Sumarios Jurisdiccionales

Sumarios Seleccionados:

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DISCREPANCIA SUBJETIVA

Analizados los planteos de la recurrente entiendo que los mismos resultan una crítica fragmentada y expone solo una discrepancia subjetiva con el criterio sostenido por el Tribunal de Impugnación. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)


R. C. Y. E. C/ T. M. S/ LESIONES GRAVES

MPF-BA-00313-2018

SENTENCIA: 278 - 26/12/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

CONDENA - CONFIRMACIÓN DE SENTENCIA

La sentencia condenatoria no es arbitraria, ha analizado de manera conglobada toda la prueba rendida y ha dado respuesta a todos los planteos de la defensa (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)


F. P. M. S/HOMICIDIO

MPF-RO-00022-2019

SENTENCIA: 277 - 26/12/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

CONFIRMACIÓN DE SENTENCIA - RECHAZO DEL RECURSO

El Tribunal de Juicio ha dado respuesta a los planteos del señor defensor, toda vez que el voto de magistrada, en primer término analiza la prueba desarrollada en debate, y luego de escuchar los alegatos de las partes con sus respectivos objetivos, como sus teorías del caso, pudo concluir que la acusación había logrado aportar suficientes pruebas que sus resultados permitían acreditar los extremos prometidos por el Fiscal. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)


W. H. M. S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y ARMA BLANCA, EN POBLADO Y EN BANDA

MPF-CI-00194-2018

SENTENCIA: 279 - 26/12/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

RECHAZO DEL RECURSO - DISCREPANCIA DEL RECURRENTE

La crítica que realiza el defensor se sustenta solo sobre una mera discrepancia subjetiva respecto del mérito de la prueba que realiza el Tribunal de Juicio. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)


F. P. M. S/HOMICIDIO

MPF-RO-00022-2019

SENTENCIA: 277 - 26/12/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

DISCREPANCIA SUBJETIVA - IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

En el caso, sobre la mera discrepancia con lo decidido, ante la ausencia de motivos que demuestren la arbitrariedad que habilite la instancia del art. 242 del CPP, lo que en realidad se pretende es la via hacia una tercera instancia de revisión, lo cual que resulta ajeno al sistema procesal vigente. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)

 


R. C. Y. E. C/ T. M. S/ LESIONES GRAVES

MPF-BA-00313-2018

SENTENCIA: 278 - 26/12/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ARBITRARIEDAD DE SENTENCIA - CONCEPTO

Según la Corte Suprema de Justicia la arbitrariedad de la sentencia se verifica cuando se han considerado pruebas, indicio y presunciones en forma fragmentaria o aislada, incurriéndose en omisiones y falencias respecto de la corroboración de hechos conducentes para la decisión el litigio; y en especial cuando se ha prescindido de una visión de conjunto y de la necesaria correlación de los hechos entre sí, y de ellos con otros elementos indiciarios (Fallos 308:641).


F. P. M. S/HOMICIDIO

MPF-RO-00022-2019

SENTENCIA: 277 - 26/12/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

La Corte Interamericana ha sostenido en relación al alcance que debe darse al derecho a la revisión de condenas previsto en el artículo 8.2 que requiere que se analicen “cuestiones fácticas, probatorias y jurídicas en que se basa la sentencia impugnada.” (CIDH Mohamed c. Argentina, 2012). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)

 


F. P. M. S/HOMICIDIO

MPF-RO-00022-2019

SENTENCIA: 277 - 26/12/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

EJECUCIÓN DE LA PENA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE LEGITIMACIÓN - DOBLE CONFORME

La doble instancia esta cumplimentada desde el momento en que, sobre una petición se expidió el juez de ejecución penal y esa decisión fue examinada por el tribunal revisor. En cuanto al principio de doble conforme se entiende a favor del imputado, como lo este caso cuando se trata de la persona privada de su libertad por una sentencia firme y también cuando se recurren autos procesales importantes. Ello se confirma con nuestro sistema asimétrico en la posibilidad de la interposición de impugnaciones (recurso) entre la Defensa y la Fiscalía. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


S. V. S/ RECURSO DE REVISIÓN

OJU-CI-00069-2019

SENTENCIA: 273 - 23/12/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

DOBLE CONFORME - CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

El doble conforme es un instituto de origen convencional que se asienta particularmente sobre el art. 8.2 de la CADH para la revisión de la condena y que se extiende además a la revisión de todos los autos procesales importantes. (CIDH: Caso 11.137, informe 55/97; CSJN: R. 230. XXXIV), siempre a favor del imputado. La revisión regulada en el CPP, lo es en directo cumplimiento de la doctrina del control de convencionalidad y bajo el criterio rector de amplia revisión que ha impuesto la CorteIDH en los precedentes “Mohamed“, “Mendoza”, entre tantos otros. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por sus fundamentos)


V. R. O. Y OTRA S/ USURPACIÓN

MPF-VI-00884-2017

SENTENCIA: 276 - 23/12/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

DERECHO AL RECURSO - AUTO DE SOBRESEIMIENTO

El sistema recursivo es no simétrico entre la defensa y la fiscalia, y si bien tiene una excepción a favor de la parte querellante, que le permite impugnar una decisión de sobreseimiento (artículo 234 del CPP), debemos tener en cuenta cuenta que ese derecho debe esta acompañado de la debida fundamentación en la complementación de los requisitos objetivo y subjetivo y del agravio correspondiente (artículos 222, 228 y 234). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella por sus fundamentos)

 


V. R. O. Y OTRA S/ USURPACIÓN

MPF-VI-00884-2017

SENTENCIA: 276 - 23/12/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN