020), lo que no implica dejar de lado la interpretación restrictiva de las causales, toda vez que suponen un desplazamiento de la competencia -de orden público- de quien es el juez natural de la causa.


RODRIGUEZ LASTRA S/INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÙBLICO

MPF-CI-00050-2017

SENTENCIA: 80 - 11/11/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECUSACIÓN - CÓDIGO PROCESAL PENAL - INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA

La nueva legislación procesal adopta la necesidad del apartamiento del magistrado "cuando existan motivos graves que afecten su imparcialidad" (art. 31 Ley 5020), lo que no implica dejar de lado la interpretación restrictiva de las causales, toda vez que suponen un desplazamiento de la competencia -de orden público- de quien es el juez natural de la causa.


HERRERA JUANA ESTHER S/ DCIA. MALA PRAXIS - LEY 5020

MPF-VR-00450-2017

SENTENCIA: 35 - 15/04/2021 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

CÓDIGO PROCESAL PENAL - RECURSO DE REVISIÓN PENAL

En nuestro Código Procesal Penal la acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita es el recurso de revisión del art. 252, que procede solo contra sentencias condenatorias firmes.


MASSETTA CESAR Y OTRO S/ HOMICIDIO - LEY 5020

MPF-SA-00562-2020

SENTENCIA: 50 - 12/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - CÓDIGO PROCESAL PENAL

Este Superior Tribunal de Justicia se ha pronunciado también en numerosas oportunidades respecto de la habilitación del control extraordinario previsto por el art. 242 de la norma ritual, en especial sobre su inc. 2°, que incluye los supuestos de arbitrariedad de sentencia propios de la apelación federal. Así, en el fallo STJRNS2 Se. 61/19 Ley 5020, se ha establecido que la nueva estructuración del Código Procesal Penal en materia recursiva y en la delimitación de competencias establece con claridad que la impugnación ante este Cuerpo es extraordinaria.


B. M. A. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020

MPF-CI-00772-2017

SENTENCIA: 73 - 23/06/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

PROCESO PENAL - INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN - CITACIÓN A JUICIO - CÓDIGO PROCESAL PENAL - INTERPRETACIÓN DE LA LEY

Cabe tener presente que el legislador previó la celebración de una audiencia en la cual el juez debe delimitar la competencia del tribunal interviniente, la acusación admitida, los hechos acreditados en virtud de las eventuales convenciones probatorias, las pruebas, etc. y, una vez concluida, dictará el auto de citación a juicio con remisión a la Oficina Judicial a sus efectos (arts. 162, 163 y 168 CPP). Ello, lejos de asimilarse a un supuesto de analogía in malam partem, guarda identidad con lo establecido en el código de fondo como una actividad del proceso que posee capacidad y entidad interruptora de la acción penal, esto es, en lo particular, lo que dispone el inc. d del art. 67 referido: "el auto de citación a juicio o acto procesal equivalente". (Voto del Dr. Barotto, Dr. Ceci y Dra. Piccinini sin disidencia)


UFT N° 3/NN (SAO) - LEY 5020

MPF-VI-00897-2018

SENTENCIA: 115 - 29/09/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - COMPETENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES RECURRIBLES - CÓDIGO PROCESAL PENAL

Por regla general, la competencia de este Cuerpo para ingresar al control extraordinario de lo decidido por el TI se encuentra regida por el art. 242 del Código Procesal Penal, de modo tal que atiende a las cuestiones introducidas contra sentencias absolutorias, condenatorias o que dispongan medidas de seguridad, pues reúnen la calidad de definitivas. (Voto de los Dres. Barotto y Mansilla en disidencia)


MASSETTA CESAR Y OTRO S/ HOMICIDIO - LEY 5020

MPF-SA-00562-2020

SENTENCIA: 54 - 18/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECUSACIÓN Y EXCUSACIÓN - CÓDIGO PROCESAL PENAL - INTERPRETACIÓN DE LA LEY - IMPARCIALIDAD DEL JUEZ

Cabe recordar que el nuevo código de procedimientos en materia penal conforme la Ley 5020, al regular los institutos de la excusación y recusación, explicita el criterio ya iniciado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Llerena" (cf. Fallos 328:1491), según el cual lo relevante para estos planteos es la verificación de la sospecha de parcialidad en el caso concreto y no la determinación abstracta de un motivo contemplado en la ley. En efecto, la nueva legislación abandona este sistema y adopta la necesidad del apartamiento "cuando existan motivos graves" que afecten la imparcialidad del Juez.


GIGLI, OCTAVO FRANCISCO MARCOS S/HOMICIDIO AGRAVADO

MPF-RO-00107-2017

SENTENCIA: 43 - 21/12/2018 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2