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Se requiere que el acto impugnado tenga trascendencia sobre las garantías esenciales de la defensa en juicio o se traduzca en la restricción de algún otro derecho, ya que de otro modo la sanción de nulidad aparecería respondiendo a un formalismo vacío, que va en desmedro de la idea de justicia y de la pronta solución de las causas, en lo que también está interesado el orden público (cf. Fallos: 323:929 y 323:930; STJRNS2 Se. 95/01 "SUÁREZ", Se. 09/06 "ANTORENA", Se. 110/12 "MORÓN" y 172/12 "CHUCAIR"). (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian, Dr. Ceci, Dra. Criado y Dra. Piccinini) M. C. R. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-VI-02069-2021 SENTENCIA: 27 - 06/03/2023 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Es dable declarar la nulidad de la declaración de inadmisibilidad emitida por el TI, por aplicación del precedente STJRNS2 Se. 52/20 "QUINTANA". Bajo ningún concepto podría sostenerse que aquel efectuó una revisión de lo decidido y garantizó el doble conforme, además de lo cual consta el reconocimiento de que este Cuerpo no puede actuar como una especie de tercera instancia, no prevista en el rito. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Piccinini y Dra. Criado sin disidencia) P. M. A. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-RO-03601-2019 SENTENCIA: 53 - 14/06/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Es inadmisible declarar la nulidad por la nulidad misma, ya que no se trata de remediar situaciones que pueden aparecer como defectuosas pero que no afectan el desarrollo normal del proceso. Debe descartarse invalidar actos cuando no se ha demostrado la existencia de perjuicio. Este Superior Tribunal de Justicia exige el señalamiento del perjuicio sufrido y del interés que se persigue con dicha declaración, de lo contrario, el planteo deviene abstracto, ya que la nulidad tiene por fin subsanar tal perjuicio. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian, Dr. Ceci, Dra. Criado y Dra. Piccinini) M. C. R. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-VI-02069-2021 SENTENCIA: 27 - 06/03/2023 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El déficit que queda en evidencia es que la resolución del TI 2 se aparta de los lineamientos establecidos por este Cuerpo, lo que implica un error procesal que debe ser sancionado con la nulidad de lo actuado. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zágari, Dra. Rodríguez, Dr. Brussino Kain y Dr. Stadler) UFT 1 (EN REPRESENTACIÓN MENOR M.M.G.) C/ L. N. G. Y OTROS S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 MPF-VI-02200-2019 SENTENCIA: 104 - 20/09/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |