Busqueda realizada: 5020 (Todas las Palabras)
Por regla general, la competencia de este Cuerpo para ingresar al control extraordinario de lo decidido por el TI se encuentra regida por el art. 242 del Código Procesal Penal, de modo tal que atiende a las cuestiones introducidas contra sentencias absolutorias, condenatorias o que dispongan medidas de seguridad, pues reúnen la calidad de definitivas. (Voto de los Dres. Barotto y Mansilla en disidencia) MASSETTA CESAR Y OTRO S/ HOMICIDIO - LEY 5020 MPF-SA-00562-2020 SENTENCIA: 54 - 18/05/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Por regla general, el control extraordinario respecto de lo decidido por el Tribunal de Impugnación procede ante el cuestionamiento de sentencias de absolución o condena, o vinculadas con medidas de seguridad, y que solo excepcionalmente se agregan a dicho catálogo aquellas que puedan ser equiparables a tales, atento a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia, en la medida en que se formule un agravio fundado en una lesión de naturaleza federal. G. A. G. C/ N. B. A. S/ PRESUNTO ABUSO SEXUAL AGRAVADO - LEY 5020 MPF-EB-00174-2017 SENTENCIA: 9 - 02/03/2020 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Este Cuerpo ha establecido la posibilidad de ingresar al tratamiento de impugnaciones contra decisiones que no revistan caracter de definitivas, en la medida en que se advierta un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior que aconseje la intervención solicitada y se plantee adecuadamente una cuestión federal que deba ser atendida en la primera oportunidad posible (cf. STJRNS2 A.I. 21/22 "MARCHISELLA"). (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zágari y Dr. Brussino Kain sin disidencia) UFT 1 (EN REPRESENTACIÓN MENOR M.M.G.) C/ L. N. G. Y OTROS S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-VI-02200-2019 SENTENCIA: 31 - 14/03/2023 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |