Busqueda realizada: 23251/08 - CASTAÑEDA, FABIAN S/ QUEJA EN: "CASTAÑEDA, FABIAN A. C/S.A.I.E.P. S/ SUMARIO" S/ QUEJA
<34890> El quejoso insiste en que se encuentran configurados los extremos fácticos y probatorios para la procedencia de la indemnización por daño moral, sin demostrar el error en que habría incurrido el sentenciante al momento de valorar los presupuestos mencionados. (Del Voto del Dr. Lutz sin disidencia). CASTAÑEDA, FABIAN S/ QUEJA EN: "CASTAÑEDA, FABIAN A. C/S.A.I.E.P. S/ SUMARIO" S/ QUEJA 23251/08 SENTENCIA: 25 - 14/04/2009 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 | ||
<34891> De lo expuesto [STJRNSL in re: “RADA" Se. 163/00 del 16-11-00] surge que este Tribunal es conteste en afirmar la posibilidad de indemnizar aquellos daños extratarifados producidos en ocasión del distracto, siempre y cuando aquéllos surjan de la valoración de las circunstancias facticas y probatorias aportadas a la causa. En el caso concreto de autos, el Tribunal de mérito consideró que no se encontraban acreditados los presupuestos de hecho que determinan la procedencia de la indemnización por daño moral. A su turno, el actor omitió demostrar la existencia de absurdidad o arbitrariedad del sentenciante de grado en la ponderación de aquellos extremos; al contrario, sólo se limito a afirmar que se encontraban reunidos todos los requisitos de procedencia, sin sustento probatorio alguno, por lo que corresponde desestimar el agravio en tratamiento. (Del Voto del Dr. Lutz sin disidencia). CASTAÑEDA, FABIAN S/ QUEJA EN: "CASTAÑEDA, FABIAN A. C/S.A.I.E.P. S/ SUMARIO" S/ QUEJA 23251/08 SENTENCIA: 25 - 14/04/2009 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 |