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Busqueda realizada: MPF-RO-04158-2018 - B. J. M. R. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020

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TENTATIVA - ABUSO SEXUAL AGRAVADO - VÍCTIMA MENOR DE EDAD

El plan que coadyuva a dar sentido al abuso se satisface (con la aclaración realizada sobre la exigencia del tipo objetivo) con la acción del docente de procurar acercar a las niñas a su cuerpo, para rozarlas, tocarlas con sus manos u otras partes del cuerpo, ponerlas "a upa", con la promesa de buenas notas o con la excusa de no ver bien lo escrito en los cuadernos, lo que incluye situaciones de maltrato posterior cuando ellas se negaban a tal proceder, y esto implica un número tal de situaciones mencionadas por las víctimas (siempre mujeres), que autoriza a superar toda duda razonable en cuanto al resultado final de la maniobra que llevaba adelante el acusado. En tal línea de razonamiento, una comprensión más adecuada del contexto en que se producían los acercamientos de índole sexual (no tenían otro objeto para el imputado), permite entender que las maniobras para traer hacia sí a las pequeñas alumnas suponían acciones de directa indicación de una conducta típica. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


B. J. M. R. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020

MPF-RO-04158-2018

SENTENCIA: 49 - 04/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

TENTATIVA - DOCTRINA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

En cuanto al principio de ejecución (separado del acto preparatorio), este Superior Tribunal ha utilizado la teoría material-objetiva para captar la acción, que reconoce para dicho principio la realización de acciones de vinculación necesaria e inmediata con las propias de la conducta típica. A ello -que es propio de los datos objetivos- se han sumado elementos subjetivos coadyuvantes para su mejor comprensión, dados por el plan concreto del autor en relación con el peligro real corrido por el bien jurídico que se pretende tutelar. Se ha dicho que para el comienzo de la ejecución del verbo típico es necesario evaluar la existencia de hechos que pongan en peligro el bien jurídico protegido (actos idóneos relevantes). Debe tratarse de actos de vinculación necesaria con la conducta típica, que hagan manifiesto dicho plan concreto y que permitan evidenciar el peligro real corrido por el bien jurídico que se pretende proteger (cf. STJRNS2 Se. 129/05 "CARCAMO" y Se. 17/12 "LAGOS"). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


B. J. M. R. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020

MPF-RO-04158-2018

SENTENCIA: 49 - 04/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2