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Busqueda realizada: PS2-911-STJ2019 - BANCO CREDICOOP C.L S-QUEJA EN: ALANIS, VIVIAN ELIZABETH C /BANCO CREDICOOP C.L. S /DAÑOS Y PERJUICIOS S/ QUEJA

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QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

El objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal denegante al declarar la inadmisibilidad del recurso. Corresponde, en consecuencia, efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1: Se. Nº 48/14 "KLEPPE"; Se. Nº 32/15 "SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA."). (Voto de los Dres. Apcarian, Mansilla y Barotto sin disidencia)


BANCO CREDICOOP C.L S-QUEJA EN: ALANIS, VIVIAN ELIZABETH C /BANCO CREDICOOP C.L. S /DAÑOS Y PERJUICIOS S/ QUEJA

PS2-911-STJ2019

SENTENCIA: 136 - 05/11/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - FALTA DE COPIAS - AUTOSUFICIENCIA

Este Superior Tribunal de Justicia ha dicho: ''el recurrente, al no acompañar copia, incurre en el déficit de autosuficiencia, dado que de los elementos acompañados en la queja, debe surgir una visión completa del caso, a efectos de permitir a este Cuerpo abocarse a su estudio sin necesidad de requerir ninguna otra medida. Se incumple de tal modo con la manda del art. 299 del CPCyC que establece que al interponerse la queja se acompañaran: 2) Los demás recaudos necesarios para individualizar el caso y el tribunal, debiendo al efecto adjuntarse copia de todas aquellas piezas procesales relacionadas a los agravios planteados en el recurso denegado'' (cf. STJRNS1: Se. Nº 26/19 ''VIAENE"; Se. Nº 82/17 ''CATEDRAL TURISMO S.A.''). (Voto de los Dres. Apcarian, Mansilla y Barotto sin disidencia)


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PS2-911-STJ2019

SENTENCIA: 136 - 05/11/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

CASACIÓN - IMPROCEDENCIA - DAÑOS PUNITIVOS - CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA

Tiene dicho este Cuerpo que la aplicación de daños punitivos corresponde a una previa evaluación de circunstancias de hecho y prueba exclusivas de los Jueces de grado y exentas de casación (cf. STJRNS1: Se. Nº 82/16 "ASOCIACION DE DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS DE GENERAL ROCA -ADECU-"). (Voto de los Dres. Apcarian, Mansilla y Barotto sin disidencia)


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PS2-911-STJ2019

SENTENCIA: 136 - 05/11/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - PROCEDENCIA - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

El recurso de queja solo tiene chances ciertas de prosperar a partir de una consideración minuciosa y pormenorizada de la causa que despeje toda duda acerca de la errónea aplicación de la ley o doctrina legal. Para cumplir este aspecto el casacionista debe impugnar idoneamente los elementos que sustentan el fallo, explicando en base a los presupuestos del pronunciamiento, en qué ha consistido la infracción, cuál es su influencia en el dispositivo y cómo y por qué este debe variar. (Voto de los Dres. Apcarian, Mansilla y Barotto sin disidencia)


BANCO CREDICOOP C.L S-QUEJA EN: ALANIS, VIVIAN ELIZABETH C /BANCO CREDICOOP C.L. S /DAÑOS Y PERJUICIOS S/ QUEJA

PS2-911-STJ2019

SENTENCIA: 136 - 05/11/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1