Busqueda realizada: I-3BA-82-L2018 - MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18)
En conflictos -entre el médico tratante y la entidad prestadora de salud-, corresponde priorizar lo que el médico tratante evalúa con relación a la confiabilidad de lo que indica a fin de optimizar la calidad de vida de quien ha depositado su confianza (cf. STJRNS4: Se. 112/16 “MONTENEGRO”; Se. 144/17 “CREGO”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
Pesa sobre el apelante la carga de efectuar una crítica concreta y razonada de las partes del fallo recurrido que serían a su criterio equivocadas, exigencia que se cumple mediante la indicación detallada de los errores, omisiones y demás deficiencias que pudiera reprochar al pronunciamiento recurrido, y la refutación de las conclusiones de hecho y de derecho en que fundó el juez su decisión (cf. STJRNS4: Se. 36/14 “MENDEZ”; Se. 112/16 “MONTENEGRO”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
En el precedente “MONTEVECCHIO” (STJRNS4 Se. 71/18) se resaltó que es incontrastable e indiscutible que se está ante una paciente oncológica que merece el reconocimiento y goce de sus derechos. Las personas tienen el derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, no pudiendo negarse al paciente el acceso al tratamiento aconsejado por su médico tratante (cf. STJRNS4: Se. 144/17 "GREGO”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
Acorde a lo reglado en el PMO, los medicamentos antieméticos como el ondansetrón deben ser cubiertos por vía de excepción cuando el paciente es tratado con drogas altamente emetizantes, como las prescriptas a la accionante (ciclofosfamida y doxorrubicina). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
Este Cuerpo ha señalado reiteradamente que la sentencia del amparo es revisable ante este Tribunal por la vía de apelación sobre las cuestiones que hacen al fondo o esencia del objeto, pero no -en principio- para las secundarias o accesorias (cf. STJRNS4: Se. 50/02 “SAPIN”; Se. 18/13 “MOSER”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
La enfermedad grave que padece la amparista merece especial consideración por parte de la judicatura y corresponde que la requerida otorgue la cobertura del 100 % de la medicación aconsejada por su médica tratante, tanto en relación a la medicación oncológica propiamente dicha, como así también a aquellos medicamentos suministrados para que soporte el tratamiento oncológico (cf. STJRNS4: Se. 71/18 “MONTEVECCHIO”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
El derecho a la salud, desde el punto de vista normativo, está reconocido en los tratados internacionales con rango constitucional (art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional), entre ellos, el art. 12 inc. "c" del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; inc. 1 arts. 4 y 5 de la Convención sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica- e inc. 1 del art. 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; remarcándose -además- que la Ley R N° 2739 declara de interés provincial la lucha contra el cáncer. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
Se encuentra acreditada la necesidad de la amparista de realizar el tratamiento oncológico, sin que la requerida haya arrimado elementos científicos o probanza alguna que demuestren que la prescripción médica de la médica tratante resulte errónea o injustificada para mitigar los efectos de la quimioterapia. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho que el derecho a la salud, máxime cuando se trata de enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida y es el primero de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional, desde que el hombre es el eje y el centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo -más allá de su carácter trascendente- su persona es inviolable y constituye un valor fundamental con respecto al cual los restantes revisten siempre condición instrumental (cf. Fallos: 323:3229; 325:292 - STJRNS4: Se. 144/17 "GREGO”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
La naturaleza resarcitoria de las costas está referida a los gastos causídicos ocasionados al litigante que ha tenido necesidad de recurrir a la justicia para que se le reconozca su derecho (cf. STJRNS1: Se. 40/13, in re: “SANTINI”). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MANGIONE, CECILIA LAURA C/ SANCOR SALUD S / AMPARO S / INCIDENTE (l) S/ APELACION (Originarias) (PPAL: D123C2/18) I-3BA-82-L2018 SENTENCIA: 80 - 14/08/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 |