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El recurso de queja no puede prosperar pues no satisface las previsiones de la Ac. N° 9/2023-STJ, que en su art. 1° inc. B.8 dispone que el presentante deberá refutar en forma concreta y fundada, todos y cada uno de los fundamentos independientes que hayan dado sustento a la resolución denegatoria. (Voto de la Dra. Criado, Dr. Apcarian y Dr. Barotto sin disidencia) Y. M. J. E. S/ ABUSO SEXUAL - GROOMING - LEY P 5020 MPF-RO-01532-2020 SENTENCIA: 73 - 19/06/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El recurso de queja no puede prosperar pues no rebate lo sostenido en la denegatoria, defecto formal que impide la habilitación de la instancia. (Voto del Dr. Apcarian, Dr. Barotto y Dra. Criado sin disidencia) Q. J. C. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-VR-00698-2022 SENTENCIA: 16 - 11/03/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Le asiste razón al TI al advertir que ambas recurrentes omiten demostrar la arbitrariedad alegada, lo cual impide habilitar la excepcional instancia prevista en el art. 242 del Código Procesal Penal, en la medida en que los agravios carecen de eficacia pues desatienden los fundamentos concretos de ese organismo y son la reedición de una opinión ya analizada y desechada. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) NAHUELCHEO ALFREDO ROBERTO Y OTROS S/ HOMICIDIO CULPOSO - LEY P 5020 MPF-VI-01257-2021 SENTENCIA: 111 - 09/09/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El recurrente no plasma un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso relacionadas con las cuestiones invocadas como de índole federal -art. 3 inc. b Ac. 04/07 CSJN-, ni demuestra el gravamen ocasionado -inc. c-, ni refuta todos y cada uno de los fundamentos que dan sustento a la decisión apelada -inc. d- ni demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso -inc. e-. (Voto de la Dra. Criado, Dra. Piccinini y Dr. Barotto sin disidencia) B.R.E.M. C/ C.G. S/ LESIONES Y DAÑO - LEY P 5020 MPF-BA-02725-2020 SENTENCIA: 31 - 11/04/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Aunque la apelante anuncia que se dirige contra la sentencia definitiva delsuperior tribunal de la causa en el orden local, su escrito aparece dirigido a cuestionar mayormente la actuación tanto del TJ como del TI, lo que surge evidente al comprobar que el recurso extraordinario federal es una copia casi textual de la impugnación extraordinaria. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian y la Dra. Criado sin disidencia) G. N. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO - LEY P 5020 MPF-RO-05797-2021 SENTENCIA: 12 - 11/03/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El recurso de hecho interpuesto, además de contener reiterados errores ortográficos, resulta ostensiblemente infundado, dado que se limita a una mera enunciación de supuestas afectaciones de principios y garantías constitucionales pero no hace un mínimo esfuerzo por argumentar en ese sentido. Es decir, directamente no pueden verificarse las alegaciones efectuadas porque no las relaciona con los fundamentos de la denegatoria que habrían colisionado con sus intereses en el marco del control extraordinario. (Voto de los Dres. Barotto, Apcarian y Dr. Ceci sin disidencia) U.V.S. C/T.H.N.B. Y C.S.J. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-BA-05631-2022 SENTENCIA: 84 - 05/07/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Las quejas no pueden prosperar en tanto no satisfacen las previsiones de la Acordada N° 9/2023 STJ y, además, no rebaten lo sostenido en la denegatoria, lo que impide la habilitación de la instancia. En este orden de ideas, los defensores actuantes desatienden las previsiones del art. 1° inc. B.8, que dispone que el presentante deberá “refutar en forma concreta y fundada, todos y cada uno de los fundamentos independientes que hayan dado sustento a la resolución denegatoria”. (Voto de los Dres. Barotto, Apcarian y Ceci sin disidencia) U.V.S. C/T.H.N.B. Y C.S.J. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020 MPF-BA-05631-2022 SENTENCIA: 84 - 05/07/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La defensa particular desoye los requisitos plasmados en el art. 3° de la Ac. 4/07, puesto que no expone un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso que estén relacionadas con las cuestiones invocadas como de índole federal (inc. b), no demuestra el gravamen ocasionado (inc. c), no refuta todos y cada uno de los fundamentos que dan sustento a la decisión apelada (inc. d) ni tampoco demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso (inc. e). (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado, Dr. Barotto y Dr. Apcarian sin disidencia) LOTTO MARIA EUGENIA C/NN S/ ROBO - LEY P 5020 MPF-CA-00135-2018 SENTENCIA: 52 - 22/05/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El letrado apoderado de la querella desatiende la previsión del inc. B.8 del art. 1° de la Acordada N° 09/2023 STJ, que exige refutar en forma concreta y fundada todos y cada uno de los fundamentos independientes que hayan dado sustento a la resolución denegatoria, en tanto el escrito tiene esa única finalidad y no pueden introducirse en él cuestiones que no hayan sido planteadas en el recurso extraordinario. (Voto de la Dra. Piccinini, Dr. Barotto y Dr. Apcarian sin disidencia) GUTIÉRREZ DE LIO RAMIRO Y FERNÁNDEZ PELAYO JESÚS OSCAR” - LEY P 5020 MPF-BA-03375-2017 SENTENCIA: 51 - 16/05/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El recurso no satisface las prescripciones del art. 15 de la Ley 48, en tanto impone la “exigencia según la cual el escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, o sea que el apelante debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian”. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado, Dr. Barotto y Dr. Apcarian sin disidencia) LOTTO MARIA EUGENIA C/NN S/ ROBO - LEY P 5020 MPF-CA-00135-2018 SENTENCIA: 52 - 22/05/2024 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |