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La nueva estructuración del Código Procesal Penal en materia recursiva y en la delimitación de competencias establece con claridad que la impugnación ante este Cuerpo es extraordinaria (cf. STJRNS2 Se. 4/18 "Z.F.S" Ley 5020). MANRIQUEZ FIGUEROA CESAR WENSESLAO (F) C/RAMON SEGUNDO RAMIREZ QUEZADA, JELDRES ANTONIO, ESPINOZA KAREN SOLEDAD Y BIVANCO ROCÍO BELÉN, DÍAZ RODRIGO S/ HOMICIDIO CALIFICADO - LEY 5020 MPF-RO-03871-2019 SENTENCIA: 60 - 01/06/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La nueva legislación procesal adopta la necesidad del apartamiento del magistrado "cuando existan motivos graves que afecten su imparcialidad" (art. 31 Ley 5020), lo que no implica dejar de lado la interpretación restrictiva de las causales, toda vez que suponen un desplazamiento de la competencia -de orden público- de quien es el juez natural de la causa. HERRERA JUANA ESTHER S/ DCIA. MALA PRAXIS - LEY 5020 MPF-VR-00450-2017 SENTENCIA: 35 - 15/04/2021 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Este Superior Tribunal de Justicia se ha pronunciado también en numerosas oportunidades respecto de la habilitación del control extraordinario previsto por el art. 242 de la norma ritual, en especial sobre su inc. 2°, que incluye los supuestos de arbitrariedad de sentencia propios de la apelación federal. Así, en el fallo STJRNS2 Se. 61/19 Ley 5020, se ha establecido que la nueva estructuración del Código Procesal Penal en materia recursiva y en la delimitación de competencias establece con claridad que la impugnación ante este Cuerpo es extraordinaria. B. M. A. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-CI-00772-2017 SENTENCIA: 73 - 23/06/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
En nuestro Código Procesal Penal la acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita es el recurso de revisión del art. 252, que procede solo contra sentencias condenatorias firmes. MASSETTA CESAR Y OTRO S/ HOMICIDIO - LEY 5020 MPF-SA-00562-2020 SENTENCIA: 50 - 12/05/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Por regla general, la competencia de este Cuerpo para ingresar al control extraordinario de lo decidido por el TI se encuentra regida por el art. 242 del Código Procesal Penal, de modo tal que atiende a las cuestiones introducidas contra sentencias absolutorias, condenatorias o que dispongan medidas de seguridad, pues reúnen la calidad de definitivas. (Voto de los Dres. Barotto y Mansilla en disidencia) MASSETTA CESAR Y OTRO S/ HOMICIDIO - LEY 5020 MPF-SA-00562-2020 SENTENCIA: 54 - 18/05/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Cabe tener presente que el legislador previó la celebración de una audiencia en la cual el juez debe delimitar la competencia del tribunal interviniente, la acusación admitida, los hechos acreditados en virtud de las eventuales convenciones probatorias, las pruebas, etc. y, una vez concluida, dictará el auto de citación a juicio con remisión a la Oficina Judicial a sus efectos (arts. 162, 163 y 168 CPP). Ello, lejos de asimilarse a un supuesto de analogía in malam partem, guarda identidad con lo establecido en el código de fondo como una actividad del proceso que posee capacidad y entidad interruptora de la acción penal, esto es, en lo particular, lo que dispone el inc. d del art. 67 referido: "el auto de citación a juicio o acto procesal equivalente". (Voto del Dr. Barotto, Dr. Ceci y Dra. Piccinini sin disidencia) UFT N° 3/NN (SAO) - LEY 5020 MPF-VI-00897-2018 SENTENCIA: 115 - 29/09/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La impugnación extraordinaria incorpora los requisitos de habilitación del recurso de apelación federal (art. 242 inc. 2° CPP), de modo que, en cuanto a la arbitrariedad de sentencia, este Cuerpo solo analiza los casos en los que las contradicciones en la aplicación del método histórico o en las reglas que lo limitan en el ámbito jurídico sean de tal magnitud que lo hagan prácticamente irreconocible, o cuando indudablemente se desconozcan restricciones impuestas por la Constitución (cf. CSJN, Fallo "CASAL", consid. 31, últ. parte). (Voto del Dr. Barotto, Dr. Mansilla, Dr. Apcarian y Dra. Zaratiegui sin disidencia) MENDEZ IRENE BEATRIZ S/ HOMICIDIO CALIFICADO - LEY 5020 MPF-CI-00213-2017 SENTENCIA: 27 - 31/03/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Sabido es que el control extraordinario de lo resuelto en una causa se encuentra establecido en el art. 242 del código ritual, según el cual este Superior Tribunal de Justicia solo tiene facultad para entender respecto de las sentencias definitivas absolutorias y condenatorias y las que impongan una medida de seguridad, por los motivos traídos en sus tres incisos. HERRERA JUANA ESTHER S/ DCIA. MALA PRAXIS - LEY 5020 MPF-VR-00450-2017 SENTENCIA: 43 - 04/05/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Pese a que se invoca la afectación de normas y principios constitucionales, no se ha demostrado que la sentencia impugnada incurriera en el supuesto del inc. 2° del art. 242 del Código Procesal Penal, lo que impide el acceso a la instancia pretendida. BASCUR CLAUDIO MAXIMILIANO C/ RIFFO PABLO S/ LESIONES CULPOSAS - LEY 5020 MPF-BA-00193-2017 SENTENCIA: 40 - 27/04/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |