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Busqueda realizada: MPF-BA-00670-2019 - F. B. C/ P. M. E. S/ HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVO, FEMICIDIO, LESIONES LEVES, AMENAZAS COACTIVAS, DAÑO - LEY 5020

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RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - DISCREPANCIA SUBJETIVA - ARBITRARIEDAD

Respecto de la arbitrariedad de sentencias, la Corte también ha establecido que "no procede por meras discrepancias acerca de la apreciación de las pruebas producidas o de la inteligencia atribuida a preceptos de derecho común, así se estimen esas discrepancias legítimas y fundadas. Esta tacha no tiene por objeto la corrección, en tercera instancia, de sentencias equivocadas o que se estimen tales, sino que atiende sólo a los supuestos de omisiones y desacierto de gravedad extrema en que, a causa de ellos, las sentencias quedan descalificadas como actos judiciales" (cf. Fallos 294:376 y 244:384). 


F. B. C/ P. M. E. S/ HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVO, FEMICIDIO, LESIONES LEVES, AMENAZAS COACTIVAS, DAÑO - LEY 5020

MPF-BA-00670-2019

SENTENCIA: 55 - 18/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

DOCTRINA DE LA ARBITRARIEDAD - CARACTER EXCEPCIONAL

La doctrina de la arbitrariedad "no tiene por objeto corregir sentencias equivocadas o que el apelante considere tales a raíz de su mera discrepancia con el criterio de selección y valoración de las pruebas, incluso presunciones, sino que reviste un carácter estrictamente excepcional y exige que medie un inequívoco apartamiento de las normas que rigen el caso o una decisiva carencia de fundamentación" (cf. Fallos 328:957).


F. B. C/ P. M. E. S/ HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVO, FEMICIDIO, LESIONES LEVES, AMENAZAS COACTIVAS, DAÑO - LEY 5020

MPF-BA-00670-2019

SENTENCIA: 55 - 18/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - DISCREPANCIA SUBJETIVA - FALTA DE FUNDAMENTACION

La Defensa insiste en poner de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface las prescripciones del art. 15 de la Ley 48, en tanto impone la "exigencia según la cual el escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, o sea que el apelante debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian" (cf. CSJN Fallos 329:2218, 330:16, 331:563 y 336:381).


F. B. C/ P. M. E. S/ HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVO, FEMICIDIO, LESIONES LEVES, AMENAZAS COACTIVAS, DAÑO - LEY 5020

MPF-BA-00670-2019

SENTENCIA: 55 - 18/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - DEBERES DE LOS JUECES - CONTROL DE LA ADMISIBILIDAD - ACORDADA CSJN N° 4/2007

Tal como ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cf. Fallos 339:307, 339:299, 319:1213 y 317:1321), los órganos judiciales a los que les cabe expedirse acerca de la concesión del remedio federal tienen el deber de examinar los requisitos formales establecidos en su Acordada Nº 4/2007 (cf. Fallos 340:403) y además evaluar si, en un primer análisis, la apelación cuenta con fundamentos suficientes para invocar un caso excepcional.


F. B. C/ P. M. E. S/ HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVO, FEMICIDIO, LESIONES LEVES, AMENAZAS COACTIVAS, DAÑO - LEY 5020

MPF-BA-00670-2019

SENTENCIA: 55 - 18/05/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2