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Este Superior Tribunal ha sentado su postura en cuanto a que, verificado que se está ante el juzgamiento de hechos constitutivos de violencia de género y que existe dictamen negativo debidamente fundado, no resulta procedente la suspensión del juicio a prueba, con expresa cita del caso "GÓNGORA". (Voto del Dr. Mansilla, Dr. Apcarian y Dra. Zaratiegui por la mayoría) CH. C. S. C/F. M. L. S/LESIONES - LEY 5020 MPF-BA-05823-2018 SENTENCIA: 111 - 10/12/2020 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |