Busqueda realizada: 5020 (Todas las Palabras)
La carátula que acompaña el recurso extraordinario federal, la parte no informa adecuadamente la oportunidad en que se introdujeron y mantuvieron las cuestiones federales planteadas, ni señala con claridad cuáles son estas, sino que se limita a citar las normas y fallos de la CSJN que entiende corresponden al caso y, por ello, desatiende el inc. i del art. 2° de la Acordada 04/07 CSJN. (Voto del Dr. Ceci, Dr. Barotto y Dra. Piccinini sin disidencia) PINO EMANUEL ALEJANDRO S/ DETENIDO EN UNIDAD CARCELARIA (SA) - LEY P 5020 RO-04665-P-0000 SENTENCIA: 56 - 08/04/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Como ha establecido la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos: 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada N° 4/2007 (cf. Fallos: 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dra. Piccinini sin disidencia) ANGULO JOSE MATIAS Y OTROS S/ HOMICIDIO (VICTMA, BAHAMONDE EDGARDO) - LEY 5020 MPF-EB-00251-2019 SENTENCIA: 100 - 25/08/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
En la carátula que acompaña el recurso extraordinario federal, el letrado no informa adecuadamente la oportunidad en que se introdujeron y mantuvieron las cuestiones federales planteadas, ni señala con claridad cuáles son estas, sino que se limita a citar las normas y fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que entiende corresponden al caso y, por ello, desatiende el inc.i del art. 2° del reglamento aplicable. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado, Dr. Barotto y Dr. Apcarian sin disidencia) LOTTO MARIA EUGENIA C/NN S/ ROBO - LEY P 5020 MPF-CA-00135-2018 SENTENCIA: 52 - 22/05/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El recurso no reúne los recaudos plasmados en los arts. 2º y 3° de la Acordada 04/07 CSJN, dado que incurre en defectos formales en la carátula y despliega una argumentación que no resulta idónea para refutar la motivación del fallo atacado, en tanto versa sobre temáticas que, además de ser impropias de la instancia pretendida, ya fueron debidamente abordadas en la sentencia en crisis. (Voto de la Dra. Criado, Dra. Piccinini, Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dr. Ceci) K. G. C/ O. H.D.M. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-CS-00694-2022 SENTENCIA: 4 - 05/02/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
En la carátula acompañada los letrados no individualizan de modo completo la decisión cuestionada, pues no indican su número ni la fecha de dictado, por lo que no cumplen con el art. 2° inc. f del reglamento aplicable. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian, Dr. Ceci, Dra. Criado y Dra. Piccinini) S. D. Y M. C. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-RO-05323-2020 SENTENCIA: 54 - 22/05/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
En la carátula que acompaña el recurso extraordinario federal, el presentante no informa adecuadamente la oportunidad en que se introdujeron y mantuvieron las cuestiones federales planteadas ni señala con claridad cuáles son estas, sino que se limita a citar las normas y fallos de la CSJN que entiende aplicables al caso y, por ello, desatiende el inc. i) del art. 2° de la Ac. 04/07 de la CSJN. (Voto del Dr. Ceci, Dr. Apcarian y Dra. Piccinini sin disidencia) S. M. H. D. S/ ABUSO SEXUAL (J) - LEY P 5020 MPF-CI-05133-2022 SENTENCIA: 21 - 20/02/2025 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos: 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada Nº 4/2007 (cf. Fallos: 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional. (Voto de los Dres. Barotto, Apcarian y Mansilla sin disidencia) L. I. D. C/ C. M. A. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-VR-00681-2018 SENTENCIA: 92 - 17/08/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada N° 4/2007 (cf. Fallos 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional. S. C. M. E. C/ C. R. Z. S/ LESIONES - LEY 5020 MPF-RO-02323-2017 SENTENCIA: 120 - 28/12/2020 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El recurrente incumple las disposiciones del art. 3° del reglamento aplicable y no se hace cargo de demostrar la arbitrariedad que denuncia sino que, antes bien, efectúa un mero repaso de las actuaciones y desarrolla consideraciones generales pero no las relaciona debidamente con las circunstancias comprobadas. (Voto del Dr. Ceci, Dr. Barotto, Dr. Apcarian, Dra. Criado y Dra. Piccinini) BRAVO MICAELA (F) C/ PAINE ANGÉLICA S/ HOMICIDIO - LEY P 5020 MPF-BA-02313-2017 SENTENCIA: 138 - 25/10/2023 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Ha indicado reiteradamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos: 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada N° 4/2007 (cf. Fallos: 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional. C. M. A. C/ M. C. A. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO - LEY 5020 MPF-BA-00339-2018 SENTENCIA: 58 - 21/05/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |