Busqueda realizada: 26644/13 - P., D.N. S / ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL USO DE ARMA EN CONCURSO REAL CON ROBO AGRAVADO S/ CASACION
<84586> La alegación de que P. sufrió una pena natural se basa en los supuestos hechos de los que habría sido víctima en su lugar de detención, los que habrían sido denunciados ante la autoridad correspondiente, circunstancias esta que no halla otro sustento que los propios dichos del encartado, en tanto no se ha arrimado documental alguna en abono de tales afirmaciones, lo cual conspira contra su consideración. Sin perjuicio de lo anterior, no advierto que los supuestos padecimientos físicos y psíquicos alegados estén directamente relacionados con el hecho delictivo por el que se lo juzgó, además de que no habría autolesión ni a su persona ni a sus derechos [STJRNSP in re “CHUCAIR” Se. 172/12 del 16-10-12]. Es que la pena natural importa la autocausación de un mal producto del propio delito y significa una respuesta casi siempre inmediata, cuyo efecto sancionador viene a compensar la necesidad de pena, la que se visualiza ya como innecesaria, ya como intolerable, nada de lo cual se verifica en el supuesto de autos. (Del voto del Dra. Zaratiegui sin disidencia) P., D.N. S / ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL USO DE ARMA EN CONCURSO REAL CON ROBO AGRAVADO S/ CASACION 26644/13 SENTENCIA: 143 - 15/10/2013 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |