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Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada Nº 4/2007 (cf. Fallos 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional. V. M. N. C/ M. G. D. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO - LEY 5020 MPF-BA-02477-2017 SENTENCIA: 79 - 28/07/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Las apelaciones intentadas no reúnen los recaudos plasmados en los arts. 2 y 3 de la Ac. 4/07, dado que incurren en defectos formales en sus carátulas y despliegan una argumentación que no resulta idónea para refutar la motivación del fallo atacado, en tanto versan sobre temáticas que, además de ser impropias de la instancia pretendida. (Voto de la Dra. Piccinini, Dr. Apcarian y Dr. Ceci sin disidencia) C.G.S (VTMA. FATAL) C/ PAINEFIL QUIMEI MALEN Y OTROS S/ HOMICIDIO CULPOSO - LEY P 5020 MPF-BA-06192-2021 SENTENCIA: 13 - 13/02/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada Nº 4/2007 (cf. Fallos: 340:403) y, eventualmente, evaluar si en un primer análisis la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar el supuesto excepcional de la arbitrariedad. (Voto de la Dra. Criado, Dr. Ceci y Dr. Apcarian sin disidencia) BONNEFOI SANDRO FABIAN SEGUEL FRANCO MARTIN S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA BLANCA - LEY 5020 MPF-BA-00442-2020 SENTENCIA: 87 - 23/08/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
En la carátula que acompaña el recurso extraordinario federal, la Defensa no informa adecuadamente la oportunidad en que se introdujeron y mantuvieron las cuestiones federales planteadas, ni señala con claridad cuáles son estas, sino que se limita a citar las normas y fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que entiende corresponden al caso y, por ello, desatiende el inc. i) del art. 2° de la Acordada 4/07 CSJN. (Voto de los Dres. Ceci, Barotto y Apcarian sin disidencia) V. U. A. Y A. I. C/ P. B. E. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO - LEY P 5020 MPF-CI-03237-2020 SENTENCIA: 19 - 20/02/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada Nº 4/2007 (cf. Fallos 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional. FISCALIA DESCENTRALIZADA DE SAN ANTONIO OESTE C/ BARILÁ RUBÉN Y OTRO S/HOMICIDIO SIMPLE - LEY 5020 MPF-SA-00204-2018 SENTENCIA: 76 - 07/07/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
En las carátulas que acompañan los recursos, los firmantes no informan adecuadamente la oportunidad en que se introdujeron y mantuvieron las cuestiones federales esgrimidas ni señalan con claridad cuáles son estas, sino que se limitan a citar las normas y fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que entienden aplicables y, por ello, dicho proceder desatiende el inc. i del art. 2 de la Ac. 04/07. (Voto de la Dra. Piccinini, Dr. Apcarian y Dr. Ceci sin disidencia) C.G.S (VTMA. FATAL) C/ PAINEFIL QUIMEI MALEN Y OTROS S/ HOMICIDIO CULPOSO - LEY P 5020 MPF-BA-06192-2021 SENTENCIA: 13 - 13/02/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Los recurrentes desoyen los requisitos plasmados en el art. 3 de la Ac. 04/07, pues no realizan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso relacionadas con las cuestiones invocadas como de índole federal (inc. b), no demuestran el gravamen ocasionado (inc. c), no refutan todos y cada uno de los fundamentos que dan sustento a la decisión apelada (inc. d) ni tampoco demuestran que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso (inc. e). (Voto de la Dra. Piccinini, Dr. Apcarian y Dr. Ceci sin disidencia) C.G.S (VTMA. FATAL) C/ PAINEFIL QUIMEI MALEN Y OTROS S/ HOMICIDIO CULPOSO - LEY P 5020 MPF-BA-06192-2021 SENTENCIA: 13 - 13/02/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Si bien ha sido interpuesto en término y por parte legitimada al efecto, el recurso no reúne los recaudos plasmados en los arts. 1, 2 y 3 de la Ac. 04/07 CJSN, dado que incurre en defectos formales en la carátula y en el escrito, y despliega una argumentación que no resulta idónea para refutar la motivación del fallo atacado, en tanto versa sobre temáticas que, además de ser impropias de la instancia pretendida. (Voto de la Dra. Criado, Dr. Apcarian y Dr. Barotto sin disidencia) G.J.C. S/DAÑO, AMENAZAS, SEGUIDAS DE LESIONES LEVES AGRAVADAS POR EL CONTEXTO DE GÉNERO Y COACCIÓN - LEY P 5020 MPF-CA-00802-2022 SENTENCIA: 6 - 06/03/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos: 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada Nº 4/2007 (cf. Fallos: 340:403) y, eventualmente, evaluar si en un primer análisis la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar el supuesto excepcional de la arbitrariedad. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Ceci sin disidencia) M. M. E. C/ R. J. M. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO (VICT.A.VM. (4)) - LEY 5020 MPF-CH-01191-2018 SENTENCIA: 157 - 02/12/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Como ha establecido la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos: 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada N° 4/2007 (cf. Fallos: 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dra. Piccinini sin disidencia) BATTCOCK CRISTIAN GUILLERMO (REPCOLEGIO DE PSICÓLOGOS) C/ OCHOA MARÍA ELENA S/ ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA - LEY 5020 MPF-VI-01698-2017 SENTENCIA: 103 - 30/08/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |