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La competencia de este Superior Tribunal en el caso de la impugnación extraordinaria está circunscripta a los "supuestos que correspondiere la interposición del recurso extraordinario federal" (art. 242 inc. 2 CPP Ley 5020). (Voto de los Dres. Barotto y Apcarian sin disidencia) PENEPIL FERNANDO S/ HOMICIDIO CULPOSO MPF-BA-00324-2017 SENTENCIA: 31 - 04/09/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |