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Busqueda realizada: 18991/03 - SEPULVEDA, CONSTANCIO SAMUEL DAVID C/ MOÑO AZUL S.A.C.I. Y A. S/ ORDINARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

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RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - ACCIDENTES DE TRABAJO - LEY SOBRE RIESGOS DE TRABAJO - CONTRATO DE SEGURO - ALCANCE DE LA COBERTURA - DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA

<33378> La aseguradora recurrente no debe responder más allá de los límites de la cobertura emergente del seguro contratado, que ciertamente no comprende la cobertura por daño moral. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


SEPULVEDA, CONSTANCIO SAMUEL DAVID C/ MOÑO AZUL S.A.C.I. Y A. S/ ORDINARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

18991/03

SENTENCIA: 157 - 07/12/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - ACCIDENTES DE TRABAJO - LEY SOBRE RIESGOS DE TRABAJO - CONTRATO DE SEGURO - ALCANCE DE LA COBERTURA - DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD - RESPONSABILIDAD CIVIL - DAÑOS Y PERJUICIOS - REPARACION INTEGRAL - DAÑO MORAL: IMPROCEDENCIA

<33377> Ante todo, tengo en cuenta la doctrina sentada por este Superior Tribunal que, desde la época de los juicios por accidentes de trabajo tramitados bajo la vigencia de leyes anteriores a la Ley de Riesgos de Trabajo, sostiene que el contrato de seguro delimita los márgenes de responsabilidad de la aseguradora (in re: "FLORES VALDEZ", Se. 78/98 del 31-08-98; "GARNICA", Se. N° 104/98 del 28-12-98). Tal afirmación se mantiene bajo el régimen de la ley 24557 que instituye las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, las que deben brindar las prestaciones en dinero y en especie que la propia ley les impone (arts. 11 a 20), pero no tienen obligación legal ni contractual de responder por fuera de tales límites (véase: CNACiv., Sala H, "H., F. G. c/ Gómez, C. S.", del 17-02-05, publicado en LL 2005 – C - 452; CNATrab., Sala I, "Quezada Cabrera, S. c/ Asociación Bancaria S.E.B. y otro", del 30-11-04, publicado en DJ 09-02-05). La declaración de inconstitucionalidad del art. 39. 1 de la LRT no tiene incidencia en la cuestión, pues la posibilidad de dirigir la demanda contra el propio empleador y de fundarla en las normas del derecho común de todos modos no puede extender los límites de la cobertura pactada por quienes celebraron el contrato de seguro (art. 1197 del Cód. Civ.). (Voto del Dr. Sodero Nievas).


SEPULVEDA, CONSTANCIO SAMUEL DAVID C/ MOÑO AZUL S.A.C.I. Y A. S/ ORDINARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

18991/03

SENTENCIA: 157 - 07/12/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3