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La discrepancia de los letrados refiere a aspectos de hecho y prueba vinculados con la acreditación de la materialidad y la autoría de sus asistidos en los hechos descriptos por la acusación, lo que resulta ajeno a las previsiones del código adjetivo, que solo permite la intervención de este Tribunal en la medida en que, se acredite alguno de los supuestos en que procede el recurso extraordinario federal. (Voto de los Dres. Barotto, Apcarian y Ceci sin disidencia) U.V.S. C/T.H.N.B. Y C.S.J. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-BA-05631-2022 SENTENCIA: 84 - 05/07/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |