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Busqueda realizada: 18160/03 - VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

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RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - COSTAS - DESISTIMIENTO - EXENCION DE COSTAS: IMPROCEDENCIA - COSTAS AL DEMANDANTE - DESVINCULACION - DESPIDO

<32634> Los actores que desistieron de la acción no habían sido despedidos por la demandada, sino que se desvincularon por mutuo acuerdo (art. 241 de la L.C.T.), para lo cual formalizaron los instrumentos que luego recibieron la homologación de parte de la autoridad administrativa competente. Desde tal perspectiva, el fundamento invocado por el “a quo” para eximir a los actores de responder por las costas (porque pudieron razonablemente entender que les asistía derecho para reclamar como lo hicieron en un contexto generalizado de despidos, y porque la existencia de pronunciamientos del Tribunal que otorgaban validez jurídica a los actos emanados de la autoridad administrativa competente pudo haber modificado la expectativa que tuvieron los co - accionantes al demandar), lleva ínsita una irrazonabilidad que la torna ilógica y por ende arbitraria. En esas condiciones, queda claro que no resulta eficaz jurídicamente la motivación argüída por la Cámara para decretar la exoneración de costas. (Mayoría de los Dres. Balladini y Lutz).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - CUESTIONES DE HECHO - COSTAS - EXENCION DE COSTAS: PROCEDENCIA - COSTAS AL VENCIDO

<32638> La prerrogativa de exonerar de las costas al litigante vencido responde a una valoración prudencial y discrecional del sentenciante, cuyo ejercicio sólo puede ser revisado en la instancia extraordinaria con criterio restrictivo, en los casos en que se demuestre un exceso jurisdiccional, un ejercicio abusivo o antifuncional de las facultades valorativas o una desnaturalización de la finalidad a la que está destinada la norma. (Disidencia del Dr. Sodero Nievas).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

COSTAS - DESISTIMIENTO - EXENCION DE COSTAS: PROCEDENCIA - COSTAS AL VENCIDO

<32637> El art. 73, 2do. párr. del CPCyC. establece: “Si el proceso se extinguiere por desistimiento, las costas serán a cargo de quien desiste, salvo cuando se debiere exclusivamente a cambios de legislación o jurisprudencia y se llevare a cabo sin demora injustificada”. Sin embargo, en supuestos excepcionales también se ha eximido de costas al accionante que desiste, cuando acredita la existencia de circunstancias serias que tornan equitativa tal solución. Según se ha dicho, “se trata, en todo caso, de la aplicación del art. 68, párr. 2°, del Cód. Proc. Civil y Com. de la Nación, que autoriza al juez a eximir de costas al vencido cuando encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad” (Loutayf Ranea: “Condena en costas en el proceso civil”, Ed. Astrea, pág. 181, 182; CNFed. Civ. y Com., Sala III, 08-03-84, L. L. 1985 – A - 608). (Disidencia del Dr. Sodero Nievas).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: IMPROCEDENCIA - DAÑO MORAL - DESPIDO - INDEMNIZACION - DAÑOS Y PERJUICIOS - CONFIRMACION DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

<32640> Respecto del agravio por el que se ataca la procedencia de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados por el despido del actor con fundamento en las normas del derecho común y por fuera de la indemnización tarifada del art. 245 de la LCT, anticipo mi adhesión a los fundamentos expuestos por el doctor Víctor H. Sodero Nievas, por tratarse de los mismos que suscribí en oportunidad de expedirme en el precedente “RADA” (Se. 163/00). Refuerza mi convicción el hecho de que lo allí decidido fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación al declarar inadmisible el recurso de queja por denegación del extraordinario federal oportunamente deducido por el representante de la accionada (sent. del 19-02-02), lo que cierra, en última instancia, la discusión sobre el punto. (Mayoría de los Dres. Lutz y Sodero Nievas).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - CUESTIONES DE HECHO - COSTAS - ABSURDO

<32632> Cabe recordar que la jurisprudencia de este Superior Tribunal sostiene que las cuestiones relativas a la imposición y distribución de las costas se hallan reservadas al conocimiento de la instancia ordinaria y son, en principio, irrevisables en casación, salvo contadas excepciones. Estas excepciones, a su vez, se verifican cuando se invoca un caso de “absurdidad”, que excede el mero planteamiento de una discrepancia subjetiva, o bien cuando se halla en juego la interpretación y alcance de un dispositivo legal concreto.(Mayoría de los Dres. Balladini y Lutz).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

COSTAS - DESISTIMIENTO - EXENCION DE COSTAS: CRITERIO RESTRICTIVO; IMPROCEDENCIA - COSTAS AL VENCIDO

<32633> El ejercicio de la prerrogativa de exonerar de las costas al litigante vencido constituye una facultad que debe ser utilizada con criterio restrictivo y excepcional, pues la regla es que el dato objetivo del “vencimiento” constituye la pauta general. Ese “vencimiento” entraña como consecuencia normal la obligación específicamente procesal del reembolso de las costas, costos y gastos causídicos. De ahí que la excepción debe ser aplicada con criterio restrictivo, con el fin de que no se desnaturalice el sistema objetivo del vencimiento, convirtiendo la eximición en principio general y la imposición en excepción (in re: “TRONCOSO TIZNADO”, Se. N° 242/04 del 10-09-04-STJ). (Mayoría de los Dres. Balladini y Lutz).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - COSTAS - DESISTIMIENTO - EXENCION DE COSTAS: IMPROCEDENCIA - COSTAS AL DEMANDANTE

<32635> En el “sub examine” la motivación expresada por la Cámara de grado para eximir de costas al litigante que desiste no aparece sostenida por la razonabilidad, por lo que, en este particular, cabe hacer excepción a la regla de irrevisibilidad de lo decidido por los jueces de grado y, en consecuencia, revocar la eximición de costas a los actores que desistieron de la acción. (Mayoría de los Dres. Balladini y Lutz).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

DESPIDO - INDEMNIZACION - DAÑOS Y PERJUICIOS: PROCEDENCIA - INDEMNIZACION TARIFADA

<32636> En relación con el agravio que cuestiona el fallo de Cámara en tanto hizo lugar a la indemnización por los daños y perjuicios vinculados con el despido, con fundamento en las normas del derecho común y por encima de la indemnización reglada en el art. 245 de la LCT, tuve oportunidad de expedirme conjuntamente con el colega doctor Lutz en el precedente "RADA" (Se. 163/00 del 16-11-00). En dicha oportunidad fijamos posición en el sentido de admitir - bien que en circunstancias excepcionales - la procedencia de reparaciones que exceden el marco de la Ley de Contrato de Trabajo cuando se invoquen y acrediten hechos o comportamientos del empleador que irroguen un daño inmerecido e innecesario al empleado. (Mayoría de los Dres. Sodero Nievas y Lutz).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTIONES DE HECHO - COSTAS - DESISTIMIENTO - EXENCION DE COSTAS: PROCEDENCIA - COSTAS AL VENCIDO

<32639> En el caso concreto, la Cámara exoneró de la carga de las costas a los litigantes que habían desistido de la acción porque - a su entender - mediaban razones que fundadamente pudieron haber inducido a los actores a demandar como lo hicieron, en un contexto signado por despidos generalizados que provocaron los consiguientes reclamos administrativos y judiciales. Tales razones no han sido eficazmente controvertidas por falta de fundamentación suficiente en el escrito de expresión de agravios en orden a patentizar un supuesto de ejercicio abusivo o antifuncional de las facultades valorativas propias del Tribunal de mérito, que justifique introducir una excepción a la regla de principio y permita a este Cuerpo ingresar en la revisión de una materia que - en principio - le es ajena. (Disidencia del Dr. Sodero Nievas)


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - COSTAS - EXENCION DE COSTAS: IMPROCEDENCIA - DESVINCULACION - DESPIDO

<32641> La argumentación esgrimida por la Cámara relativa a la existencia de un contexto general de despidos que no alcanzó a los actores en la época que ellos denunciaron ni en ninguna otra, no puede erigirse en un fundamento válido para eximir de las costas originadas por una demanda mal promovida. Tampoco resulta razonable el otro argumento según el cual la existencia de pronunciamientos judiciales que convalidaron los actos administrativos emanados de la autoridad competente - homologación de acuerdos de desvinculación - pudo haber modificado las expectativas que los accionantes tuvieron al demandar. Ello así, porque los actores no atacaron en sede judicial - ni por vía de la apelación prevista en la entonces vigente ley 1820 ni tampoco en el marco de una demanda autónoma - la validez de la homologación recaída en sede administrativa. Lejos de ello, fundaron su pretensión en un despido que - como tal - no existió. En tales condiciones, participo del criterio de que la exoneración de costas aparece irrazonable y, por ende, arbitraria. (Mayoría de los Dres. Lutz y Balladini).


VALENTINI, HECTOR R. Y OTROS C/BANCO RIO NEGRO S.A. S/RECLAMO S/INAPLICABILIDAD DE LEY

18160/03

SENTENCIA: 287 - 30/11/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3