Busqueda realizada: MPF-CH-01191-2018 - M. M. E. C/ R. J. M. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO (VICT.A.VM. (4)) - LEY 5020
El recurso interpuesto no cumple con el requisito exigido por el art. 14 de la Ley 48 para la procedencia formal de la impugnación pretendida, el cual establece que el objeto central de la impugnación federal debe ser una cuestión federal (cf. Néstor Pedro Sagüés, "Derecho Procesal Constitucional", T° II, "Recurso Extraordinario", Ed. Astrea, 1992, pág. 30). (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Ceci sin disidencia) M. M. E. C/ R. J. M. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO (VICT.A.VM. (4)) - LEY 5020 MPF-CH-01191-2018 SENTENCIA: 157 - 02/12/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos: 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada Nº 4/2007 (cf. Fallos: 340:403) y, eventualmente, evaluar si en un primer análisis la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar el supuesto excepcional de la arbitrariedad. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Ceci sin disidencia) M. M. E. C/ R. J. M. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO (VICT.A.VM. (4)) - LEY 5020 MPF-CH-01191-2018 SENTENCIA: 157 - 02/12/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
La doctrina de arbitrariedad de sentencia es particularmente restringida cuando se trata de decisiones referentes al otorgamiento de los recursos locales por los superiores tribunales de provincia (cf. CSJN, Fallos: 313:493). Así, el agravio solamente podrá prosperar cuando se presente de modo manifiesto y constituya una verdadera denegación de justicia. (Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Ceci sin disidencia) M. M. E. C/ R. J. M. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO (VICT.A.VM. (4)) - LEY 5020 MPF-CH-01191-2018 SENTENCIA: 157 - 02/12/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |