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Busqueda realizada: daño moral (Todas las Palabras)

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DAÑO MORAL - DETERMINACIÓN DEL MONTO - FUNDAMENTACIÓN DE SENTENCIAS

Aún cuando en el estado actual del Derecho Argentino la determinación de la cuantía de la indemnización por daño moral constituye un problema de difícil solución, dado evidentemente por la falta de correspondencia entre el perjuicio espiritual y el patrón dinerario con que se resarce y por la inexistencia de un criterio normativo regulador que establezca algunas pautas comunes, en modo alguno ello habilita a determinar el daño moral en base a criterios absolutamente libres y puramente subjetivos del juzgador. La Corte Suprema de Justicia de la Nación sostiene desde hace décadas, que: “Para la determinación del resarcimiento, las normas aplicables que confieran a la prudencia de los magistrados un significativo cometido, no los autorizan a prescindir de uno de los requisitos de validez de los actos judiciales, cual es la fundamentación” (cf. CSJN, “GONZÁLEZ" 4/10/94, JA, 1995-II-19). (Voto del Dr. Barotto por la mayoría)


URRA, GUILLERMO AUDILIO Y OTROS C /PIERANGELINI, ROBERTO TOMAS Y OTRO S /ORDINARIO S/ CASACION (p/c: Expte. 405-12 Beneficio)

CS1-510-STJ2018

SENTENCIA: 72 - 20/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

INDEMNIZACION TARIFADA: ALCANCES - DAÑOS Y PERJUICIOS - DAÑO MATERIAL - DAÑO MORAL

<30803> La tarifa del art. 245 de la LCT cubre, por imperio legal, todos los daños y perjuicios emergentes del distracto, tanto materiales como morales. (MINORIA del Dr. Balladini). .


STJRNSL: SE. <163/00> “R. E. F. Y OTROS c/ BANCO DE RIO NEGRO S. A. s/ RECLAMO s/ INAPLICABILIDAD DE LEY”, (EXPTE. NRO. 13739/99 - STJ-). (16-11-00). LUTZ - SODERO NIEVAS - BALLADINI

Sin datos

SENTENCIA: 163 - 16/11/2000 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

DAÑOS Y PERJUICIOS - INDEMNIZACION - REPARACION INTEGRAL - DAÑO MORAL - INTERESES MORATORIOS - COMPUTO DEL PLAZO

<18123> (...) “...el juzgador no tiene necesidad de referirse al monto del daño moral al momento del hecho y luego elevarlo por la depreciación monetaria, al momento de sentencia puede efectuar directamente un cálculo actualizado (conf. Jorge Mosset Iturraspe, “Responsabilidad por Daños”, T* V - El Daño Moral - , pág. 298). (Cf. STJRNSC in re: “RESERVADO” Se. Nº 54/06 del 29-06-06). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


CASTAÑON MONICA C/ MONTAÑEZ JUAN CARLOS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ CASACIÓN

20870/06

SENTENCIA: 70 - 23/08/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

INDEMNIZACION POR DESPIDO: ALCANCES - DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA

<34651> En lo relativo al daño moral, cabe aclarar que no debe olvidarse que se está en presencia de un reclamo indemnizatorio por encima de lo legislado por la disposición laboral (art. 245 LCT), la que es en principio omnicomprensiva de los perjuicios derivados del distracto. No está demostrado, pues, cuál es el perjuicio supuestamente no involucrado en aquélla, que parecería haber quedado agotado en la otra causa judicial mencionada al resolverse por la nulidad del despido. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


TOBIO, CARLOS ADRIAN Y OTRO C/ ARELAUQUEN GOLF & COUNTRY CLUB S.A. S/ SUMARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

23051/08

SENTENCIA: 105 - 14/10/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA - INDEMNIZACION POR DESPIDO: ALCANCES

<35298> Debo prevenir, sin embargo, que no corresponde acceder al resarcimiento por daño moral pretendido por la actora, toda vez que es por demás sabido que no resulta procedente cuando se funda en el hecho mismo del despido, que tiene prevista una reparación adecuada según el sistema tarifado de la legislación específica, actualmente agravada, además, por los incrementos previstos directamente por la sanción del art. 16 de la ley 25561, e indirectamente, para el caso de mora, por la sanción del art. 2 de la ley 25323. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia).


CANALE, MARTA INES C/ HSBC MAXIMA AFJP S.A Y HSBC NEW YORK LIFE SEGUROS DE RETIRO (ARGENTINA) S.A. S/ RECLAMO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

22868/08

SENTENCIA: 25 - 03/03/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA PARCIAL - FUNDAMENTACION DE SENTENCIAS - FALTA DE FUNDAMENTACION - FUNDAMENTACION SUBJETIVA - INDEMNIZACION - DAÑO MORAL: REQUISITOS - CUANTIFICACION DEL DAÑO

<76479> Le asiste razón a la recurrente en cuanto sostiene que la sentencia impugnada, al cuadriplicar el monto de condena por daño moral, ha incurrido en la violación de los artículos 34 inc. 4), 163 inc. 6) y 164 del CPCyC., esto es, en falta de fundamentación. En efecto, aún cuando en el estado actual del Derecho Argentino, la determinación de la cuantía de la indemnización por daño moral constituye un problema de difícil solución, dado evidentemente, por la falta de correspondencia entre el perjuicio espiritual y el patrón dinerario con que se resarce, y por la inexistencia de un criterio normativo regulador, que establezca algunas pautas comunes, en modo alguno ello habilita a determinar el daño moral en base a criterios absolutamente libres y puramente subjetivos del juzgador. (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


HERNANDEZ, NORA MABEL Y O. C/ SEPULVEDA, HECTOR A. Y OTROS S/ ORDINARIO

27028/14

SENTENCIA: 59 - 09/09/2014 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

INDEMNIZACION POR DESPIDO - DAÑO MORAL - DEMANDA LABORAL

<33676> En el mismo orden de ideas se ha dicho: "Corresponde discernir claramente entre dos facetas, el acto extintivo puro, único necesario para concluir con el vínculo y cuyas consecuencias se ven abarcadas por la indemnización tarifada y las distintas actitudes que podríamos llamar 'contemporáneas' con el acto de despedir, que afectan injustificadamente al dependiente y cuyo daño corresponde reparar de acuerdo con la teoría general del derecho” (del dictamen del Procurador General del Trabajo in re: "Laguna M. A. c. Syncro Argentina S.A.", CNTrab., sala I, 09-06-95). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


BROWN, ELIZABETH NOEMI C/ ORIGENES AFJP S.A. S/ SUMARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

20447/05

SENTENCIA: 61 - 12/06/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

INDEMNIZACION - DAÑO MATERIAL - LEGITIMACION ACTIVA - DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD - CONCUBINA - DAÑO MORAL - MENOR CUADRIPLEJICO - PADRES

<34311> La Suprema Corte de Buenos Aires, que en un precedente anterior había reconocido la legitimación de la concubina para reclamar por daño material y se la había denegado por daño moral (in re: “V., M. c. C., J. M. y otro”, del 07-05-03), recientemente declaró la inconstitucionalidad del art. 1078 del Cód. Civ. y reconoció una indemnización por daño moral a los padres de un menor que quedó cuadripléjico por una mala praxis médica como consecuencia de una falla del aparato que le suministraba anestesia (en autos “L.A.C. y otro c. Provincia de Buenos Aires y otro”, del 16-05-07 -La Ley Buenos Aires, número 5, junio 2007, págs. 503 y sgtes.-); recordemos aquí que la norma legal sólo otorga legitimación activa al “damnificado directo”, en este caso, al menor, para reclamar por daño moral. (Voto de los Dres. Balladini y Sodero Nievas)


MARILLAN, ELIANA GLADYS C/ EDERSA S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

21020/06

SENTENCIA: 100 - 28/11/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

DESPIDO SIN JUSTA CAUSA - INDEMNIZACION TARIFADA - DAÑO MORAL

<30811> “... sólo procede el pago de indemnización por daño moral, cuando la actitud de la empleadora al disolver el vínculo excede el ámbito contractual para llegar al de la ilicitud delictual o cuasidelictual, ya que la indemnización por antiguedad prevista en el art. 245, constituye la reparación de los daños materiales y morales que son consecuencia de un despido injustificado” (Cf CNAT, Sala VIII, in re “Barcio de Gatica” del 27. 07. 81, entre muchos). (MINORIA del Dr. Balladini). .


STJRNSL: SE. <163/00> “R. E. F. Y OTROS c/ BANCO DE RIO NEGRO S. A. s/ RECLAMO s/ INAPLICABILIDAD DE LEY”, (EXPTE. NRO. 13739/99 - STJ-). (16-11-00). LUTZ - SODERO NIEVAS - BALLADINI

Sin datos

SENTENCIA: 163 - 16/11/2000 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

DAÑO MORAL - TASAS DE INTERÉS - DOCTRINA LEGAL

En lo relativo al daño moral, cabe señalar que la tasa de interés del 8% anual aplicada desde el hecho dañoso hasta el dictado de la sentencia se corresponde con la manda de la doctrina legal de éste Superior Tribunal de Justicia (cf. STJRNS1 Se. 43/10 "LOZA LONGO", Se. 100/16 "TORRES"). (Voto del Dr. Ceci, Dr. Apcarian y Dra. Piccinini sin disidencia)


BOTBOL, ARIEL Y OTROS C/ DELTA AIRLINES INC. ARGENTINA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO)

BA-30823-C-0000

SENTENCIA: 62 - 06/09/2022 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1